En Francia , el registro es un sistema de autorización simplificado, creado en 2009, que se refiere a instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE), cuyos riesgos se consideran bajo control. Está organizado por los artículos R. 512-46-1 y siguientes del Código de Medio Ambiente y constituye un régimen intermedio entre los regímenes de autorización y declaración. Su objetivo es simplificar los trámites administrativos, reducir los tiempos de instrucción, estandarizar los requisitos técnicos aplicables a determinadas instalaciones y responsabilizar a los operadores.
Cada vez son más las rúbricas del ICPE y, por tanto, las instalaciones industriales que se ven afectadas por este régimen.
El sistema de registro fue implementado a nivel legislativo mediante la ordenanza n o 2009-663 de 11 de junio de 2009. El decreto n o 2010-368 de 13 de abril de 2010 especificó los procedimientos aplicables en ese contexto.
El decreto n o 2010-367 de 13 de abril de 2010 cambió la nomenclatura de las instalaciones clasificadas e introdujo el sistema de registro para una primera serie de instalaciones: las estaciones de servicio , los almacenes de materiales combustibles, madera, papel, plásticos, polímeros así como Almacenes refrigerados. Luego se publicaron otros decretos con el fin de introducir el régimen de registro en otros títulos de ICPE y este régimen sigue cobrando impulso con cada vez más títulos de ICPE afectados.
Al crear este nuevo régimen intermedio, comprendido entre el de la declaración y el de la autorización, el objetivo del Gobierno fue:
Cuando se puso en marcha en 2009, el Gobierno dispuso que “el nuevo régimen afectará a alrededor de una cuarta parte de las instalaciones actualmente sujetas a autorización de la prefectura, por ejemplo, almacenes de productos no peligrosos, talleres mecánicos, carpintería o metalurgia. O pequeños alimentos instalaciones de procesamiento ” .
Todo proyecto de instalación clasificado en régimen de registro debe ser objeto de una solicitud de registro antes de su puesta en servicio, que, desde el 16 de mayo de 2017, tiene la forma de un formulario Cerfa que incluye en particular la descripción de la sensibilidad ambiental. del sitio y el impacto significativo del proyecto en el medio ambiente. El archivo de solicitud de registro se envía a la prefectura del departamento en el que se planea la instalación.
El expediente es examinado por la inspección de instalaciones clasificadas y el expediente, una vez completado, se envía:
Toda la información recopilada es objeto de un informe resumen elaborado por la inspección de instalaciones clasificadas.
A falta de medidas específicas, el prefecto puede dictar el registro por decreto de la prefectura, sin más trámite.
En caso de solicitud de adecuación de los requisitos generales oa propuesta de la inspección de instalaciones clasificadas, o en caso de dictamen desfavorable en el expediente registral, el informe resumen y las propuestas de inspección se someten a opinión del consejo departamental. para el medio ambiente y la salud y los riesgos tecnológicos (CODERST) previa consulta con el operador. La decisión puede entonces ser pronunciada por el prefecto (orden de registro o denegación).
El tiempo de tramitación de la solicitud de registro es de 5 (en ausencia de medidas específicas) a 7 meses (en caso de cambio a CODERST).
Si la sensibilidad ambiental del entorno lo justifica o si el impacto acumulativo del proyecto con los de otros proyectos de instalación, estructuras u obras ubicadas en esta zona lo justifica (criterios n ° 1 y n ° 2 del artículo L. 512-7 -2 del Código de Medio Ambiente), el Prefecto puede decidir someter el proyecto a evaluación ambiental, lo que implica en particular que la solicitud seguirá el procedimiento de autorización ambiental completo, con el peticionario realizando '' un estudio de impacto y un estudio de peligros y organización de una investigación pública por parte de la administración.
Si la modificación de los requisitos generales aplicables a la instalación, solicitada por el operador, lo justifica (criterio n ° 3 del artículo L. 512-7-2 del Código de Medio Ambiente), el Prefecto podrá decidir que la solicitud seguirá las normas ambientales. procedimiento de autorización sin, no obstante, someterse a una evaluación medioambiental, lo que implica que el peticionario debe, en particular, realizar un estudio de impacto medioambiental.
Cada operador de una instalación clasificada que se inscribe en el régimen de registro debe cumplir al menos, salvo que se solicite una exención en el marco de la solicitud de registro, las prescripciones técnicas ministeriales estandarizadas que tienen como objetivo reducir el impacto de la instalación en su entorno vertidos, vertidos atmosféricos, gestión de residuos, emisiones sonoras, prevención de riesgos industriales, etc.). Como parte de la investigación, el peticionario debe demostrar que podrá cumplir con estos requisitos técnicos. Para ello, el ministerio está desarrollando guías que indican los documentos de respaldo que se esperan del peticionario en su expediente de solicitud de registro.
La “simplificación” de los procedimientos es criticado regularmente por France Nature Environnement (FNE), como contraria al espíritu de la Grenelle de l'Environnement y hacer una correcta posible operar sin previo estudio de impacto o de investigación pública . Por lo tanto, la FNE teme que sea una forma indirecta de no contratar o financiar a los inspectores ambientales necesarios para el control de las ICPE francesas o que se esté considerando una privatización del control de las ICPE.