Defensor de derechos

Defensor de derechos Logotipo del Defensor de los Derechos
Ley en acción
Historia
Fundación Revisión constitucional de julio de 2008
Antecesores Mediador de la República Francesa , Comisión Nacional de Ética en Seguridad , Defensor de la Infancia
Marco
Tipo Autoridad administrativa independiente , función
Forma jurídica Autoridad administrativa o pública independiente
Asiento Complejo Fontenoy-Ségur
País  Francia
Organización
Defensor de derechos Claire Hédon (desde2020)
Sitio web www.defenseurdesdroits.fr
Identificadores
Directorio de servicios públicos autoridades-independientes / autoridad-administrativa-independiente_195381

En Francia , el Defensor de Derechos ( DDD ) es una autoridad administrativa independiente, creada por la revisión constitucional del 23 de julio de 2008 e instituida por la ley orgánica del 29 de marzo de 2011.

Nombrado por el Presidente de la República por un período de seis años no renovable, el Defensor de los Derechos es responsable de defender los derechos de los ciudadanos no solo frente a las administraciones ( ombudsman ) sino que también tiene prerrogativas específicas en materia de promoción derechos humanos niño , lucha contra la discriminación, respeto a la ética de las actividades de seguridad.

Los primeros titulares son Dominique Baudis y luego Jacques Toubon . La titular actual es Claire Hédon .

Histórico

La expresión “Defensor de los Derechos” fue utilizada por Gracchus Babeuf en el subtítulo de su periódico Le Tribun du peuple de 1795: “El Defensor de los Derechos Humanos”.

En 2007, el Comité de Reflexión y Propuesta sobre la Modernización y Reequilibrio de las Instituciones , conocido como el “Comité Balladur”, propuso la creación de un “Defensor de los Derechos Fundamentales” en reemplazo del Mediador de la República , institución creada en 1973 pero que no se menciona en la Constitución . Según el informe, el Defensor de los Derechos Fundamentales, inspirado en el Defensor del Pueblo en España , debería ser designado por la Asamblea Nacional .

La función del Defensor de los Derechos está consagrada en la Constitución con la ley constitucional de 23 de julio de 2008  ; contrariamente a las recomendaciones del comité Balladur, el Defensor será designado por el Presidente de la República .

En 2011, durante el debate parlamentario sobre la ley orgánica que establece la Defensoría de los Derechos, el Gobierno propuso la abolición del Mediador de la República, la Comisión Nacional de Ética en Seguridad y la Defensoría del Niño . Los senadores agregan la Alta Autoridad para la lucha contra la discriminación y por la igualdad y los diputados la Contraloría General de los lugares de privación de libertad , pero esta última disposición se retira del texto final.

La desaparición de estas autoridades administrativas independientes ha suscitado algunas críticas, en particular las de Jeannette Bougrab (presidenta de la Halde entre abril y noviembre de 2010) y Dominique Versini (Defensora de la infancia entre junio de 2006 y abril de 2011). La Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos (CNCDH) emitió una opinión bastante mixta. Si bien acogió con satisfacción el hecho de que esta institución reconociera constitucionalmente la misión de defender los derechos, la abolición de autoridades independientes que habían demostrado su capacidad para llevar a cabo su misión planteaba una serie de problemas.

Poderes y competencias del Defensor de Derechos

L' article 71-1 de la Constitution prévoit que « le Défenseur des droits veille au respect des droits et libertés par les administrations de l'État, les collectivités territoriales, les établissements publics, ainsi que par tout organisme investi d'une mission de servicio publico ".

La ley orgánica del 29 de marzo de 2011, modificada por la ley del 9 de diciembre de 2016, estableció otras cuatro misiones adicionales para el Defensor de Derechos:

  1. Defender y promover el interés superior y los derechos del niño consagrados en la ley o en un compromiso internacional regularmente ratificado o aprobado por Francia;
  2. Luchar contra la discriminación, directa o indirecta, prohibida por la ley o por un compromiso internacional regularmente ratificado o aprobado por Francia, así como para promover la igualdad;
  3. Velar por el cumplimiento de la ética por parte de las personas que realizan actividades de seguridad en el territorio de la República;
  4. Dirigir a las autoridades competentes a cualquier persona que informe de una alerta en las condiciones que marca la ley, para garantizar los derechos y libertades de esta persona.

El Defensor de Derechos es independiente, no puede recibir instrucciones; informa de su actividad al Presidente de la República y al Parlamento.

Remisión

El Defensor de Derechos puede ser contactado por cualquier persona física o jurídica que se considere lesionada en sus derechos y libertades por el funcionamiento de una administración del Estado, una autoridad local, un establecimiento público o un organismo con misión de servicio público; también puede incautarse de oficio.

Como parte de sus otras misiones, puede ser contactado por:

  1. El niño que invoque la protección de sus derechos o una situación que ponga en entredicho su interés, sus representantes legales, los miembros de su familia, los servicios médicos o sociales o cualquier asociación declarada habitualmente desde hace al menos cinco años a la fecha de los hechos y propone mediante sus estatutos defender los derechos del niño;
  2. Quien se considere víctima de discriminación, directa o indirecta, prohibida por la ley o por un compromiso internacional debidamente ratificado o aprobado por Francia, o cualquier asociación debidamente declarada por al menos cinco años a la fecha de los hechos propuestos por sus estatutos de lucha contra discriminación o para asistir a víctimas de discriminación, conjuntamente con la persona que se considera víctima de discriminación o con su consentimiento;
  3. Todo aquel que haya sido víctima o testigo de hechos que crea que constituyen una vulneración de las normas éticas en materia de seguridad.

El propio Defensor de Derechos decide si procede o no con la incautación.

Medios de informacion

El Defensor de Derechos podrá solicitar explicaciones a cualquier persona física o jurídica que se le cuestione. Estos deben facilitar el cumplimiento de su misión.

Cuando se contacta con el Defensor de Derechos, las personas a las que pide explicaciones pueden ser asistidas por el abogado de su elección. Se elabora un informe contradictorio de la audiencia y se entrega a la persona escuchada. Cuando estas medidas no se dan seguimiento, el Defensor de Derechos puede dar aviso a los interesados ​​para que respondan. Cuando no se dé seguimiento a la notificación formal, podrá remitir al juez una solicitud motivada de medidas cautelares con el fin de ordenar cualquier medida que éste considere útil.

El Defensor de Derechos podrá recabar cualquier información que le parezca necesaria sobre los hechos que le sean de conocimiento sin que se le pueda oponer, salvo en materia de secreto de defensa nacional, seguridad del Estado o política exterior. No se le puede oponer el secreto de la investigación y la instrucción.

La información amparada por el secreto médico o por el secreto profesional aplicable a la relación entre un abogado y su cliente sólo podrá serle comunicada a petición expresa del interesado.

El Defensor de Derechos puede proceder a:

Durante sus controles sobre el terreno, el Defensor de los Derechos puede escuchar a cualquier persona que pueda proporcionar información.

Cuando el Defensor de Derechos sea capturado, o conozca de oficio hechos que den lugar a una averiguación previa o flagrante o por los que se abra una investigación judicial o se encuentre en curso un proceso judicial, deberá obtener el consentimiento previo de los juzgados o de pública fiscal .

Si el Defensor de Derechos así lo solicita, los ministros instruyen a los órganos de control para que realicen, en el marco de su competencia, todas las verificaciones o averiguaciones. Le informan del seguimiento dado a estas solicitudes.

El Defensor de Derechos puede solicitar al vicepresidente del Consejo de Estado o al primer presidente del Tribunal de Cuentas la realización de todos los estudios.

Medios de intervencion

El Defensor de Derechos podrá formular cualquier recomendación que le parezca susceptible de garantizar el respeto de los derechos y libertades del lesionado y resolver las dificultades que se le planteen o evitar que vuelvan a ocurrir. Puede proceder a la resolución amistosa de las controversias que se le presenten mediante mediación.

En el caso de una denuncia de una persona que se considera víctima de discriminación o que invoca la protección de los derechos del niño pide una intervención de su parte, lo asiste en la constitución de su expediente y lo ayuda a identificar los procedimientos. adaptados a su caso, incluso cuando estos incluyen una dimensión internacional. En caso de discriminación, podrá proponer al autor una transacción consistente en el pago de una multa de transacción, cuyo importe no podrá superar los 3.000 € en el caso de una persona física y 15.000 € en el caso de una persona jurídica y , en su caso, en la indemnización de la víctima.

El Defensor de Derechos podrá recomendar la realización de los cambios legislativos o reglamentarios que le parezcan útiles. Puede ser consultado por el Primer Ministro sobre cualquier proyecto de ley que pertenezca a su ámbito de competencia. También puede ser consultado por el Primer Ministro, el Presidente de la Asamblea Nacional o el Presidente del Senado sobre cualquier asunto de su competencia.

Contribuye, a petición del Primer Ministro, a la preparación y definición de la posición francesa en las negociaciones internacionales en los ámbitos de su competencia.

Organización

El Defensor de Derechos es una autoridad administrativa independiente . Su independencia está garantizada por la Constitución.

El defensor de los derechos

El Defensor de los Derechos es designado por el Presidente de la República , mediante decreto en Consejo de Ministros previa consulta a las comisiones parlamentarias competentes; su mandato es de seis años y no es renovable. Solo podrá ser despedido a petición suya o en caso de impedimento. Las funciones de Defensor de Derechos y las de sus suplentes son incompatibles con las de miembro del Gobierno , del Consejo Constitucional , del Consejo Superior de la Judicatura y del Consejo Económico, Social y Ambiental así como con cualquier mandato electivo, cualquier función de líder. de una empresa o de una administración.

El Defensor de Derechos es miembro de la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) y de la Comisión de Acceso a Documentos Administrativos (CADA), con carácter consultivo.

El Defensor de Derechos recibe "un trato igual al relativo a la primera categoría superior de puestos estatales clasificados como fuera de escala". También recibe una prestación por servicio fijada por decreto ministerial.

Colegios y asistentes

El Defensor de los Derechos tiene tres asistentes, nombrados por el Primer Ministro, a propuesta suya. Cada diputado es vicepresidente de uno de los colegios.

La facultad de ética de la seguridad está integrada, además del vicepresidente, por:

El colegio para la defensa y promoción de los derechos del niño está integrado, además del vicepresidente, de

El Colegio de Lucha contra la Discriminación y Promoción de la Igualdad está integrado, además del Vicepresidente, de

El mandato de los diputados del Defensor de Derechos y el de los miembros de los colegios finaliza con el mandato del Defensor de Derechos. El de los diputados del Defensor de Derechos no es renovable.

Los miembros de los colegios se nombran sobre la base de sus conocimientos o experiencia en los campos en cuestión. Los nombramientos de los presidentes del Senado y de la Asamblea Nacional deben respetar la paridad de género.

Administración

El Defensor de Derechos nombra al Secretario General así como a los demás agentes de los servicios a su disposición. Richard Senghor (2011-2017), luego Constance Rivière (desde septiembre de 2017) ocupan sucesivamente este puesto.

También hay un delegado general para la mediación con los servicios públicos.

El Defensor de Derechos podrá designar, en todo el territorio, así como para los franceses residentes fuera de Francia, delegados, puestos bajo su autoridad, que podrán, en su ámbito geográfico, investigar las denuncias y participar en la solución de las dificultades denunciadas por este medio. que las acciones realizadas.

Cuando se creó, la administración de la Defensoría de Derechos se instaló en los cuatro sitios de las instituciones anteriores; su asiento en el hotel Le Maître era el del Mediador de la República. En el segundo semestre de 2016, la institución se trasladó al conjunto Fontenoy-Ségur con la Comisión Nacional de Informática y Libertades .

El presupuesto de la Defensoría de Derechos es una de las acciones del programa 308 “Protección de derechos y libertades” de la misión “Dirección de acción gubernamental”. En 2016, los créditos de pago consumidos ascendieron a 15 751 070 euros en gastos de personal y 12 359 319 euros en gastos operativos, con un presupuesto total de más de 28 millones de euros.

La administración de la sede de la Defensoría de Derechos está integrada por 250 empleados. También hay más de 400 delegados en toda Francia. Estos últimos son voluntarios.

Actividades del Defensor de Derechos

Las actividades del Defensor de Derechos se resumen en sus sucesivos informes anuales.

Solicitudes de intervención y expedientes de quejas

Desde 2011, la Defensora de Derechos ha recibido más de 100.000 solicitudes de intervención y asesoramiento (más de 120.000 en 2015). Recibió 89.846 expedientes de denuncia en 2011, 82.416 en 2012, 78.822 en 2013, 73.463 en 2014 y 79.592 en 2015. El número de expedientes procesados ​​fue de 85.838 en 2011, 80.162 en 2012, 77.338 en 2013, 71.624 en 2014 y 74.571 en 2015. Más de las tres cuartas partes de las quejas se manejan a través de representantes regionales, el resto se maneja a nivel de la oficina central.

En 2010, las cuatro autoridades a las que sucedió la Defensora de Derechos habían recibido 38.091 denuncias sobre servicios públicos; en 2015, la Defensoría de Derechos recibió 40 329. Al mismo tiempo, las denuncias por discriminación aumentaron de 3055 a 4846; las relativas a la infancia casi se duplicaron, de 1.250 a 2.342; las relativas a la ética de la seguridad casi se multiplicaron por 5, de 185 a 910.

Medidas significativas

En 2015, se iniciaron 480 “medidas significativas” (525 en 2013, 480 en 2014):

Además, en 2015, el Defensor de Derechos emitió 29 dictámenes a solicitud del Parlamento.

En junio de 2020, la Defensora de Derechos, encargada de un caso de violencia policial en París, denuncia discriminación sistémica , "acoso discriminatorio [...] la acumulación de prácticas y estereotipos que se dirigen a grupos de personas en su conjunto" , todo ello indicando pero eso no quiere decir que sistemáticamente la policía discrimine ” y al pedir la trazabilidad de los controles de identidad, se limite el control a facies que son, según la institución, una“ realidad sociológica ”en Francia.

Sucesión de defensores y diputados de derechos humanos

Sucesión de defensores de derechos humanos
Retrato Identidad Período
Inicio Final
Dominique baudis Dominique baudis 23 de junio de 2011 10 de abril de 2014
(murió en el cargo ( en ) )
Jacques Toubon Jacques Toubon 17 de julio de 2014 17 de julio de 2020
Ningún retrato con licencia gratuita disponible para Claire Hédon. Claire Hédon 22 de julio de 2020

Defensora Adjunta de Derechos, Defensora de la Infancia, Vicepresidenta del Colegio encargado de la defensa y promoción de los derechos de la niñez:

Defensora adjunta de derechos, vicepresidenta del colegio encargado de la ética en el ámbito de la seguridad:

Defensora Adjunta de Derechos, Vicepresidenta del Colegio encargado de la lucha contra la discriminación y la promoción de la igualdad

Informes

Además de los informes anuales de actividad, el Defensor de Derechos publica informes sobre temas específicos:

Notas y referencias

Notas

Constitución y Ley Orgánica de 1958

La primera fuente del artículo es la Constitución del 4 de octubre de 1958 . También es posible consultar el artículo de Wikipedia Constitución francesa del 4 de octubre de 1958 , los artículos sobre cada artículo de la Constitución y las referencias asociadas.

  1. del artículo 71-1 de la Constitución

Ley Orgánica n o  2011-333 de 29 de marzo de 2011 de Defensoría de Derechos

  1. del artículo 4 de la ley orgánica del 29 de marzo 2011
  2. Artículo 2 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  3. del artículo 5 de la ley orgánica del 29 de marzo 2011
  4. Artículo 24 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  5. del artículo 18 de la ley orgánica del 29 de marzo 2011
  6. Artículo 21 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  7. Artículo 20 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  8. Artículo 22 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  9. Artículo 23 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  10. Artículo 19 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  11. Artículo 25 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  12. Artículo 26 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  13. Artículo 27 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  14. Artículo 28 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  15. Artículo 32 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  16. Artículo 1 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  17. Artículo 3 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  18. Artículo 13 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  19. Artículo 14 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  20. Artículo 15 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  21. Artículo 16 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011
  22. Artículo 37 de la ley orgánica de 29 de marzo de 2011

otras referencias

  1. [PDF] "  Comité de reflexión y propuestas sobre la modernización y el reequilibrio de las instituciones de la V ª República  " en ladocumentationfrancaise.fr
  2. Patrick Roger , "  Defensor de los derechos: una oportunidad perdida  ", Le Monde ,19 de enero de 2011
  3. Patrick Roger , "  Una sola autoridad para 100.000 archivos por año  ", Le Monde ,26 de junio de 2011
  4. Opinión de la CNCDH, 4 de febrero de 2010: resumen , opinión completa .
  5. Ley n o  2017-55 de 20 de enero de 2017 sobre el estatuto general de autoridades administrativas independientes y autoridades públicas independientes
  6. Decisión del Consejo Constitucional n o  2011-626 DC ,29 de marzo de 2011( leer en línea )
  7. Artículo 3 de la Ley de 29 de marzo de 2011 relativa al Defensor de Derechos , artículo 3
  8. Decreto n o  2011-905 del 29 de julio de 2011 sobre la organización y funcionamiento de los derechos de defensa Servicios
  9. Decisión n o  2017-212 de 2 de octubre de 2017 por la que se delega la firma del secretario general del Defensor de Derechos
  10. Decisión de 3 de agosto de 2011 de nombramiento (servicios del Defensor de Derechos)
  11. Informe de actividad 2013 , p.  170
  12. "  Informe de actividad 2016 de la defensora de derechos (página 136)  " , en https://www.defenseurdesdroits.fr/
  13. Informe de actividad 2013 , p.  21
  14. Fuentes de datos estadísticos: Defensora de Derechos (06-2012), p.71, (06-2013), pp.25-33, (06-2014), pp.21-29, (01-2015), páginas. 38-41 y 43 y (02-2016) págs. 8-11.
  15. En 2010, las cuatro autoridades sucedidas por la Defensora de Derechos habían recibido 92.948 expedientes de denuncia y atendidos 91.065. Estas cifras incluyen numerosos expedientes contabilizados varias veces, ya sea porque los denunciantes incautaron varias instituciones simultáneamente, o porque los expedientes fueron transmitidos desde una autoridad. a otro (8% para el Halde). Ver El Defensor de los Derechos (06-2012), p.71.
  16. 83% en 2012, 80% en 2013, 77% en 2014
  17. Juliette Bénézit, "  La Defensora de Derechos denuncia un caso de discriminación" sistémica ""  , Le Monde.fr ,3 de junio de 2020( leer en línea , consultado el 3 de junio de 2020 )
  18. Ismaël Halissat , "  El Defensor de los Derechos denuncia un caso de" discriminación sistémica "por parte de la policía  " , en Liberation.fr , Liberation ,2 de junio de 2020(consultado el 3 de junio de 2020 )
  19. "  El Defensor de los Derechos reconoce la discriminación" sistémica "en una comisaría parisina  " , en LEFIGARO (consultado el 20 de febrero de 2021 )
  20. "  Francia necesita" la trazabilidad de los controles de identidad ", recuerda el Defensor de los Derechos  ", La Croix ,4 de junio de 2020( ISSN  0242-6056 , leído en línea , consultado el 20 de febrero de 2021 )
  21. "  Decreto de 23 de junio de 2011 por el que se nombra al Defensor de los Derechos - Sr. Baudis (Dominique)  "
  22. "  Dominique Baudis, defensor de derechos, ha fallecido  "
  23. "  Decreto de 17 de julio de 2014 que nombra al Defensor de Derechos - Sr. TOUBON (Jacques)  "
  24. "  Decreto de 22 de julio de 2020 que nombra Defensora de Derechos - Sra. HÉDON (Claire)  " ,23 de julio de 2020
  25. Decreto de 22 de julio de 2011 por el que se nombra asistente de la Defensora de Derechos - Sra. Derain (Marie)
  26. Decreto de 26 de septiembre de 2014 por el que se nombra asistente del Defensor de Derechos
  27. Decreto del 10 de noviembre de 2020 diputados el designar al Defensor de los Derechos
  28. Decreto de 22 de julio de 2011 por el que se nombra asistente de la Defensora de Derechos - Sra. Mothes (Françoise)
  29. Decreto de 12 de noviembre de 2014 por el que se nombra asistente de la Defensora de Derechos - Sra. Angeli-Troccaz (Claudine)
  30. Decreto de 22 de julio de 2011 por el que se nombra a una asistente de la Defensora de Derechos - Sra. Lyazid (Maryvonne)
  31. Decreto de 26 de septiembre de 2014 por el que se nombra diputado de la Defensoría de Derechos
  32. Informe iniciado por el ex Mediador de la República Francesa. Koskas, Alian; Desjardins, Véronique y Médioni, Jean-Pierre (02-2011). Informe de la misión sobre maltrato económico de las personas mayores en establecimientos sanitarios, sociales y médico-sociales . Para Jean-Paul Delevoye, Mediador de la República Francesa, febrero de 2011.
  33. La Defensora de los Derechos (11-2011) Niños acogidos, niños acogidos : defender y promover sus derechos. Informe sobre los derechos del niño 2011, noviembre de 2011, 126 págs. ( Síntesis , 26 págs .; dossier de prensa , 21 págs.).
  34. Defensora de Derechos (05-2012) La cuestión del mantenimiento de los lazos familiares y la elección de residencia durante las separaciones de los padres , mayo de 2012, 27 págs.
  35. Informe del Defensor de Derechos (10-2012) sobre legislación funeraria , octubre de 2012, 34 págs.
  36. El Defensor de los Derechos (11-2012) Niños y pantallas: crecer en el mundo digital , noviembre de 2012, 156 págs. ( Síntesis , 7 págs.)
  37. El Defensor de los Derechos (03-2013) Informe de seguimiento a la resolución No. 12-R003 de 13 de junio de 2012 relativa a multas de tránsito , marzo de 2013, 16 págs.
  38. Defensora de Derechos (03-2013) Igualdad de acceso de los niños al comedor de la escuela primaria , 28 de marzo de 2013, 47pp. Síntesis , 2 págs.
  39. El Defensor de los Derechos (03-2013) Informe de la misión encabezada por la Sra. Yvette Mathieu, Prefecta, Encargada de misión al Defensor de los Derechos sobre la protección de los derechos del niño en Mayotte , marzo de 2013, 91 págs.
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  41. El defensor de los derechos (06-2013). Valoración de la aplicación de la circular interministerial de 26 de agosto de 2012 relativa a la anticipación y apoyo a las operaciones de evacuación de campamentos ilegales. Agosto de 2012 a mayo de 2013 , junio de 2013, 59 págs. ( Anexos , 62 págs.)
  42. El Defensor de Derechos (06-2013) Informe Anual 2012 - Anexo I - Derechos de los usuarios de los servicios públicos , 26 pp.
  43. La Defensora de Derechos (06-2013) Informe Anual 2012 - Anexo II - Defensa y Promoción del interés superior y los derechos del niño , 15 págs.
  44. El Defensor de Derechos (06-2013) Informe Anual 2012 - Anexo 3 - Lucha contra la discriminación , 37 págs.
  45. El Defensor de Derechos (06-2013) Informe anual 2012 - Anexo IV - Ética en seguridad , 13 págs.
  46. La Defensora de Derechos (10-2013) La actuación de la Defensora de Derechos con las personas detenidas , octubre de 2013, 70 págs.
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  48. Defensora de Derechos (03-2014) Negativa de atención frente a beneficiarios de CMU-C, ACS y AME , marzo de 2014, 47 págs.
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  50. El Defensor de los Derechos (06-2014) Informe de la misión encomendada por el Defensor de los Derechos y su asistente, el Defensor de la Niñez, al señor Alain Grevot, Delegado Temático, sobre la historia de Marina , junio de 2014, 93 págs.
  51. Mathieu, Yvette (01-2015) Informe de la misión encabezada por Yvette Mathieu, prefecta, directora de proyectos con el Defensor de los Derechos, sobre la igualdad de acceso a los derechos y los servicios públicos en Guyana , Le Defender of Rights, enero de 2015, 51 págs.
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  53. Defensora de Derechos (05-2015) Acceso de los estudiantes a la salud: ¿su protección social está a la altura de los desafíos? , Mayo de 2015, 25 págs.
  54. The Defender of Rights (07-2015) Report 2014-2015 - Young Rights Ambassadors , julio de 2015, 61 págs.
  55. Mathieu, Yvette (09-2015) Mayotte - Situación de los derechos y protección de la niñez. Misión del Defensor de Derechos - Septiembre de 2015 , Le Defender of Rights, septiembre de 2015, 83 págs.
  56. El Defensor de los Derechos (10-2015) Exiliados y derechos fundamentales: la situación en el territorio de Calais , octubre de 2015, 85 págs. ( Síntesis , 9 págs.)
  57. Defensora de Derechos (12-2015) Discapacidad y protección de la niñez: derechos de la niñez invisible , diciembre de 2015, 132 págs. ( Síntesis , 18 págs.)
  58. El Defensor de los Derechos (05-2016) Los derechos fundamentales de los extranjeros en Francia , mayo de 2016, 305 pp. ( Síntesis , 66 págs.)

Apéndices

Artículos relacionados

Bibliografía

enlaces externos