Operador de vital importancia

Un operador de vital importancia ( OIV ) es, en Francia , una organización identificada por el Estado como con actividades esenciales para la supervivencia de la nación o peligrosas para la población . Hay alrededor de 250 en 12 industrias. Por razones de seguridad nacional, la lista de OIV no es pública y se solicita a las empresas designadas que no comuniquen su participación en el sistema.

El dispositivo fue descrito por decreto en 2006 antes de ser codificado en el Código de Defensa en 2007.

Definición

Un sector de actividades de vital importancia (SAIV), tal como se define en el artículo R. 1332-2 del Código de Defensa , se compone de actividades:

Un operador de vital importancia, según lo define el artículo R. 1332-1 del Código de Defensa , es una organización que:

Designacion

Doce sectores de actividad de vital importancia (SAIV) fueron definidos en un decreto de 2 de junio de 2006, modificado por decreto de 3 de julio de 2008 :

Dominante Sector de actividad de vital importancia Ministerio coordinador
Regalienne Actividades civiles del estado Ministerio del interior
Actividades militares estatales Ministerio de Defensa
Actividades judiciales Ministerio de Justicia
Humano Salud Ministerio de Salud
Administracion del Agua Ministerio encargado de Ecología
Comida Ministerio de Agricultura
Económico Energía Ministerio de Energía
Finanzas Ministerio de Economía y Finanzas
Transporte Ministerio de Transporte
Tecnológico Comunicaciones electrónicas, audiovisuales y de información Ministerio encargado de las comunicaciones electrónicas
Industria Ministerio de Industria
Espacio e investigación Ministerio encargado de la investigación

Los operadores de vital importancia son designados para cada sector de actividad de vital importancia por orden del ministro coordinador. Este decreto se toma en consulta con el ministro o ministros interesados, previa consulta con la comisión interministerial de defensa y seguridad de sectores de vital importancia. Esta comisión está presidida por el Secretario General de Defensa y Seguridad Nacional (artículo R. 1332-10 del Código de Defensa).

Cada ministro coordinador de un sector de actividad de vital importancia notifica a los operadores de vital importancia de la correspondiente directiva de seguridad nacional (DNS). El DNS identifica riesgos y amenazas y define los principales objetivos de seguridad de cada sector o subsector de actividad.

Obligaciones

Los operadores de vital importancia tienen la obligación de:

Ley de programación militar para 2014-2019

El proyecto de ley de programación militar para el período 2014-2019 especifica que es responsabilidad del Estado garantizar la seguridad suficiente de los sistemas críticos de los operadores de vital importancia. A través de cuatro medidas principales, pretende establecer un nivel mínimo de seguridad para las organizaciones.

A fines de 2013, con base en el proyecto de ley, el Estado podría:

Decretos de ejecución sectoriales

Para cada sector o subsector identificado, el Primer Ministro emitió un decreto de implementación escrito por los servicios de ANSSI que define las obligaciones de los operadores en términos de seguridad de TI.

Se tomaron las órdenes:

Sector o subsector Detenido Entrada en vigor
Subsector "Productos sanitarios" 10 de junio de 2016 1 st 07 2016
Sector "agua" 17 de junio de 2016
Sector "alimentación"
Subsector "Transporte terrestre" 11 de agosto de 2016 1 er de octubre de el año 2016
Subsector "Transporte marítimo y fluvial"
Subsector "transporte aéreo"
Subsector "Suministro de electricidad"
Subsector "Suministro de gas natural"
Subsector "Suministro de hidrocarburos de petróleo"
Sector "Finanzas" 28 de noviembre de 2016 1 st de enero de 2,017
"Sector industrial
Subsector "Audiovisual e información"
Subsector "Comunicaciones electrónicas e Internet"
Subsector "nuclear" 10 de marzo de 2017 1 st de abril de 2017
Subsector "espacio" 8 de septiembre de 2017 1 er de octubre de 2017
Subsector "Actividades de armamento industrial"
Sector "Actividades civiles del Estado" 29 de mayo de 2019 1 er de octubre de 2019
Subsector de "investigación pública" 13 de julio de 2020 1 er de octubre de 2020

A excepción de las actividades civiles, los decretos relativos a la realeza dominante aún están pendientes.

Estos decretos prevén un período que varía de 3 meses a 2 años para la implementación de las medidas enumeradas en el Anexo 1, de las cuales hay 20, incluyendo en particular:

Los Apéndices II (fechas límite), III (tipo de sistema de información) y IV (tipo de incidentes) no son públicos y ANSSI los comunica a las personas que "necesitan saber".

Notas y referencias

  1. "  Protección de la OIV en Francia  " , ANSSI (consultado el 1 er de julio de 2020 ) .
  2. Organización de los sectores de actividad de vital importancia , Secretaría General para la Defensa y Seguridad Nacional (SGDSN).
  3. Decreto n o  2006-212 de 23 de febrero de 2006 sobre la seguridad de las actividades vitales , JORF n o  47 de 24 de febrero de 2006, p.  2889, texto n o  1, NOR PRMX0500312D, en Légifrance.
  4. Coursaget, 2010 .
  5. Artículo R. 1332-2 del Código de Defensa , sobre Légifrance.
  6. Artículo R. 1332-1 del Código de Defensa , sobre Légifrance.
  7. Orden de 2 de junio de 2006 que establece la relación de sectores de actividad de vital importancia y designa a los ministros coordinadores de dichos sectores , JORF n o  129 de 4 de junio de 2006, p.  8502, texto n o  1, NOR PRMX0609332A en Lgifrance.
  8. Decreto de 3 de julio de 2008 por el que se modifica el decreto de 2 de junio de 2006 que establece la lista de sectores de actividad de vital importancia y designa a los ministros coordinadores de dichos sectores , JORF n o  156 de 5 de julio de 2008, p.  10823, texto n o  6, NI PRMD0813724A sobre Légifrance.
  9. del artículo R. 1332-3 del Código de Defensa , sobre Légifrance.
  10. Artículo R. 1332-10 del Código de Defensa , sobre Légifrance.
  11. Respuesta del primer ministro a una pregunta de un parlamentario , 28 de mayo de 2013, Asamblea Nacional.
  12. La ley sobre la planificación militar y la protección de los operadores de importancia vital (OIV) , Cyberstrategie.org.
  13. Marc Watin-Augouard, "  La ley de la programación militar y la cibermenaza  ", Les Échos ,27 de noviembre de 2013( leer en línea ).
  14. Orden de10 de junio de 2016(productos sanitarios) .
  15. Orden de17 de junio de 2016(agua) .
  16. Orden de17 de junio de 2016(comida) .
  17. Orden de11 de agosto de 2016(transporte terrestre) .
  18. Orden de11 de agosto de 2016(transporte marítimo y fluvial) .
  19. Orden de11 de agosto de 2016(transporte aéreo) .
  20. Orden de11 de agosto de 2016(suministro de energía eléctrica) .
  21. Orden de11 de agosto de 2016(suministro de gas natural) .
  22. Orden de11 de agosto de 2016(suministro de hidrocarburos de petróleo) .
  23. Orden de28 de noviembre de 2016(finanzas) .
  24. Orden de28 de noviembre de 2016(industria) .
  25. Orden de28 de noviembre de 2016(audiovisuales e informativos) .
  26. Orden de28 de noviembre de 2016(comunicaciones electrónicas e Internet) .
  27. Orden de10 de marzo de 2017(nuclear) .
  28. Orden de8 de septiembre de 2017(espacio) .
  29. Orden de8 de septiembre de 2017(actividades de armamento industrial) .
  30. Orden de29 de mayo de 2019(actividades civiles del Estado) .
  31. Orden de13 de julio de 2020(investigación pública) .

Apéndices

Bibliografía

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