Reglamento Dublín II

El Reglamento Dublín II (anteriormente Convenio de Dublín ) es un reglamento europeo que determina el Estado miembro de la Unión Europea responsable de examinar una solicitud de asilo en virtud del Convenio de Ginebra (art. 51) en la Unión Europea . Fue reformado enJunio ​​del 2013por el reglamento de Dublín III .

Principales características

Este texto legal comunitario es la piedra angular del sistema de Dublín , incluido el Reglamento de Dublín y el Reglamento Eurodac , que establece una base de datos de datos biométricos ( huellas dactilares ) en toda la UE ya solicitantes registrados de todos los países miembros y que permite detectar a los que han ya presentó una solicitud.

El Reglamento Dublín II tiene como objetivo "determinar rápidamente el Estado miembro responsable [de una solicitud de asilo]" y prevé el traslado de un solicitante de asilo a ese Estado miembro. Normalmente, el Estado miembro responsable será el Estado a través del cual el solicitante de asilo entró por primera vez en la UE.

El Reglamento Dublín II se adoptó en 2003, reemplazando de facto al Convenio de Dublín , que determinaba la jurisdicción sobre asuntos de asilo entre los distintos países y reemplazó las disposiciones pertinentes del Convenio de aplicación del Acuerdo. Schengen . El Convenio de Dublín establece los criterios relativos al país competente para tramitar la solicitud (Estado con el que el solicitante tiene más vínculos, familia por ejemplo, o el primer Estado europeo al que llegó) e impide que un solicitante presente solicitudes. Solicitudes de asilo en varios estados de la Unión Europea . El Convenio de Dublín se firmó en Dublín, Irlanda el15 de junio de 1990, y entró en vigor el 1 st de septiembre de de 1990para los primeros doce signatarios ( Bélgica , Dinamarca , Francia , Alemania , Grecia , Francia , Italia , Luxemburgo , Países Bajos , Portugal , España y Reino Unido ),1 er de octubre de de 1997para Austria y Suecia , y el1 st de enero de de 1998para Finlandia . El tratado también se ha ampliado a determinados países fuera de la Unión: Islandia y Noruega . Las negociaciones para extenderlos a Suiza dieron como resultado la14 de mayo de 2004, sometido a referéndum obligatorio , el pueblo suizo lo aceptó en una votación popular el5 de junio de 2005con 54,8% de sí; entró en vigor el12 de diciembre de 2008.

La 3 de diciembre de 2008 la Comisión Europea ha propuesto enmiendas al Reglamento de Dublín, creando así una oportunidad para la reforma del sistema de Dublín

Metas

Uno de los principales objetivos del Reglamento de Dublín es evitar que un solicitante presente solicitudes en más de un Estado miembro ( compra de asilo ). Otro objetivo es reducir el número de solicitantes de asilo que son transportados de un Estado miembro a otro. Sin embargo, dado que el país al que una persona llegó por primera vez es responsable de cumplir con su solicitud de asilo, esto ejerce una presión indebida sobre las zonas fronterizas, donde los estados son menos capaces de ofrecer apoyo y protección a las personas solicitantes de asilo. Actualmente, los trasladados bajo Dublín no siempre pueden acceder a un procedimiento de asilo.

Reseñas

Según el Consejo Europeo para los Refugiados y Exiliados  (en) y el ACNUR , el sistema actual no garantiza una protección igual, eficiente y eficaz. Tanto el ECRE como el ACNUR han argumentado en varias ocasiones que las regulaciones europeas obstaculizan los derechos y el bienestar personal de los solicitantes de asilo, incluido el derecho a una consideración justa de su solicitud de asilo y, en su caso, a una protección efectiva . Asimismo, este sistema produciría una distribución desigual de las solicitudes de asilo entre los Estados miembros y expresaría una falta de solidaridad entre los miembros de la Unión.

La aplicación de estas regulaciones puede retrasar seriamente la presentación de reclamos y puede llevar a que nunca se escuche. Entre los motivos de preocupación se encuentran el uso de la detención para trasladar por la fuerza a solicitantes de asilo del estado donde lo solicitan al estado considerado competente (traslados de Dublín), la separación familiar y la negación de la posibilidad efectiva de recurso contra los traslados. El sistema de Dublín también aumenta la presión sobre las regiones fronterizas fuera de la UE, donde la mayoría de los solicitantes de asilo ingresan a la UE y donde los estados a menudo tienen menos capacidad para ofrecer apoyo y protección a los solicitantes de asilo.

Después de que ECRE, ACNUR y otras organizaciones no gubernamentales criticaran abiertamente el sistema de asilo de Grecia, incluida la falta de protección y cuidado de los niños no acompañados, varios países suspendieron las transferencias de solicitantes de asilo en Grecia en virtud del Reglamento Dublín II. La Noruega anunció enFebrero de 2008dejar de trasladar a cualquier solicitante de asilo a Grecia en virtud del Reglamento Dublín II; en septiembre, dio marcha atrás y anunció que las transferencias a Grecia se basarían en evaluaciones individuales. EnAbril de 2008, Finlandia anunció una iniciativa similar. La Alemania y Suecia han limitado la suspensión de las transferencias a los niños no acompañados.

El reglamento también es criticado por el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa , quien considera que socava los derechos de los refugiados .

Fuentes

Referencias

  1. Reglamento No. 343/2003
  2. ECRE - Abril de 2009
  3. (en) ECRE sobre la propuesta de la Comisión Europea para reformar el Reglamento de Dublín  ' , ECRE (consultado el 11 de junio de 2009 )
  4. (en) Comentarios del ACNUR sobre la propuesta de la Comisión Europea para reformar los Reglamentos de Dublín y Eurodac  " , ACNUR (consultado el 11 de junio de 200 )
  5. Goldirova 2008
  6. (en) ECRE suspensión de transferencias de Dublín a Grecia  " , ECRE (consultado el 11 de junio de 2009 )
  7. (en) Left to survivor the sistemática falta protege a los niños migrantes no acompañados en Grecia  " , HRW (consultado el 11 de junio de 2009 )
  8. (en) Transferencia de inmigrantes de Finlandia a Grecia después de las críticas de la ONU  " , observadores de la UE (consultado el 11/06/2009 = )
  9. 'Reglamento de Dublín' impide los derechos de los refugiados "Copia archivada" (versión del 12 de noviembre de 2010 en Internet Archive ) , Comisionado de Derechos Humanos del Consejo de Europa

Bibliografía

Complementos

Artículos relacionados

enlaces externos