La carta de crédito (también llamada carta de crédito , L / C , crédito documentario o " crédito documentario ") es un documento que acredita un compromiso de pago del banco con un comprador frente al vendedor. El banco se compromete por este documento a pagar al vendedor, en nombre del comprador, si el vendedor proporciona los documentos (documento de transporte, factura, documento de seguro, lista de empaque, las firmas, la letra de cambio si es necesario, el plazo para la presentación de la expediente), de acuerdo con las condiciones establecidas en la carta de crédito. Se supone que estos documentos dan fe del cumplimiento adecuado de sus obligaciones por parte del vendedor.
El término "crédito documentario" es inapropiado: el crédito documentario es en realidad una garantía. La liquidación de una transacción comercial internacional que se beneficie de una carta de crédito se puede realizar mediante cheque, giro postal o remesas documentales.
La carta de crédito fue una de las primeras herramientas de pago remoto emitidas en la Edad Media por los banqueros lombardos y hanseáticos , así como por los templarios .
El objetivo principal de la carta de crédito es garantizar que ambas partes de un contrato comercial cumplan con sus obligaciones: principalmente la entrega de bienes o servicios para el vendedor y el pago para el comprador. Esta garantía implica la participación de un actor externo: el banco.
El crédito documentario es, por tanto, la operación mediante la cual el banco emisor se compromete en nombre de su cliente, el "dador de la orden", a pagar a un tercero, el "beneficiario", en un plazo determinado, a través de un banco. Intermediario (o banco notificante) una cantidad determinada contra la entrega de documentos estrictamente conformes.
Muy a menudo la carta de crédito se utiliza en transacciones internacionales, que son más riesgosas tanto para el importador, que quiere ser entregado, como para el exportador, que quiere que le paguen. Por lo tanto, el crédito documentario se utiliza a menudo en la actualidad para garantizar transacciones comerciales internacionales. Sin embargo, nada prohíbe el uso de una carta de crédito para una transacción nacional.
El crédito documental está sujeto a las Aduanas y Prácticas Uniformes (UCP) para el crédito documental de la Cámara de Comercio Internacional (ICC). La Comisión Bancaria de la Cámara de Comercio Internacional revisó estas Reglas y Prácticas por decisión del25 de octubre de 2006 con entrada en vigor el 1 er de julio de de 2007Publicación n o 600 (UCP 600 y UCP 500 Reemplazar). Las principales modificaciones de esta nueva versión de la UCP consisten en una simplificación de los principios aplicables, habiéndose reducido además el número de artículos de la UCP de 49 a 39.
Sin embargo, todavía es posible emitir una carta de crédito sujeta a CCI UCP 500.
El principal es el comprador (o el importador en el contexto de una transacción internacional) que es el iniciador del crédito documentario con su banco, que también se denomina banco emisor. Ésta emite el crédito documentario y garantiza el pago en determinadas condiciones (en particular, la presentación de documentos).
El banco notificante es el que recibe el crédito documentario y lo transmite al beneficiario después de haber estudiado la conformidad del mensaje de apertura. Dependiendo del caso, ella puede confirmarlo o no.
El beneficiario es el vendedor (o el exportador), quien recibe el crédito documentario a través de su banco.
Cuando el crédito lo permite (carta de crédito marcada como " CUALQUIER BANCO " en inglés), el beneficiario puede entregar los documentos y solicitar el pago a otro banco, llamado banco negociador, diferente del banco asesor.
Hay muchas distinciones entre los diferentes tipos de cartas de crédito, que se distinguen por diferentes términos.
Notificado y confirmadoUn crédito notificado es simplemente transmitido al beneficiario por el banco notificante, solo el riesgo comercial está cubierto por el banco emisor. En este caso, el beneficiario no está protegido contra el riesgo de incumplimiento del banco emisor o el riesgo de no transferencia de fondos (riesgo "país").
Si el crédito es confirmado (también llamado realizable por aceptación), el banco notificante se compromete mediante su confirmación a pagar al beneficiario contra la presentación de documentos conformes, incluso en caso de incumplimiento por parte del banco o del país emisor. La confirmación es útil principalmente para los países denominados "riesgosos", cubre el riesgo político. La evaluación de riesgos es responsabilidad exclusiva del banco asesor (artículo 9 de las UCP). La confirmación debe ser autorizada por el banco emisor en la apertura. Si no está autorizado, el banco asesor puede, sin embargo, proporcionar una garantía de pago al beneficiario mediante una "confirmación silenciosa" o la celebración de un contrato "delcroire". Esta operación brinda seguridad al vendedor que, en caso de incumplimiento por parte del banco emisor, será pagado mediante la aplicación de esta garantía. No se notificará al banco emisor cuando se establezca dicha garantía.
Revocable o irrevocableDesde el nuevo UCP 600, todos los créditos son automáticamente irrevocables, es decir, un crédito documentario solo puede cancelarse con el acuerdo de ambas partes.
Transferible o intransferibleSi un crédito es transferible, todo o parte del monto del crédito puede transferirse a uno o más segundos beneficiarios, sin que se requiera el acuerdo del principal. Este es particularmente el caso cuando el vendedor no es el fabricante de los bienes y utiliza un subcontratista. Así, el pago puede ser solicitado por una empresa distinta al beneficiario que se presente en la apertura. Por otro lado, el cambio de beneficiario de un crédito intransferible debe ser objeto de una modificación solicitada a su banco por el comitente.
Negociable con uno (o todos) los bancosSi el crédito es realizable por negociación (o dicho negociable) en todos los bancos "CUALQUIER BANCO" (restringido al país del beneficiario), el beneficiario puede elegir el banco con el que negociará el crédito y depositará los documentos. De lo contrario, el banco paga impuestos.
Si el crédito lo permite y si los documentos son correctos, el beneficiario puede negociar un anticipo, menos intereses.
Los intercambios entre bancos se realizan generalmente mediante el sistema seguro de teletransmisión SWIFT .
El IBAN del banco emisor puede ser diferente para cada país que no cumple con UKU.
No hay ningún documento obligatorio en una carta de crédito. Sin embargo, los siguientes documentos se utilizan con frecuencia, si no siempre:
El objetivo del comprador no es solo que la mercancía se entregue a tiempo, sino también en la cantidad y calidad que exige el contrato comercial.
Es posible que se requieran documentos adicionales para garantizar la ejecución adecuada del contrato:
Los bancos que financian el crédito considerando solo los documentos (y no las entregas u otras ejecuciones comerciales), las irregularidades son muy frecuentes y privan al beneficiario de cualquier garantía de pago. La preocupación más frecuente:
No obstante, el ordenante tiene la opción de aceptar irregularidades si así lo desea, en cuyo caso el banco puede proceder con el pago.
Las modificaciones del crédito siguen la misma ruta que la apertura inicial: solicitadas por el ordenante, son emitidas por el banco emisor y luego notificadas al beneficiario por el banco notificante. Están sujetos a aceptación por parte del banco emisor, el banco negociador (si lo hay) y el beneficiario.
Una vez aceptada, la enmienda también es irrevocable, como la carta de crédito original.
El crédito documentario asegura transacciones, en particular en el contexto del comercio internacional. Brinda la seguridad de garantía de una institución bancaria, en un contexto donde los agentes, sus prácticas y su solvencia son factores de riesgo de difícil comprensión para un actor fuera del país.
El crédito documentario proporciona así una garantía adicional a los contratistas, además del contrato comercial.
El crédito es solo un compromiso a pagar con la presentación de los documentos. No constituye en modo alguno un compromiso sobre la conformidad de los bienes, porque el banco solo considera los documentos (a menos que se pueda demostrar un fraude).
El comprador no tiene recurso si los documentos son correctos pero no la calidad de la mercancía. Sin embargo, el comprador (que debe reembolsar en última instancia al banco el pago realizado en su nombre) no está completamente indefenso, en la medida en que siempre puede actuar contra el vendedor en virtud de su contrato de compraventa.
Para mitigar este riesgo, el comprador puede solicitar una inspección de la mercancía por un laboratorio independiente.
La carta de crédito es una técnica de pago que involucra operaciones muy procedimentales. El costo es alto en comparación con otras técnicas de pago internacionales (por ejemplo , envío de documentos ), pero la seguridad de los pagos también es casi total.