El impuesto al valor agregado o IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo . Es un impuesto instituido en principio en Francia por la ley de10 de abril de 1954a instancias de Maurice Lauré , alto funcionario de la Dirección General de Impuestos : propuso eliminar las desventajas vinculadas a diversos impuestos al consumo. Estos, ya sea el impuesto sobre el precio de venta pagado por los consumidores o el impuesto sobre el volumen de negocios pagado por las empresas, son de hecho muy criticados por sus llamados efectos de "cascada": cuando una empresa tiene subcontratistas y todos pagan impuestos solo sobre su volumen de negocios , esto de hecho constituye una condición de competencia distorsionada con una empresa que practica la concentración vertical . Por tanto, Maurice Lauré propone sustituirlos por un impuesto más moderno, con un único fin: el IVA, un impuesto general al consumo con pago fraccionado, en el que cada uno tributa únicamente sobre su propio valor añadido. En definitiva, es el consumidor final y solo él quien realmente paga el IVA, lo que incentiva la creación de empresas de outsourcing que destaquen en determinados nichos.
La base para esto es por construcción más racional, ya que cada etapa de la cadena de producción-consumo se grava solo sobre el valor agregado constituido en esta etapa.
Este impuesto moderno solo se aplica tímidamente. En sus inicios era solo un impuesto a la producción de bienes con un sistema de deducción. Fue necesario el impacto político de 1958 para que se aplicara gradualmente a todos los bienes y servicios. La finalización de este sofisticado impuesto al consumo se remonta a 1967 . En el extranjero, da la vuelta al mundo rápidamente y es adoptado por muchos países, especialmente dentro de la Unión Europea . El IVA también forma parte del acervo comunitario que los países deben adoptar a más tardar cuando entren en la Unión Europea .
El IVA es un ingreso del presupuesto general del estado: se aplica a las actividades económicas para su consideración y se lleva a cabo de forma independiente. El monto del impuesto es proporcional al precio de venta sin impuestos. En los países de la Unión Europea , aunque existen recomendaciones generales, la tasa de este impuesto la fija cada estado nacional. Esto explica por qué todavía puede haber diferentes tipos de IVA en cada país.
El principio central del IVA es evitar la denominada tributación acumulativa "en cascada". De hecho, gravar los gastos en cada etapa de la comercialización de un bien o servicio, sobre la base del valor gastado, equivale a incluir en la base imponible el valor de los impuestos ya recaudados en la etapa anterior.
Al calcular el IVA, la base imponible, en cada etapa del gasto, es el único valor agregado en esta etapa. No se puede aplicar al valor agregado de ninguna etapa anterior. Por construcción, el IVA no se calcula sobre el monto de las transacciones realizadas (ventas y / o servicios), a diferencia de la mayoría de los sistemas de impuestos indirectos que se basan únicamente en el volumen de negocios.
La persona física o jurídica sujeta al IVA debe:
Así, sólo se grava el “valor agregado” (definido como la diferencia entre el producto de ventas y / o servicios y el costo de consumo intermedio facturado). Los sujetos pasivos, en particular las empresas, generalmente mantienen sus cuentas "libres de impuestos" y, para ello, registran las entradas valoradas como "libres de impuestos" (abreviado HT, o la abreviatura convencional en Francia para "libre de impuestos", la abreviatura "TTC" significa en al contrario “todos los impuestos incluidos”).
Una tienda en Francia compra un bolígrafo 1,00 € sin IVA a su proveedor, se factura 1,20 € IVA incluido incluido 0,20 € IVA por 20% IVA.
La misma tienda revende el bolígrafo por 1,50 € sin IVA. aplica el IVA sobre el precio final, es decir 1,50 € × (1 + 20%) = 1,50 € + 0,30 € = 1,80 €. Aussi déclare-t-il au moment de l'acquitter, la totalité de la TVA perçue quand il l'a revendu (TVA collectée), soit 0,30 € desquels il retranche la TVA payée au fournisseur, soit 0,20 € ( IVA deducible). Así, la tienda paga a las autoridades fiscales solo 0,10 € (IVA neto), es decir, la diferencia entre el IVA debido a la venta del bolígrafo y el pagado al proveedor durante la compra. Es decir, realmente paga a las autoridades fiscales solo el impuesto adeudado sobre la parte del valor que "agregó" al producto.
Naturaleza | Fórmula literal | Fórmula digital | Valor |
---|---|---|---|
Compra: precio del proveedor sin IVA | PF HT | 1 € | |
Compra: importe de IVA | (TVAF) = FP × 20/100 | 1 × 20/100 | 0,20 € |
Compra: precio de proveedor incl. | (PF TTC) = PF HT + TVAF | 1 + 0,20 | 1,20 € |
Reventa: precio de tienda sin IVA | (PM HT) | 1,50 € | |
Reventa: importe de IVA | (TVAM) = PM × 20/100 | 1,50 × 20/100 | 0,30 € |
Reventa: precio en tienda incl. | (PM TTC) = PM HT + TVAM | 1,50 + 0,30 | 1,80 € |
IVA pagado al Estado | (IVA) = TVAM - TVAF | 0,30 - 0,20 | 0,10 € |
TVAF = IVA del proveedor, TVAM = IVA de la tienda, VATE = IVA estatal, PF = Precio del proveedor, PM = Precio de la tienda
El IVA pagado al Estado también se puede estimar con esta fórmula: VATE = valor agregado × tipo de IVA = 0,50 × 20/100 = 0,10 €
donde el valor añadido es el margen sin IVA (el precio de venta en tienda sin IVA (1,50 €) menos el precio de venta del proveedor sin IVA (1 €)). El monto real, dependiendo de los descuentos (no reembolsos) aplicados, ya sea en la línea del documento o en el documento en su totalidad.
Pero también debemos ver qué sucede si los tipos de IVA son diferentes entre los aplicables a los bienes comprados (suministros) y los bienes revendidos. En 2014 en Francia peninsular coexisten distintas tarifas, siendo las principales: una tarifa estándar al 20%, una tarifa intermedia (servicios) al 10%, una tarifa reducida al 5,5% y una tarifa "superreducida" (imprescindibles, periódicos , etc.) al 2,1%.
Que una empresa fabrique bienes de primera necesidad para los que la tasa de IVA es del 2,1%, pero para ello utiliza bienes sujetos a la tasa estándar del 20%, el proveedor (a menos que la administración otorgue un acuerdo despectivo) paga el monto adeudado del 20% de IVA, la tasa aplicable que se muestra en la factura; pero en el otro extremo de la cadena, la empresa productora de estos bienes básicos cobrará a sus clientes el IVA reducido o superreducido (5,5 o 2,1%) calculado sobre el precio final total, y deducirá de este IVA el que ella misma deba pagar por sus ventas, la cantidad de IVA que ha pagado a sus proveedores. De esta forma, puede suceder que el importe del IVA pagado a los proveedores sea superior al importe final adeudado, en cuyo caso la administración reembolsará este "sobrepago". Por lo tanto, al final del proceso, el tipo reducido (o superreducido) se aplicará efectivamente al precio de venta final de los bienes esenciales y no al único valor realmente agregado por el fabricante.
Por el contrario, si un fabricante de artículos de lujo o de artículos de uso diario sujetos al IVA normal al 20% utiliza artículos esenciales sujetos al tipo "superreducido", el hecho de que pague el IVA normal al 20% sobre la totalidad del precio final, en de alguna manera, "borra" la ventaja de los tipos reducidos y superreducidos aplicables a los bienes de primera necesidad para elevar el conjunto al tipo normal del 20%. Por tanto, el precio final del producto soportará íntegramente el tipo normal del 20%, y no parcialmente un tipo reducido y en parte un tipo completo. De la misma manera que los bienes de primera necesidad no soportan en parte un IVA al 20% y por otra el IVA rebajado en un 5,5% o superreducido en un 2,1%.
En toda la Unión Europea, el coste del fraude del IVA se estimó en 137.000 millones de euros en 2017.
En un estudio publicado en octubre de 2014 , la Comisión Europea estimó el déficit de los ingresos por IVA para 2012 en 177.000 millones de euros. Este déficit es atribuible no solo al fraude, sino también a la complejidad de las normas del IVA, su incorrecta aplicación o no aplicación y la deficiencia de las medidas de control aplicadas por los Estados miembros de la Unión Europea .
En comparación con los antiguos impuestos, este sistema tiene ventajas en términos de equidad y sencillez, al tiempo que garantiza al Estado una buena rentabilidad.
Cualquiera que sea la complejidad de los sistemas de producción y venta, ninguno de los eslabones sucesivos de la cadena productiva soporta el IVA, que solo lo paga el consumidor final. El IVA es neutral con respecto a los métodos de producción (subcontratación o no; importación de componentes o no). Cada producto se grava de la misma forma, ya sea que se importe o se produzca en el Estado en cuestión. Además, la administración tributaria cuenta con información confiable sobre todas las ventas, en todos los niveles de la cadena económica: cada empresa declara no solo sus ventas, sino también sus compras, que son las ventas de sus proveedores, lo que limita el riesgo de fraude.
El IVA es un impuesto indirecto, sobre el consumo, lo que le confiere varias características que pueden verse como tantas fallas desde cierto punto de vista:
Sobre los dos primeros puntos, los Estados que han adoptado el IVA reconocen explícitamente la validez del argumento, ya que han desarrollado medidas que de hecho otorgan al IVA una cierta progresividad:
Observamos que las tasas aparentes de IVA que pagan los hogares, es decir, el monto del IVA dividido por el gasto de consumo de los hogares, varía poco según el nivel de ingresos del hogar. La tasa de esfuerzo (cantidad de IVA pagado en relación con los ingresos) disminuye con el nivel de vida, en parte porque los ingresos altos dedican una mayor parte al ahorro (cuyos ingresos serán gravados a su vez).
Así, una investigación de 2006 muestra que los hogares más pobres dedican una parte menor de su gasto al IVA que los hogares más ricos: la carga impositiva del IVA, como porcentaje del gasto, del 10% de los hogares en el nivel de vida más alto es del 11,6%. El del 10% de hogares con menor nivel de vida es del 10,5%. Por otro lado, esta carga tributaria, si la consideramos en términos de porcentaje de la renta disponible, tiene un peso mucho mayor para el 10% de los hogares con menores rentas (11,5%) que para el 10% de los hogares con la renta disponible. ingresos más bajos ingresos más altos (5,9%).
El tercer punto también es admitido, y los Estados lo utilizan ocasionalmente para estimular un sector que consideran deseable, pero su necesidad de financiamiento es generalmente demasiado grande para renunciar a un IVA significativo en el caso general.
El IVA representa una ventaja competitiva si se sustituye por gravámenes a la producción. Entonces, un país exporta libre de contribuciones sociales mientras que el importador tiene la desventaja de aplicar el IVA a un producto cuyos costos sin impuestos incluyen los costos sociales. Este mecanismo es la base del concepto de “IVA social”. La importancia de las tasas para la protección social en Francia implicaría aumentar el IVA en un 4% y el CSG en un 3%.
Las primeras bases teóricas del impuesto al valor agregado fueron definidas por Carl Friedrich von Siemens en 1919 con el nombre de " Veredelte Umstatzsteuer " (impuesto sofisticado sobre el volumen de negocios). Sin embargo, fue en Francia donde este impuesto se implementó por primera vez bajo el liderazgo del inspector financiero francés Maurice Lauré en 1954 , entonces subdirector de la Dirección General de Impuestos . Su idea convence a los líderes políticos por varias razones:
El sistema Lauré se implementó en 10 de abril de 1954y primero afectó a las grandes empresas. La6 de enero de 1966, a propuesta de Valéry Giscard d'Estaing , entonces ministro de Estado, ministro de Economía y Finanzas, se amplió el IVA al comercio minorista.
Antes de la introducción del IVA en abril de 1954, existía un GST (Impuesto a la prestación de servicios) a una tasa del 8,5%.
En Abril de 1954 Se implementaron dos tipos de IVA:
Con el fin de suavizar este repentino aumento de productos con una alta proporción de mano de obra, se instituyó una tasa reducida de IVA, al menos en las actividades de construcción y obras públicas, fijada en 12,5%, lo que equivale aproximadamente a casi el 60% de la mano de obra anteriormente. gravados al 8.5% GST y el 40% de los productos manufacturados gravados al 20% de IVA nuevo.
Estos impuestos se incorporaron al precio de venta que luego aparecía en la parte inferior de la factura: "Precio con IVA incluido, incluido el 12,5% de IVA" .
No fue hasta 1966 que se introdujo el impuesto del 17,6% y luego hubo la obligación de mostrar los precios sin impuestos en los presupuestos o facturas. El importe total del IVA solo se calcula globalmente al final de la factura.
Comenzando el | Tasa del IVA |
---|---|
1966 | 17,6% |
1 st 04 1982 | 18,6% |
1 st de agosto de de 1995 | 20,6% |
1 st de abril de el año 2000 | 19,6% |
1 st 01 2014 | 20,0% |
Desde mediados de la década de 1960 , el éxito del IVA en Francia impulsó a muchos otros estados, y en particular a los estados miembros del mercado común , a adoptar el IVA para reemplazar los sistemas de impuestos indirectos sobre bienes y servicios existentes en cada país.
El alcance del IVA se define de dos formas: por un lado por las operaciones sujetas al IVA y por otro lado por las reglas de territorialidad. Francia tiene una tasa de IVA promedio en 2015 más baja que la de la Unión Europea. Se caracteriza por su complejidad (en realidad “nada menos que 10 tipos diferentes de IVA y 150 medidas despectivas”) denunciada por el Tribunal de Cuentas.
Tasa de IVA estándar en la Unión Europea en 2017.
La 11 de abril de 1967El Consejo de Ministros adoptó la Directiva 67/227 / CEE ( 1 re Directiva IVA ) - sigue vigente hoy en día - que establece las bases y los principios del sistema comunitario de los impuestos sobre las ventas . Esta directiva entró en vigor el1 st de enero de 1 970. Sin embargo, hubo excepciones, ya que no todos los Estados miembros estaban listos para esta fecha. Sin embargo, el1 st de enero de 1974, la directiva era aplicable en todos los Estados miembros en ese momento.
Al mismo tiempo, el Consejo adoptó el 2 nd Directiva IVA, que establece normas de armonización en términos de:
Cronológicamente, el IVA fue adoptado en las siguientes fechas por los 9 países miembros de la Unión en 1 st de enero de 1973 :
Los miembros posteriores aplicarán un régimen de IVA de acuerdo con las Directivas vigentes como parte de su membresía, a veces con retraso. Esto se aplicará, en su caso, a los sistemas de IVA ya existentes:
Muy rápidamente a propuesta de la Comisión, el 17 de mayo de 1977Directiva 77/388 / CEE del Consejo ( 6 ª Directiva sobre el IVA ) que sigue siendo actualmente el texto de referencia para el IVA comunidad. De acuerdo con los tratados fundacionales de la Unión Europea, todos los Estados miembros debían transponer esta directiva, así como las modificaciones que ha sufrido a lo largo del tiempo, a su ordenamiento jurídico interno.
Lo mismo ocurre con los recién llegados a la Comunidad, cuyas directivas adoptadas por la Unión Europea forman parte del acervo comunitario y estas últimas están obligadas a transponer a su ordenamiento jurídico interno para convertirse en Estados miembros.
Plan de 1993El cambio más importante en la 6 ª Directiva, que entró en vigor el1 st de enero de 1,993 mil, en un momento en el que la llegada del mercado único suprimió los controles aduaneros en las fronteras del tráfico intracomunitario de mercancías.
No obstante la desaparición de estos controles, fue necesario implementar medidas para asegurar el control fiscal de los bienes. Esta fue la oportunidad de introducir una nueva categoría de exenciones en los reglamentos, a saber, las que se aplican a las entregas intracomunitarias de bienes, así como una nueva operación imponible denominada adquisición intracomunitaria de bienes .
En este caso, las medidas en cuestión debían ser solo transitorias, un sistema definitivo de imposición de los intercambios de mercancías entre los Estados miembros debía adoptarse y entrar en vigor el 1 st de enero de 1997. A falta de acuerdo entre los Estados miembros, el régimen definitivo nunca se adoptó, por lo que en la actualidad sigue siendo el régimen transitorio iniciado en 1993 el que regula el tráfico intracomunitario de mercancías.
La reforma de 1993 también fue una oportunidad para implementar medidas de armonización en el ámbito de los tipos del IVA. Por tanto, la tasa normal se fijó en un mínimo del 15%. Sin embargo, no se pudo llegar a un acuerdo sobre una tasa estándar máxima; de ahí la gran disparidad de los tipos observados en la Comunidad: del 15% aplicado en el Gran Ducado de Luxemburgo al 27% aplicado en Hungría . Al mismo tiempo, se permitió a los Estados miembros aplicar uno o más tipos reducidos.
Como había resultado imposible borrar las grandes disparidades de tipos, el régimen transitorio también contenía medidas destinadas a evitar la " compra fiscal" por parte de los sujetos pasivos, es decir, la compra en el país donde se paga el IVA, el menos costoso. Estas medidas se denominan régimen de venta a distancia .
Desarrollos recientesDesde entonces, la 6 ª Directiva tiene más cambios sufridos, en particular en términos de:
Con el tiempo, las numerosas modificaciones insertados en el texto de la 6 ª Directiva, finalmente, hacer que el texto no estructurado y difícil de leer. Para remediar esta situación, la Comisión Europea propuso en 2004 un nuevo texto que, en sus propias palabras, “codifica las disposiciones vigentes sin modificar la legislación vigente. Los cambios en la estructura y la presentación solo tienen como objetivo mejorar la calidad del texto. La sustancia de este último no se modifica de ninguna manera. En otras palabras, la Directiva 2006/112 / CE adoptada por el Consejo de la Unión Europea sobre28 de noviembre de 2006el efecto es el de consolidar en un solo texto el vigente Directiva 67/227 / CEE ( 1 re Directiva) y 77/388 / CEE del Consejo ( 6 ª Directiva) sin alterar en absoluto el texto y alcance. La nueva Directiva también contiene un anexo con una concordancia entre los artículos del 1 er y 6 th directivas y las de la Directiva 2006/112 / CE.
Entre las modificaciones posteriores, destacamos la directiva de 12 de febrero de 2008 (2008/8 / CE) que modifica, con el fin de simplificar las reglas anteriores, el “lugar de prestación de servicios” (es decir, las reglas de territorialidad previamente definidas por la Directiva 2006/112 / CE de 28 de noviembre de 2006en lo que respecta a la prestación de servicios). Esta directiva entró en vigor el1 st de enero de 2010.
Situación actual en la UE: armonización inconclusaAunque la 6 ª Directiva, sistema común de impuestos sobre las ventas, muchas disparidades entre los Estados miembros en gran medida armonizada:
Para resolver los problemas antes mencionados en particular, la Comisión de las Comunidades Europeas sigue presentando periódicamente proyectos de directiva destinados a mejorar el funcionamiento del IVA, como hacerlo pagar en el país donde se venden las mercancías y no donde se encuentran. comprado. Sin embargo, estas propuestas son difíciles de aprobar y cualquier decisión del Consejo de Ministros de la Unión Europea requiere la unanimidad de los Estados miembros.
A finales de 2010, la Comisión Europea lanzó una consulta pública sobre el futuro del IVA en Europa. De hecho, el sistema de IVA vigente en la actualidad, basado en la legislación adoptada a nivel europeo y aplicada a nivel nacional, ya no es compatible con los requisitos de un verdadero mercado único. El objetivo de esta consulta es iniciar un amplio debate sobre la evaluación del actual sistema del IVA (coherencia con el mercado único , tratamiento de las transacciones transfronterizas, neutralidad fiscal, grado de armonización requerido para el mercado único, etc.).
Según el informe sobre la convergencia fiscal franco-alemana del Tribunal de Cuentas , la alineación del tipo reducido francés con el tipo reducido alemán generaría 15.000 millones de euros en ingresos fiscales en Francia. Desde el punto de vista empresarial, el sistema se ha vuelto muy complejo, fuente de evasión fiscal y genera costes de cumplimiento y gestión que no incitan a los inversores a acudir al mercado único europeo , como confirma la encuesta de 2010 de la European Business Tax. Observatorio (OEFE) del CCIP . Según esta encuesta, la mayoría de los líderes empresariales europeos cree que las dificultades fiscales encontradas en el contexto de las actividades transfronterizas se refieren principalmente al IVA.
El IVA se ha establecido gradualmente en muchos países como el mecanismo fiscal preferido para bienes y servicios. Actualmente, entre los países desarrollados, solo Estados Unidos no ha adoptado el IVA, prefiriendo un sistema cercano a los “ impuestos sobre las ventas ”. El " impuesto sobre las ventas " lo establece cada estado federal y varía entre el 0% ( Delaware , Alaska u Oregón ) y el 7,50% ( California ). En algunos casos, las ciudades o condados también establecen un impuesto sobre las ventas, que es adicional al impuesto estatal (la tasa máxima se aplica en algunos condados en áreas comerciales de Illinois con un 11,5% en total). El promedio nacional ronda el 6%.
El Canadá utiliza para su impuesto muy similar al IVA (el impuesto sobre bienes y servicios ) a nivel federal, pero algunas provincias han definido un sistema adicional de los impuestos sobre el consumo. Algunos de ellos siguen el principio de impuestos sobre las ventas a nivel provincial, mientras que otros tienen un impuesto al valor agregado similar al GST federal (como el impuesto sobre las ventas de Quebec del 9.5% que se aplica a más del 5% federal).
En India, el parlamento federal adoptó en agosto de 2016la ley que instituye un único IVA en sustitución de los múltiples impuestos que obstaculizan la circulación de mercancías en el territorio; esta importante reforma constituye un gran paso hacia la unificación del país. Esta reforma entró en vigor el1 st 07 2017.
El IVA representa una parte cada vez mayor de los ingresos fiscales de los estados de la OCDE . Cerca de cero en 1965, en 2012 el IVA representó casi el 20% de los ingresos totales. Durante la crisis desde 2008, las políticas de consolidación fiscal han aumentado drásticamente la tasa estándar del IVA, que en los países de la OCDE alcanzó un nivel promedio récord del 19,1% enEnero 2014. Europa, fuertemente sacudida por la crisis de la deuda pública, está por encima de la media, ya que los 21 países miembros de la Unión Europea de la OCDE registraron una tasa estándar de IVA del 21,7%, con un récord del 27% en Hungría. El IVA pesa proporcionalmente más sobre los ingresos de los hogares de bajos ingresos que sobre los de los más acomodados y, paradójicamente, este efecto es particularmente marcado en los tipos reducidos del IVA.
La normativa aplicable al IVA en la Unión Europea establece que los Estados miembros pueden aplicar un tipo estándar, cuyo mínimo no puede ser inferior al 15%, y dos tipos reducidos, cuyo mínimo no puede ser inferior al 5%. Cabe señalar que no existe un límite superior para la tasa estándar aplicable y que la tasa más alta observada en la Unión Europea es del 27%.
Además, determinadas disposiciones específicas permiten a los Estados miembros que, antes de la 1 st de enero de 1993, aplicado a determinados bienes o servicios tipos reducidos inferiores al 5% o exenciones (tipo cero) para mantener estas excepciones temporalmente.
Por último, algunos Estados miembros pueden, para situaciones específicas, como la insularidad en el caso de Madeira o las Azores , o para productos bien definidos, mantener tipos inferiores a los mínimos previstos por la Directiva 2006/112 / CE.
País | Código de país | Velocidad | |
---|---|---|---|
Estándar | Reducido | ||
Alemania | DE | 19% | 7% o 0% |
Austria | A | 20% | 12% o 10% |
Bélgica (1) | SER | 21% | 6% principalmente para necesidades básicas y para la prestación de servicios sociales (por ejemplo, necesidades básicas, transporte de pasajeros, servicios agrícolas, etc.)
12% para determinados bienes y servicios que, desde un punto de vista económico o social, son importantes (por ejemplo, carbón, margarina, abonos a la televisión de pago, etc.) |
Bulgaria (2) | BG | 20% | 9% |
Chipre (9) | CY | 19% | 5%, 9% |
Croacia | HORA | 25% | 10% |
Dinamarca | DK | 25% | - |
España (3) | ES | 21% | 10% o 4% |
Estonia | EE | 20% | 9% |
Finlandia | FI | 24% | 13% o 9% |
Francia (4) (8) | FR | 20% | 5,5% o 2,1% o 10% |
Grecia [11] | GRAMO | 24% | 13% o 6,5% en las islas (excepto Creta): 15%, 7% y 4% |
Hungría | HU | 27% | 18% o 5% |
Irlanda (6) | ES DECIR | 23% | 13,5%, 9%, 4,8% o 0% |
Italia (7) | ESO | 22% | 10% o 4% |
Letonia | LV | 22% | 12% o 0% |
Lituania | LT | 21% | 9% o 5% |
Luxemburgo | LEER | 17% | 14%, 8% o 3% |
Malta (5) | MONTE | 18% | 5% |
Países Bajos | NL | 21% | 9% |
Polonia | PL | 23% | 8% o 5% |
Portugal | PT | 23% | 13% o 6% |
República Checa | CZ | 21% | 15% |
Rumania (2) | RO | 19% (10) | 9% o 5% |
Reino Unido | GB | 20% | 5% o 0% |
Eslovaquia | SK | 20% | 10% |
Eslovenia | SI | 20% | 8.5% |
Suecia | SE | 25% | 12% o 6% |
Notas:
En 2016, 166 estados de todo el mundo (incluida la Unión Europea) habían implementado el IVA.
País | Código de país | Velocidad | |
---|---|---|---|
Estándar | Reducido | ||
Albania | Alabama | 20% | |
Argelia | DZ | 19% | 9% |
Andorra | ANUNCIO | 4,5% | |
Angola | AO | 14% | |
Arabia Saudita | SU | 15% desde 07/01/2020 | |
Argentina | Arkansas | 21% | 10,5% |
Armenia | SOY | 20% | |
Australia | A | 10% | |
Bahamas | BS | 12% | |
Benigno | BJ | 18% | |
Bielorrusia | POR | 18% | 10% |
Bosnia y Herzegovina | licenciado en Letras | 17% | |
Burkina Faso | BF | 18% | |
Camerún | CM | 19,25% | |
Canadá (*) | ESO | 5% + impuestos provinciales (de 0 a 10%) | 0% artículos no gravados |
porcelana | CN | 17% | 13% o 0% |
Colombia | CO | dieciséis% | |
República Democrática del Congo | CD | dieciséis% | 0% sobre productos exportados |
Costa de Marfil | ESTO | 18% | 11% |
Ecuador | CE | 12% | 10% (servicios) |
Israel | ÉL | 18% (desde 6 de enero de 2013) | |
Japón | JP | 8% (desde 2014, 5% anteriormente, 10% en octubre de 2019) | |
Líbano | LB | 11% | |
Liechtenstein | LI | 7,6% | 2,4% |
Macedonia del Norte | MK | 18% | 5% |
Mali | ML | 18% | |
Marruecos | MI | 20% | Transporte 14% servicios financieros 10% algunos productos comunes (azúcar, agua ...) 7% |
México | MX | dieciséis% | drogas, dieta 0% |
Moldavia | Maryland | 20% | 8% medicamentos, panadería, productos lácteos; 5% gas |
Montenegro | ME | 17% | 7% |
Noruega | NO | 25% | 15% comida; 8% transporte de pasajeros, entradas de cine, hoteles |
Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | 12,5% | |
Filipinas | PH | 12% | |
Rusia | Reino Unido | 18% | 10% |
Senegal | SN | 18% | 10%; turismo 15% |
Serbia | RS | 20% | 8% |
Singapur | SG | 7% | |
suizo | CH | 7.7% (desde 01/01/2018) | Bienes básicos 2,5%; industria hotelera, turismo 3.7 |
Para llevar | TG | 18% | |
Túnez | Tennesse | 19% desde 01/01/2018 | 6% y 12% |
pavo | TR | 18% | 8% o 1% |
Ucrania | UA | 20% | |
Venezuela | VE | 15% | 8% |
Vietnam | VN | 10% | 5% y 0% |
(*) Nota: En Canadá , los impuestos provinciales se agregan al IVA, por ejemplo 9,975% en Quebec para un total de 14,975% de impuestos. Dado que el impuesto provincial puede variar de una provincia a otra, los precios se muestran sin IVA.