Título | Ley de 29 de julio de 1881 sobre la libertad de prensa |
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País | República Francesa |
Lenguajes oficiales) | francés |
Tipo | ley |
Atascado | derecho fundamental derecho penal |
Dieta | III e República |
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Presidencia | Jules Grevy (1) |
Legislatura | II ª Legislatura |
Gobierno | Ferry de Jules (1) |
Adopción | 21 de julio de 1881 |
Promulgación | 29 de julio de 1881 |
Publicación | 30 de julio de 1881 |
Versión actual | en Légifrance |
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La ley de29 de julio de 1881La libertad de prensa es una ley francesa , pasó bajo el III e República , que define las libertades y responsabilidades de la prensa francesa , la imposición de un marco legal para la publicación, así como la exhibición pública, la venta ambulante y la venta en la vía pública.
A menudo se considera como el texto legal fundacional de la libertad de prensa y la libertad de expresión en Francia, inspirado en el artículo 11 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de26 de agosto de 1789. Es, al mismo tiempo, el texto que limita su ejercicio y criminaliza determinadas conductas, tomado como reacción a la Comuna de París , se restableció el depósito de una fianza fuerte como requisito previo obligatorio para la publicación de periódicos. Con la llegada de los republicanos al poder en 1876, se iniciaron amargas negociaciones con la derecha , conservadora de cierto "orden moral", y la prensa de opinión.
Sin embargo, es con amplio apoyo que la ley de 29 de julio de 1881 es votado por el parlamento.
Se abolió el sistema de autorización previa y fianza: pasamos de un sistema preventivo - no muy liberal porque se basa en la autorización previa - a un sistema represivo - donde solo se castigan las infracciones, sin posibilidad de censura a priori. La represión solo se manifiesta a través de algunos delitos de prensa como insultar a la persona del Presidente de la República, insultar o difamar. Gracias a esta ley, la prensa tiene el régimen más liberal que jamás haya conocido Francia.
En efecto, esta ley genera la abolición de la autorización previa, la fianza y el timbre como se indica en el artículo 5: "cualquier diario o publicación periódica podrá ser publicada, sin autorización previa, y sin depósito de fianza", lo que reduce las pesadas cargas económicas. que sufren los periódicos y favorece la aparición de nuevas publicaciones.
La ley es el resultado de un proyecto de ley elaborado por una comisión de veintidós diputados, a saber: Émile de Girardin , presidente; Eugène Lisbon , vicepresidente y ponente; Lelièvre, secretaria; Léon Renault , Paul Maunoury , Versigny, Noirot, Hérisson, Le Vavasseur, Seignobos, Alexandre Papon , Germain Casse , Étienne Buyat , Émile Beaussire , Jean-Baptiste Ninard , Louis Agniel , Gaston Thomson , Louis Sallard , Noël Parfait , Tallon et Bouchet, miembros.
La 5 de julio de 1880, Lisboa presentó el informe de la comisión. La discusión comienza en24 de enero de 1881. Continúa el25 y 27. Tras la remisión de enmiendas a la comisión, Lisbon presentó, la29, un informe adicional y la discusión se reanudó. Continúa el31 de enero, 1 st y 5 de febrero. Se lleva a cabo una segunda deliberación sobre14, 15 y 14 de febrero. La propuesta se aprueba por 444 votos contractuales 4.
La 24 de febrero, el proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, se envía al Senado. Este último lo remite a un comité de nueve senadores, a saber: Paul-Alexandre Robert de Massy , presidente; Eugène Pelletan , ponente; Édouard Millaud , secretario; Charles Demôle , Anselme Batbie , Émile Lenoël , Édouard Lefebvre de Laboulaye , Charles Griffe y Minard, miembros. La18 de junioPelletan presenta el informe. Luego de declarar la emergencia, el Senado discute la propuesta.9, 11, 15 y 16 de julio. Adoptó algunas enmiendas.
La 19 de julio, el proyecto de ley, modificado por el Senado, se envía a la Cámara de Diputados. Esto declara la emergencia. La21, Lisboa presenta un informe final y la Cámara aprueba la ley.
La 29, el presidente de la República , Jules Grévy , lo promulga mediante decreto refrendado por Jules Ferry , presidente del Consejo y ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, por una parte, y Ernest Constans , ministro del Interior y de Cultos, en por otro lado. La30, se publica en el Diario Oficial de la República Francesa .
La ley admite el principio de control represivo a posteriori de las publicaciones por parte de la autoridad judicial encargada de sancionar y reparar el daño causado, que impone ciertas formalidades preliminares: declaraciones previas, registros y registros, información obligatoria y depósitos obligatorios, lo que constituye un medio de información previa sobre publicaciones.
El cumplimiento de estas formalidades se impone a los editores impresos, periódicos o no. El artículo 5 de la ley de 1881 establece que "cualquier periódico o publicación periódica podrá publicarse, sin autorización previa o depósito de garantía, después de la declaración prescrita en el artículo 7". La declaración preliminar del artículo 7 disponía: “Antes de la publicación de cualquier diario o publicación periódica, se hará una declaración al Ministerio Público que contenga:
Cualquier transferencia en las condiciones enumeradas anteriormente se declarará dentro de los cinco días. "
Este artículo es continuación de la ley del 11 de mayo de 1868 , promulgada bajo el Segundo Imperio , que permite fundar un periódico con una simple declaración y no con una autorización.
Este artículo 7 queda derogado por la ley relativa a la simplificación de la ley y la simplificación de los procedimientos administrativos de la 22 de marzo de 2012( artículo 99).
La ley de 1 st 08 1986Añade la obligación de "el oso ": un inserto en el que figura la información obligatoria sobre la identidad del director de la publicación.
Artículo 5: En cualquier publicación de prensa, la siguiente información debe ser puesta en conocimiento de los lectores en cada número:
El director de publicación es responsable ante los tribunales de la actuación de sus periodistas y colaboradores en el diario que dirige.
La ley de 29 de julio de 1881 protege la libertad de expresión proporcionando varias salvaguardias especiales en los procedimientos relacionados con delitos de prensa, que incluyen:
La ley otorga libertades pero también define sus límites para garantizarlas. Existen delitos de prensa (incitación a delitos o faltas: homicidio, saqueo, incendio provocado, etc.) que establecen responsabilidades tanto individuales como colectivas (desde el distribuidor hasta el editor de la publicación).
Para estos delitos, la ley otorga el derecho de rectificación (que pasará a ser el derecho de réplica , definido en el art. 13), que protege al ciudadano implicado en una publicación y lo autoriza a responder.
Se prohíbe la publicación de actas de acusación y procesos penales, así como el registro de las deliberaciones de los jueces. Los responsables, si hay un delito, son los administradores y editores, si no los autores e impresores, si no los vendedores y distribuidores. Los autores pueden ser procesados como cómplices. Las infracciones penales son sancionadas por el Juzgado de lo Penal, los juzgados correccionales o por la simple policía, todo depende del grado de gravedad: si se trata de una simple infracción (juzgado de policía), una falta (juzgado de lo penal) o un delito (Juzgado de lo Penal).
ProvocaciónLa provocación es en el derecho francés la incitación a cometer un acto ilegal. Para ello está previsto en el artículo 23 (Capítulo IV, párrafo 1 st ) de la Ley de libertad de prensa, derecho provocación para los delitos y faltas . La provocación está reprimida en el artículo 24 de dicha ley. Existen determinadas circunstancias agravantes, incluida la provocación por:
También se agrava cuando los actos son cometidos por el cónyuge, conviviente o socio vinculado a la víctima por un pacto de solidaridad civil (art. 48-5 de la ley de 1881).
Estas disposiciones han evolucionado considerablemente a partir de la ley original. Al principio, solo se perseguían las provocaciones para cometer ciertos delitos o infracciones seguidas de efecto , o al menos de intentos , pero esto se extendió a simples provocaciones (no seguidas de efectos) por las " leyes villanas " de 1893., votó a favor de combatir contra la ola de ataques anarquistas. De hecho, el artículo 24 extendió esta penalización a la incitación al asesinato, el saqueo, el incendio provocado o incluso los delitos contra la seguridad del Estado , aunque no fueran implementados. Hoy en día, esto se extiende no solo a los ataques a la vida o la integridad física, sino también al robo, la extorsión y la destrucción, la degradación y el deterioro deliberado que son peligrosos para las personas.
DifamaciónEl libelo se define en el artículo 29 de la Ley de29 de julio de 1881, que establece que “constituye difamación toda alegación o imputación de un acto que lesione el honor o la consideración de la persona o del organismo al que se imputa el hecho”.
Cabe recordar que el hecho imputado puede ser real o no. Hay dos medios de defensa cuando se establece la difamación: por un lado es exceptio veritatis y por otro lado es de buena fe .
Según el abogado Basile Ader , especialista en derecho de prensa, es por su carácter penal que la ley de libertad de prensa del29 de julio de 1881es el protector de la libertad de prensa . Ofrece las garantías del procedimiento penal: previsibilidad y estricta interpretación del delito de prensa, debates orales, audiencia de testigos, primacía de los derechos de la defensa, lo que permite a esta última hacer valer su buena fe.
Exceptio veritatisEn francés: "la excepción de la verdad ".
Es el hecho de denunciar la realidad de los hechos que se han calificado de difamatorio. La exceptio veritatis no siempre se puede informar. Este es particularmente el caso en términos de delitos amnistiados o prescritos y, de hecho, relacionados con la vida privada.
La jurisprudencia es muy exigente en la prueba de la exceptio veritatis , que debe ser cierta, sustentada y articulada con los hechos. Solo el 1% de las absoluciones se basan en la exceptio veritatis .
Buena feSe presume mala fe. La buena fe se demuestra mediante cuatro criterios acumulativos, es decir absolutamente imprescindibles:
La difamación racista (en "a causa de su origen o de su pertenencia a una etnia, nación, raza o religión") es desde 1881 un penal delito castigado "con prisión de un mes a un año y una multa de 1.000 francos a 1.000.000 francos ”. Desde la reforma del Código Penal de 1994, se castiga con un año de prisión o una multa.
La ley de 1881 fue modificada por la ley de 1 st de julio de 1972relativo a la lucha contra el racismo, que castiga, entre otras cosas, el insulto racista e introduce en el art. 24 de la ley de 1881 la siguiente disposición:
"Quienes, por alguno de los medios previstos en el artículo 23, hayan provocado discriminación, odio o violencia contra una persona o grupo de personas por razón de su origen o de su pertenencia a una etnia, nación, raza o una religión determinada, será castigado con prisión de un mes a un año y multa de 2.000 F a 300.000 F o una de estas dos sentencias solamente. "
La pena prevista hoy es "un año de prisión y una multa de 45.000 euros o una de estas dos penas solamente", habiéndose introducido la pena máxima de un año con motivo de la reforma del Código Penal en 1992.
En su redacción resultante de un decreto-ley de6 de mayo de 1939, artículo 14 de la ley hasta la derogación del decreto-ley por decreto n ° 2004-1044 de4 de octubre de 2004, permitió, bajo pena de prisión y multa, la prohibición por parte del Ministro del Interior de la circulación, distribución y venta en Francia de periódicos o escritos escritos en un idioma extranjero, así como de periódicos y escritos de origen extranjero escritos en francés, impreso en el extranjero o en Francia. En un aviso de10 de enero de 2008, el Consejo de Estado consideró "que al derogar el decreto de 6 de mayo de 1939, el Primer Ministro puso fin a la aplicación de las disposiciones resultantes de este texto pero no volvió a poner en vigor las disposiciones del artículo 14 de la Ley de 29 de julio de 1881en su borrador inicial. "
El Mediador de la República había solicitado la derogación de estas disposiciones.
En 2019, el gobierno está considerando salir de la ley sobre libertad de prensa por delitos relacionados con el "discurso de odio" en Internet, lo que podría ser juzgado en un tribunal inmediato. Sus detractores ven en ella "una nueva burocracia de censura", o incluso un deseo de "privatizar" el control de la libertad de expresión. Adoptado en 2020, casi todo su contenido está invalidado por el Consejo Constitucional .