Un animal doméstico es un animal que pertenece a "una especie que ha estado sujeta a una presión de selección continua y constante (es decir, que ha estado sujeta a domesticación ). Esto permitió la formación de un grupo de animales que adquirieron caracteres estables y genéticamente heredables ”.
Se trata, por tanto, de las especies animales que han "sufrido (s) modificación (es) por selección por parte del hombre" , según la definición inversa de especies animales "no domésticas" en el código medioambiental francés, a partir de 2005.
Estos criterios fueron revisados por un decreto ministerial de11 de agosto de 2006, que establece que un animal doméstico pertenece "a poblaciones animales seleccionadas o cuyos padres pertenecen a poblaciones animales seleccionadas". "
El hecho de que el animal haya nacido en cautiverio o haya sido domesticado no es un criterio de domesticidad según la legislación francesa . El código penal francés distingue así a los animales domésticos de los animales domesticados. Sin embargo, existe una tendencia a agrupar estos conceptos, en particular por razones de simplificación (como se desprende de la circular de12 de octubre de 2004).
En particular, el estatus legal del animal doméstico es vacilante, entre la calificación de una cosa simple de la que se puede disponer libremente (concepción del animal en derecho de propiedad ), algo con lo que se mantiene un vínculo emocional particular, pero que se debe compensar el daño que ha causado (concepción del animal en la ley de responsabilidad) y de los seres vivos que requieren una protección especial (concepción del animal en la ley penal ). Estas concepciones específicas, si quedan confinadas a cada rama del derecho , no plantean menos la cuestión de saber cómo debe comportarse el hombre en relación con los animales.
El Tribunal de Casación , mediante sentencia de14 de marzo de 1861, definió a los animales domésticos como "los seres animados que viven, se elevan, se alimentan, se reproducen bajo el techo del hombre y por su cuidado".
Abogados del XIX ° siglo en el Código Civil transponen el diseño de la máquina-animal de René Descartes y el desarrollo de la teoría del animal-cosa. Los animales se convierten, mediante la domesticación, el nacimiento o la adquisición, en bienes muebles sobre los que el propietario ejerce un derecho de propiedad .
Excepcionalmente, pueden ser considerados bienes inmuebles por destino , es decir, que anexaremos estos animales a sus fondos ( activos agrícolas, industriales e incluso empresariales en el sentido de la jurisprudencia francesa) porque estos animales están cedidos a el servicio y uso de un fondo. Esta condición solo se otorgará cuando el animal sea para uso exclusivo del fondo, y no para uso personal de su dueño, y sea necesario para la explotación. Además, hasta18 de febrero de 2015, la lista que figura en el artículo 524 del código civil, no es exhaustiva, pero cita en particular como animales que se convierten en bienes inmuebles:
Hacia 2013, esta concepción del animal en el derecho civil empuja a las asociaciones de defensa de los animales ( 30 millones de amigos , la Sociedad para la protección de los animales, etc.) a dar un paso al frente para reclamar un estatus legal específico para los domésticos. animales. Una petición lanzada enoctubre 2013 reabre el debate y contribuye a la incorporación en 2015 de un nuevo artículo al Código Civil.
A partir de 2015, tras la creación del artículo 515-14 del Código Civil por la ley n o 2015-177 de16 de febrero de 2015, los animales son considerados "seres vivos dotados de sensibilidad", mientras permanecen "sujetos al régimen de mercancías".
El derecho de propiedad sobre cualquier animal doméstico está protegido tanto penal como civilmente.
El derecho de propiedad sobre los animales está amparado penalmente : el hurto ( infracción penal ) está constituido por el hecho de la "sustracción fraudulenta" del animal doméstico de su dueño, y se castiga en principio con tres años de prisión y 45.000 € de multa .
La situación jurídica del animal, ya sea que se considere mueble o inmueble por destino, será indiferente: lo que quedará protegido no será el animal en sí, sino el derecho de propiedad de su dueño sobre el animal. Esto es lo que resulta de un movimiento de jurisprudencia que tuvo lugar a principios de siglo.
En primer lugar, en 1911 se dictó sentencia del Tribunal de Apelación de Argel , para decir "[que] en principio, el robo sólo puede aplicarse a los bienes muebles, sólo estos son susceptibles de ser transportados de un lugar a otro ”.
Sin embargo, otra sentencia de 1968 sostuvo que la distinción hecha en derecho civil entre bienes muebles e inmuebles no tiene valor en materia penal, por lo que el derecho a la propiedad puede protegerse mientras la cosa pueda ser afectada. Por lo tanto, los edificios por destino también están protegidos por la penalización del robo.
La ley penal considera que el animal doméstico es sólo "cosa de otro", retomando los términos del artículo 311-1 del código penal francés . Esto es algo que no tiene libre albedrío reconocido. Entonces, el animal sólo existe visto desde el ángulo de los derechos de propiedad.
El derecho de propiedad del propietario sobre su animal doméstico también está protegido por la ley civil , ya sea de manera proactiva por medio de la reclamación, o después de la pérdida de la propiedad al incurrir en el agravio de quien haya herido, incluso matado, al animal.
Reclamación animalPor un lado, la reclamación es posible, como en el caso de los bienes muebles ordinarios: el dueño de un perro, habiendo solicitado su restitución, el juez no puede preferir pronunciarse sobre daños y perjuicios con el pretexto de que en realidad no se atrevería a tener el animal cerca de él. Estas consideraciones subjetivas del juez, sin duda preocupado por el desarrollo del animal, fueron rechazadas, porque tendían a reconocer, obviamente, un interés particular y superior del animal sobre el de su amo, mientras que este animal era sólo un bien.
Sin embargo, el artículo 564 del código civil francés limita el derecho a reclamar:
"Las palomas, conejos, peces, que pasen por otro palomar, madriguera o cuerpo de agua a que se refieren los artículos L. 431-6 y L. 431-7 del Código del Medio Ambiente pertenecen al propietario de estos objetos, siempre que sean no atraído allí por el fraude y el artificio. "
- Código Civil francés , artículo 564
Si una de estas mascotas se mueve de forma natural, el antiguo dueño no podrá reclamar su devolución. Esta disposición tiene como objetivo en particular no crear situaciones conflictivas que resultarían de la simple acción de la naturaleza. Sin embargo, es una disposición legal verdaderamente desorbitada, ya que autorizaría al nuevo propietario a adquirir de derecho un bien que sabe, en conciencia, que no le pertenece.
Esta posibilidad está explícitamente excluida, por otro lado, para las aves de corral y otros animales de corral en el artículo L211-4 I. del código rural . Cualquiera que sea incluso dañado por estas aves de corral está autorizado a matarlas, en los términos del artículo L211-5 del código rural francés, pero debe devolverlas a su propietario o, después de 24 horas, enterrarlas en su campo.
Desaparición del animal e indemnizaciónEn cambio, se indemniza al propietario por su daño , material o incluso moral , si el acto que ocasiona la pérdida del animal compromete la responsabilidad de su autor.
En primer lugar, compensamos la pérdida de propiedad de la cosa. Por ejemplo, el agricultor que trata sus campos con productos tóxicos, sin precaución, responde a la destrucción de las abejas que buscan alimento en su campo.
La cuestión de la responsabilidad adquiere una dimensión particular cuando existe un vínculo de afecto entre el animal y su dueño. El juez reconoció así:
“Independientemente del daño material que cause, la muerte de un animal puede ser causa de daño subjetivo y emocional para su dueño, lo que puede dar lugar a una indemnización. "
- Cass. Civ. 1 re , 16 de enero de 1962
Admitiendo que un animal puede convertirse en un ser querido (en este caso se trataba de un caballo, electrocutado mientras se ponía a disposición de un adiestrador, con el fin de prepararlo para las carreras de caballos), el juez reconoce que si es necesario para compensar la desaparición del bien (indemnización por daño material), es necesario compensar la pérdida emocional que representa (indemnización por daño moral). Por tanto, la indemnización no se limitará a la suma necesaria para recomprar un animal con las mismas cualidades: los jueces de juicio también deberán tener en cuenta la pérdida de un animal al que estaba adjunto.
Se deben conservar los animales, objeto de los derechos de propiedad. Por eso está prohibido extraviarse. Esta obligación de custodia es la base legal de la obligación del dueño de un animal de reparar el daño causado por el mismo.
La lucha contra la extravío tiene su origen en tres cuestiones distintas que han surgido sucesivamente:
Las disposiciones legislativas especiales, que se basan en la acción del alcalde, se agrupan en los artículos L211-19-1 a L211-28 del código rural. Deben distinguirse de los de los artículos L211-11 a L211-19 del mismo código que se refieren específicamente a los animales peligrosos, estén o no errantes.
La definición de animal errante o errante (no haremos distinción entre estos dos calificativos), que difiere según la especie, es el requisito previo necesario para el examen de estas disposiciones de orden público y las consecuencias penales y civiles de la extravío.
El animal callejeroLa noción de deambular se asocia a menudo con la de animal doméstico. De hecho, un animal salvaje está por naturaleza abandonado a sus instintos y no puede considerarse como un vagabundo. Sin embargo, la noción de animal doméstico sigue siendo muy vaga. La pertenencia a una especie considerada doméstica es ciertamente un criterio muy insuficiente cuando se examina la extravío de conejos o palomas cuyos representantes de la misma especie existen en estado salvaje o doméstico. Además, la ley prevé expresamente la extravío de animales salvajes que hayan sido domesticados o mantenidos en cautiverio (artículo L211-21 del código rural).
De hecho, es la noción de ausencia de tutor del artículo L211-20 del código rural la que parece el criterio relevante para reconocer un animal callejero. ¿Deberíamos aún poder distinguir, entre los animales sin un guardián, los que están naturalmente protegidos porque nunca han tenido uno, de los que deambulan? Para ello será necesario recurrir a otros criterios como:
En cualquier caso, sigue siendo casi imposible distinguir el Europeo de conejo de la jaula de conejo , o la paloma doméstica de la versión silvestre. Lo mismo ocurre con el gato liebre y el gato doméstico feroz. La ley arroja poca luz para aclarar esta definición, excepto para perros y gatos cuyos criterios de deambulación son objeto del artículo L211-23 del código rural.
Las diferentes andanzas Pastoreo abusivoEl artículo L211-20 del código rural establece un sistema de policía administrativa que permite al alcalde del municipio donde se encuentren animales pastando en terrenos ajenos poner fin a la vulneración de la propiedad así constituida. Esta disposición está destinada por naturaleza a los herbívoros como el ganado vacuno, ovino, caprino y equino, pero parece que puede aplicarse, en su opinión, a todos los animales de granja. Si los animales no se reclaman, pueden venderse o sacrificarse. Estas disposiciones siguen siendo relevantes no solo por el comportamiento de criadores sin escrúpulos, sino también en caso de abandono por parte de un criador fallido de animales de pastoreo que, al no tener ningún alimento complementario, impulsados por el hambre, terminan rompiendo vallas.
El deambular de los animales salvajesEs la ley de 6 de enero de 1999que introdujo el concepto de animales salvajes errantes en el artículo L211-21 del código rural . Originalmente destinado a permitir que la autoridad municipal tomara las medidas adecuadas para el vagabundeo de un animal salvaje de una especie exótica, en particular escapado de un circo o zoológico, fue reforzado y completado por la ordenanza de5 de octubre de 2006de donde proviene el artículo L211-19-1 del código rural que prohíbe expresamente que los animales salvajes en cautiverio deambulen (!). El único sentido que parece que se le puede dar a tal redacción es, curiosamente, el de prohibir no solo la repoblación para la caza sino también la reintroducción de animales salvajes como los osos en los Pirineos.
El vagabundeo de los carnívorosLa limitación de la deambulación de los carnívoros domésticos tiene su origen en la demostración de Pasteur de su papel preeminente en la transmisión de la rabia. La desaparición de estos últimos del territorio metropolitano a finales del siglo XX no llevó al legislador a reformar estas disposiciones policiales administrativas por su interés en mantener la seguridad pública.
El artículo L211-23 del código rural define al perro callejero como aquel que ya no está, con algunas excepciones para la caza y el pastoreo, bajo la supervisión efectiva de su amo y, por lo tanto, se deja solo a su instinto. Para el gato, la definición, adaptada al comportamiento muy independiente del animal, es más compleja e implica su identificación, la distancia entre el lugar donde se encuentra y las viviendas, la presencia de su amo o la posibilidad de agarrarlo. La existencia de gatos sin dueño se tiene en cuenta en el artículo L211-27 del código rural que abre la posibilidad de capturarlos, esterilizarlos y luego liberarlos para limitar su proliferación natural.
Los carnívoros errantes serán capturados e incautados a pedido del alcalde (artículo L211-22 del código rural ). Si al final de un período mínimo de ocho días, el animal no ha sido reclamado por su dueño, pasa a ser propiedad del administrador de la perrera quien puede transferirlo gratuitamente o sacrificarlo (artículo L211 -25 de la código ). Si el animal no está identificado, solo se puede devolver después de la identificación a cargo del propietario (artículo L211-26 del código rural ). Cada municipio debe tener una libra municipal o solicitar el servicio de otra libra municipal (artículo L211-24 del código rural ).
La responsabilidad del custodioEl deber de diligencia es también la base de la responsabilidad especial establecida en el artículo 1243 del código civil:
"El dueño de un animal, o la persona que lo usa, mientras esté en su uso, es responsable del daño que el animal haya causado, ya sea que el animal estuviera bajo su cuidado, se perdió o se fugó. "
- Código Civil francés, artículo 1243
La Asamblea Legislativa Nacional vota sobre2 de julio de 1850La ley de Grammont : "Serán sancionados con multa de cinco a quince francos, y podrá ser de uno a cinco días de prisión, quienes hayan ejercido pública y abusivamente el maltrato de los animales domésticos". El decreto de7 de septiembre de 1959deroga y sustituye la ley Grammont, aboliendo la condición de actuación en público para sancionarlos. La ley de19 de noviembre de 1963Crea el delito de actos de crueldad .
El animal es reconocido por la ley francesa como un "ser sensible" ya que la ley de 10 de julio de 1976.
El decreto de11 de agosto de 2006, que emana del Ministerio de Ecología y Desarrollo Sostenible , establece la lista de especies, razas o variedades de animales domésticos.
Este decreto incluye en el apéndice una lista exhaustiva de especies consideradas domésticas en Francia, que se comenta a continuación.
Si un animal no aparece en esta lista, la legislación francesa lo considera un animal no doméstico. La posesión de tal animal puede estar sujeta a la posesión de un Certificado de Competencia . Los decretos de10 de agosto de 2004 establecer el régimen para la cría de estos animales.
Es importante saberlo, especialmente en el caso de los NAC o los diversos animales exóticos que se pueden adquirir. Algunos animales que se encuentran en el comercio no están incluidos en esta lista. Por lo tanto, las personas que los compran deben averiguar si desean criarlos.
Nota: La lista de aves domésticas de 1994 fue modificada por la circular de la12 de octubre de 2004(Psittacidae, estrildidae, plocéidae, pinzones, corvidae, turdidae, sturnidae). La lista se modificó aún más enagosto 2006.
Recordatorio: documentos necesarios para el criador de aves: Ver sitio web SORP SORP - Protección - Legislación
AnseriformesAsterisco = "Como medida de simplificación administrativa, dada la facilidad de reproducción de estos animales en cautiverio, la gran cantidad de generaciones ahora obtenidas en cautiverio sin el aporte de especímenes de la naturaleza, la multiplicidad de variedades domésticas y la ausencia de 'importación de los especímenes de las poblaciones silvestres cautivas de la especie pueden considerarse domésticos ".
Agregado a la lista en agosto 2006
“Se consideran especies animales no domésticas aquellas que no han sufrido modificaciones por selección por parte del hombre”. "
"El hecho por torpeza, imprudencia, desatención, negligencia o incumplimiento de una obligación de seguridad o prudencia impuesta por ley o reglamento, de causar la muerte o lesión de un animal doméstico o domesticado o mantenido en cautiverio es punible con multa por delitos de la 3 ª clase. "
“Si la sustracción fraudulenta sólo puede referirse a un bien mueble, no es necesario, sin embargo, ceñirse a las normas del derecho civil que establecen la distinción entre muebles e inmuebles; siempre que algo pueda desprenderse de un edificio, es susceptible de aprehensión. "
- TGI Auxerre, 19 de marzo de 1968: Gas. Camarada. 1968. 1. Somm. 29
Tener animales no domésticos: