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Orden n o 2005-893 de 2 de agosto de 2005 en relación con el contrato de trabajo "nuevos empleados" |
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Abreviatura | CNE |
Referencia | SOCX0500188R |
País | Francia |
Tipo | Pedido |
Atascado | Derecho laboral |
Gobierno | Gobierno de Villepin |
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Adopción | 2 de agosto de 2005 |
Promulgación | 3 de agosto de 2005 |
Versión actual | 4 de agosto de 2005 |
Revocar | 26 de junio de 2008 |
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En Francia , el nuevo contrato de alquiler , más comúnmente conocida como la CNE , era un tipo de contrato de trabajo con ningún límite de tiempo (o abierto Contrato indefinido ) para empresas con veinte empleados como máximo ( PYME y microempresas ). Durante el llamado período de “consolidación laboral” de dos años, fue posible la rescisión sin anunciar el motivo del despido (incluso si este motivo pudiera solicitarse en caso de un conflicto laboral ), sujeto a un breve preaviso y una compensación del 8% en la remuneración total si el empleador fue el origen de la rescisión.
Las dos características principales de este contrato (despido sin causa comunicada previamente y un período de consolidación de dos años) habían sido declaradas contrarias al derecho internacional por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el.14 de noviembre de 2007. Además, los tribunales a menudo reclasificaron al CNE como un CDI de derecho consuetudinario.
El contrato de “nuevas contrataciones” fue finalmente derogado por la ley n ° 2008-596 de 25 de junio de 2008 sobre la modernización del mercado laboral , publicada en el JO de 26 de junio de 2008. Por lo tanto, ningún contrato de “nuevas contrataciones” puede ser concluido a partir de esa fecha. Los actuales contratos de "nuevas contrataciones" se reclasifican como indefinidos (CDI) de derecho ordinario, cuyo período de prueba se fija por convenio, o en su defecto, por lo dispuesto en el artículo L. 1221-19 del Código del Trabajo.
El CNE es un contrato laboral especial indefinido reservado a empresas con un máximo de 20 empleados, es decir, el 96% de las empresas francesas y el 29% de los asalariados.
Introdujo el llamado período de consolidación de dos años como máximo, cuya característica común con el período de prueba es que puede ser rescindido tanto por el empleador como por el empleado, sin dar ninguna razón. Además, durante este período, la rescisión no estuvo sujeta al artículo L. 1232-1 del Código del Trabajo que exige que la razón sea “ real y grave ”. Por otro lado, un despido abusivo por parte del empleador durante el período de consolidación como durante el período de prueba podría ser sancionado por el juez.
Si el empleador rompía una CNE durante el período de consolidación, tenía que pagar la compensación al empleado correspondiente al 8% de la remuneración total (frente al 10% del interino). Esta rescisión escapó al procedimiento habitual de despido: solo hubo que notificarlo por carta certificada con acuse de recibo. Si la carta mencionaba expresamente que el plazo para impugnar la ruptura durante el período de consolidación era solo de un año, el empleado ya no podía impugnar la ruptura después de la expiración de este período, una solución particularmente severa.
El requerimiento de mano de obra (como máximo 20 empleados) se evaluó en equivalente a tiempo completo, de acuerdo con las reglas establecidas por el artículo L. 620-10 del código del trabajo. Se evaluó en la fecha de celebración del contrato de "nuevas contrataciones" en cuestión. Los contratos de "nuevas contrataciones" contabilizan en la plantilla, salvo que se excluyan por otro motivo.
Tras la terminación durante el período de consolidación de dos años, el empleador tenía que pagar la compensación al empleado equivalente al 8% del monto total de la compensación bruta adeudada al empleado desde la conclusión del contrato, así como una contribución del 2% en Assedic. . El período de espera obligatorio para la reempleo en la CNE del mismo empleado en la empresa tras una ruptura de una CNE fue de tres meses.
Las personas que se vieron privadas de empleo involuntariamente tenían derecho a una prestación por reincorporación al trabajo. Sin embargo, si este último no pudiera justificar una actividad asalariada por un período mínimo de 6 meses durante los últimos 22 meses anteriores a la finalización del contrato de trabajo, podría reclamar una asignación a tanto alzado de 16,40 € por día durante un mes a condición de habiendo permanecido 4 meses en el CNE.
En caso de rescisión por iniciativa del empleador durante el primer mes de celebración del contrato (período de prueba del contrato), no hubo notificación. En caso de terminación después del 1 er mes, pero antes de la 6 ª , el plazo de preaviso era de dos semanas. Si después de la 6 º mes, pero antes de que finalice el período de consolidación de dos años, el período fue de un mes.
Si la rescisión no se produjo durante el período de dos años, se aplicaron las reglas de la ley de despido ordinario ( CDI ), aunque el contrato conserva su nombre de CNE.
En caso de rescisión por iniciativa del trabajador durante el período de "consolidación", no hubo preaviso, tampoco prestaciones por desempleo, como en el resto de contratos laborales (serán necesarios 6 meses de cotización para recuperar sus derechos).
"El texto de la ordenanza que establece la CNE no establece ninguna regla de notificación en caso de renuncia del empleado durante los dos primeros años de su contrato. No obstante, las partes (empleador y empleado) pueden acordar un período de preaviso de un período razonable . Este período, para ser aplicable, debe ser mencionado en el contrato. De lo contrario, no se requiere notificación al empleado ".
La CNE no brindó ninguna garantía legal con respecto al acceso a la vivienda o al crédito . La Federación Bancaria Francesa recomendó considerarlo como un CDI ordinario, sin embargo, los bancos y las organizaciones de crédito no necesitan justificar una denegación. El director general de BNP Paribas, señor Prot, declaró que “los bancos reafirmaron su compromiso de otorgar créditos a los tenedores de CNE (contrato" nueva contratación ") y de CPE de acuerdo con los mismos criterios que los aplicables a los tenedores tradicionales de CDI ”. No obstante, Chained Duck citó a otros directores diciendo explícitamente lo contrario. Por lo tanto, algunos opositores al CNE han argumentado que los beneficiarios del CNE probablemente tendrían más dificultades para encontrar vivienda u obtener crédito. Un estudio del Centro de Estudios Laborales confirmó las dificultades de los titulares de la CNE para obtener préstamos.
Las CNE podrían beneficiarse de exenciones de las contribuciones de los empleadores en las mismas condiciones que los contratos indefinidos y los contratos de duración determinada. Sin embargo, para fomentar el uso continuado de CDI, a finales de 2006, la contratación en CDI de jóvenes menores de 26 años desempleados durante más de 6 meses a partir de la fecha del 16 de enero de 2006 fue exento de contribuciones a los empleadores durante 3 años. Hasta ahora, dicha exención estaba reservada a los contratos de jóvenes en empresas en beneficio de jóvenes sin titulación.
Buscado por el primer ministro Dominique de Villepin ( UMP ), el contrato de "nuevas contrataciones" fue establecido por la ordenanza n ° 2005-893, adoptada por el Consejo de Ministros el 2 de agosto y entró en vigor el4 de agosto de 2005. Esta ordenanza fue ratificada implícitamente por el Parlamento a finales de 2005.
El Primer Ministro había anunciado el proyecto durante su declaración de política general ante la Asamblea Nacional el 8 de junio de 2005, y el gobierno había sido facultado por ordenanza para tomar medidas de emergencia para el empleo por la ley No. 2005-846 del 26 de julio de 2005.
Varios sindicatos habían solicitado la anulación de la orden n o 2005-893 del2 de agosto de 2005constitución del CNE a través de recursos ante el Consejo de Estado : La CGT sobre4 de agosto de 2005, a la que se unen en particular la CFDT , la CFTC y la CFE-CGC la26 de agosto de 2005, y FO el31 de agosto de 2005. Los sindicatos cuestionaron la legalidad del contrato de "nuevas contrataciones", en particular en lo que respecta a la posibilidad de despido sin anunciar el motivo, y en cuanto a la duración del período de consolidación.
Según la CGT, la CNE viola el Convenio núm. 158 de la Organización Internacional del Trabajo y el artículo 24 de la Carta Social Europea , textos ratificados por Francia que plantean "la obligación de justificar un motivo de despido". “Suprime el ejercicio de los derechos de la defensa ante amenaza de despido, prohíbe el control efectivo por parte de un juez y priva al empleado de cualquier indemnización en caso de despido improcedente, principios fundamentales derivados de la Declaración Universal de los Derechos del hombre y reiteradamente reafirmado por el Consejo Constitucional y el Consejo de Estado. Así, un empleador puede despedir impunemente por un motivo ilegal: enfermedad, huelga, opinión, acto de la vida privada ”.
El Consejo de Estado, mediante resolución de 19 de octubre de 2005 , declaró válida la ordenanza de “nuevo contrato de contratación”, considerando que el período de “consolidación de empleo” previsto por la ordenanza, que no es un período de prueba, podría considerarse como un período de acumulación de la “antigüedad” necesaria para reclamar los beneficios del Convenio de la OIT. Además, dictaminó que la duración de dos años de este período de consolidación, teniendo en cuenta el propósito de los contratos de "nuevas contrataciones", que es reducir rápidamente el desempleo, era "razonable". Sin embargo, el comisionado de Gobierno explicó en la audiencia que la no motivación del despido "no significa que el despido no tenga motivo, ni que el juez, tomado de una disputa de esta ruptura, no deba determinarlo y controlarlo". . En efecto, los jueces laborales deberán verificar que la rescisión no sea consecuencia de un abuso de derecho, que no haya incumplido las disposiciones relativas al procedimiento disciplinario (artículos L. 122-40 a L. 122-44 del código laboral). ), que no se basa en un motivo discriminatorio (artículo L. 122-45 del código del trabajo, por ejemplo: afiliación sindical , discriminación étnica , sexo, estado civil, etc.) y que no es contrario a otras disposiciones legales (en particular protección para mujeres embarazadas, trabajadores lesionados en el trabajo y empleados protegidos).
La decisión del Consejo de Estado abrió así el camino a la posibilidad de impugnar una rescisión abusiva durante el período de consolidación ante los tribunales laborales.
Decisiones en contrario en el orden judicialA finales de junio y principios de julio de 2007, los Tribunales de Apelación de Burdeos y París dictaminaron que el contrato de “nuevas contrataciones” no estaba en conformidad con el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo. El Tribunal de Casación confirmó que el 1 er julio de 2008 (véase más adelante).
También se habían dirigido quejas a la Organización Internacional del Trabajo que, en noviembre de 2007, también concluyó que el período de dos años no se ajustaba al Convenio 158 (véase más abajo).
Luego de seis meses de existencia de la CNE, se interpusieron las primeras acciones por despido abusivo ante los tribunales laborales . Son los empleados quienes deben presentar el motivo abusivo: "haberse enfermado", "agradecido por diez minutos de retraso", o muy a menudo "solicitud de pago de horas extraordinarias".
La 20 de febrero de 2006, el Tribunal Laboral de Longjumeau (en Essonne ), por primera vez, condenó a un gerente de una PYME a 17.500 € en concepto de daños y perjuicios por "terminación abusiva del período de prueba" y "terminación abusiva del período de consolidación". Un empleado de 51 años, controlador técnico automotriz, fue contratado el 21 de mayo de 2005 en una PYME con contrato indefinido. El 6 de agosto , dos días después de la entrada en vigor de la ley de creación de la CNE, fue destituido a título de prueba y recontratado por otra pyme, que había creado con la primera una estructura común de gestión de personal, para desempeñar un cargo similar. , esta vez con un contrato de “nuevas contrataciones” (CNE). El 30 de agosto , el empleador rompe la CNE durante el período de consolidación. Según la CGT, "la jueza destacó el mal uso del CNE y el carácter abusivo del cese": "es el principio mismo del CNE el portador de tales abusos: al sustraer las garantías en torno al despido, promueve todo comportamiento administrativo arbitrario. "
Ante estas múltiples sanciones por "abuso de derechos", "la CGPME , la organización de pequeños jefes, ha dado instrucciones a sus miembros para que ahora motiven las rupturas", dice Le Canard enchaîné .
El prefecto de Essonne, a petición del gobierno, impugnó la jurisdicción de los tribunales del poder judicial para controlar el cumplimiento de la ordenanza con una convención internacional (y para descartar la aplicación de esta ordenanza en el juicio de una disputa); el Tribunal de Apelación de París , mediante sentencia antes de decir derecho de 20 de octubre de 2006, había rechazado la denegación de competencia del prefecto.
Tras esta sentencia en la que la Corte de Apelaciones hizo valer su propia competencia, el 31 de octubre de 2006 el Prefecto de Essonne dictó un decreto de conflicto. El 19 de marzo de 2007, el Tribunal de Conflictos falló contra el Prefecto y el gobierno, juzgando ordenanza, implícitamente ratificado (por las leyes n o 2005-1719 del 30 de diciembre de 2005 y n o 2006-339 del 23 de marzo de 2006), había adquirido un valor legislativo. La orden de conflicto del prefecto fue así anulada por el Tribunal de Conflictos . Por lo tanto, los tribunales tenían plena competencia para pronunciarse sobre la convencionalidad de la orden (y, por supuesto, sobre el fondo de las controversias).
La decisión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)El período de dos años durante el cual el empleador no tiene que justificar el despido fue cuestionado el 14 de noviembre de 2007 por la Organización Internacional del Trabajo .
El informe, elaborado por un comité tripartito (empleadores, empleados y gobiernos), fue adoptado por consenso por el Consejo de Administración de la OIT.
El comité afirma en particular que "no puede concluir (...) que un período de dos años sea razonable". Por tanto, concluye "que no hay base suficiente para considerar que el período de consolidación puede asimilarse a un" período de antigüedad obligatorio "de duración" razonable ", en el sentido del apartado b) del párrafo 2 del artículo 2, que justifica la exclusión de los trabajadores afectados de la protección del convenio durante este período ”. Por lo tanto, invita “al gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, a tomar las medidas que se consideren necesarias para garantizar que las exclusiones de la protección previstas por la legislación de aplicación del Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158), cumplan plenamente con su provisiones ". Por último, añade que un contrato de trabajo no puede rescindirse "sin una razón válida".
Esta decisión había sido esperada durante muchos meses, a raíz de la denuncia dirigida en agosto de 2005 a la Organización Internacional del Trabajo por el sindicato FO . El gobierno del Sr. de Villepin logró que se pospusiera la sentencia de la OIT en dos ocasiones. La respuesta, inicialmente prevista para noviembre de 2006 y luego en marzo de 2007, se había pospuesto hasta noviembre de 2007.
Varios periódicos habían anunciado el 23 de octubre de 2007 que la Organización Internacional del Trabajo se prepara a condenar el CNE como contraria a la Convención n o 158 de la OIT .
Reacciones a los juiciosLaurence Parisot , director de MEDEF , calificó de económico y no legal el análisis de la Corte de Apelaciones según el cual "en la lucha contra el desempleo, la protección de los empleados en sus puestos de trabajo parece ser un medio al menos tan relevante. facilidades dadas a los empresarios para despedirlos y [...] es cuando menos paradójico incentivar las contrataciones facilitando los despidos ”, análisis que cuestiona por las numerosas contrataciones que habría permitido la CNE; sobre el tema de la convencionalidad, pensó que había que esperar la decisión de la OIT.
La CGT reiteró su solicitud de derogación de la CNE, mientras que la CGPME alega que el tribunal industrial de Roubaix, de fecha25 de junio de 2007, determinó que la CNE está en conformidad con el Convenio 158 de la OIT sobre la base de su artículo 2.5 ("[...] se podrán tomar [...] medidas para excluir de la aplicación de la presente Convención o algunas de sus disposiciones de otras categorías limitadas de trabajadores asalariados [...] teniendo en cuenta [...] el tamaño de la empresa que los emplea [...] ").
El ministro de Trabajo, Xavier Bertrand, explicó la8 de julio de 2007que la CNE no sería derogada de inmediato dado que “existe recurso de casación tras la decisión del tribunal de apelación. Además, la Organización Internacional del Trabajo debe decidir en noviembre sobre la conformidad de este contrato ”.
Reacciones a la decisión de la OITLa ministra de Educación Superior Valérie Pécresse declaró el 23 de octubre de 2007 en France 2 que la condena de la CNE por parte de la OIT tenía razón en la capacidad otorgada al empleador para despedir sin tener que justificar su decisión: "La forma en que el Se presentó el CNE, y el hecho de que el CNE pueda ser rescindido sin causa, eso es lo que se ha condenado en la OIT, y en mi opinión con razón, porque la falta de razón es algo que en general es condenado por los tribunales laborales ”. .
El 15 de noviembre de 2007, el sindicato FO acogió con satisfacción la decisión adoptada por la OIT a raíz de su queja de agosto de 2005, tanto en lo que respecta a la duración del período de prueba como a la obligación de motivar los despidos. « Pour la CGT FO cette conclusion – adoptée de manière tripartite (gouvernements, employeurs et travailleurs) au sein de l'OIT – est importante pour le combat syndical international pour la défense des normes internationales du travail et de l'OIT dans le contexte de la mundialización. "
El ministro de Trabajo, Xavier Bertrand, reaccionó el 18 de noviembre de 2007 al anuncio de la decisión de la OIT. “En cuanto tenga notificación oficial de la OIT, escribiré a todas las organizaciones profesionales para decirles (...) que un empleado no puede ser despedido sin justificar la decisión, necesariamente habrá una causa. Real y grave, y también surgirá la cuestión de la duración del período de prueba ”, dijo el ministro en particular en el programa Le grand Rendez-vous (Europa 1, Le Parisien y TV5 Monde).
El 14 de enero de 2008, sobre Francia 2, el ministro de Trabajo estimó que el contrato de "nuevas contrataciones" (CNE) quedaría "totalmente atrás" en caso de acuerdo de los sindicatos sobre la reforma del mercado laboral. "Si el convenio es ratificado por los sindicatos y transcrito por ley, esto significará que el CNE nos respalda completamente porque en el marco propuesto, necesariamente está la motivación para el despido", argumentó el Sr. Xavier Bertrand , agregando "No se puede, en el siglo XXI, despedir a alguien sin decirle por qué ".
En abril de 2008 se presentó al Parlamento un proyecto de ley sobre contratos de trabajo que prevé la derogación del contrato de “nuevas contrataciones” (CNE).
Esto siguió a un acuerdo alcanzado el 11 de enero entre las tres organizaciones de empleadores representativas y cuatro de los cinco sindicatos representativos de trabajadores.
El Parlamento derogó el texto en cuestión por el artículo 9 de la Ley n o 2008-596 del 25 de junio de 2008. Las personas contratadas en la CNE ver su contrato reclasificado de forma automática en el CDI.
El Fondo Monetario Internacional (FMI) y representantes de MEDEF acogieron con beneplácito esta medida, lamentando que el gobierno no haya ido más allá. En su nota de prensa, el FMI afirma: “Las ordenanzas adoptadas el 2 de agosto en el Consejo de Ministros van en la dirección correcta porque se basan en un análisis relevante de los obstáculos actuales a la contratación y brindan respuestas pragmáticas. “Pero los responsables de pymes y VSE están lejos de estar unánimemente a favor de la creación de la CNE. Una organización como la Confederación Europea de Independientes se ha mostrado más que reservada en este tema, exigiendo una reducción muy significativa de las cotizaciones sociales en territorio francés en lugar de la implementación de esta medida, a sus ojos, tecnocrática, legalmente cuestionable y sin mucho interés.
Los sindicatos y toda la izquierda se han levantado para criticar la precariedad que se deriva de ello para el empleado, que será disuadido de protestar por malas condiciones laborales o jornadas no remuneradas o cualquier otra cosa por miedo a disgustar a su jefe y por tanto a ser despedido. . La manifestación del 4 de octubre de 2005, así como los recursos ante el Consejo de Estado, tenían como objetivo la retirada del CNE. Tras la movilización anti-CPE a principios de 2006, François Hollande , líder del Partido Socialista (PS), exigió la abrogación tanto del CPE como del CNE.
Aunque la Federación Bancaria Francesa ( FBF ) y Dominique de Villepin recomiendan considerar al CNE como un CDI para la concesión de préstamos bancarios, la Association Française des Users des Banques (AFUB) y los gestores de mensajería advierten que los bancos consideran al CNE como otros contratos de trabajo. Tener un cónyuge con un contrato permanente le permitiría obtener un préstamo. En cuanto a la vivienda, los contratos de seguros de “alquiler impago” consideran a la CNE y la CPE como contratos precarios. Dado que este contrato de trabajo se considera precario, al trabajador podría resultarle difícil contratar un préstamo o alquilar una vivienda.
El Centro de Estudios Laborales ha dedicado una importante encuesta a los empleados de la CNE. Los resultados muestran que este sistema ha provocado un fuerte endurecimiento de las relaciones laborales y dificultades para que los titulares obtengan préstamos. Una encuesta de Dares también reveló que se habrían creado una cantidad muy pequeña de puestos de trabajo gracias a este dispositivo.
Un estudio estadístico de IFOP, realizado telefónicamente en diciembre de 2005 con 300 gerentes de VSE que contrataron al menos un empleado en la CNE, arroja los siguientes resultados (las cifras son en porcentaje del número de CNE firmadas en 2005).
Según una encuesta de BVA de octubre de 2005 sobre la opinión de los franceses sobre el CNE:
Según un estudio basado en un modelo simulado y publicado por Pierre Cahuc y Stéphane Carcillo, miembros del Consejo de Análisis Económico de la Universidad de París I-Sorbonne, el CNE podría conducir a la creación de 70.000 puestos de trabajo adicionales en el horizonte de 10 años. (es decir, una caída de 0,5 puntos en la tasa de paro) al tiempo que aumenta la inestabilidad laboral y "un ligero deterioro de las condiciones de vida de los solicitantes de empleo, equivalente a una disminución del 0,47% de los ingresos".
En febrero de 2007, un estudio del Ministerio de Trabajo revisó los efectos del CNE (informe DARES). Establece que:
No obstante, el estudio señala que la CNE ha permitido a las pequeñas empresas acelerar la contratación.
Sin embargo, un estudio independiente, que pone en perspectiva los resultados de la encuesta DARES, afirma que “el efecto neto sobre el empleo de la CNE es como máximo de 35.000 puestos de trabajo [finales de 2006] y que no creará ninguno. Ni en 2007”.
Una encuesta del Centro de Estudios sobre el Empleo muestra los efectos de los contratos en las relaciones laborales y no laborales.
“La falta de justificación de los despidos prevista por la CNE no cumple con el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo. La sentencia de la OIT de mediados de noviembre obligará a los empleadores a cambiar sus prácticas. "