El término área de recepción de Viajeros designa, en Francia , lugares destinados específicamente a la recepción de Viajeros .
Según la normativa francesa, un área de recepción es “equipo de servicio público especialmente diseñado para el estacionamiento de familias solteras que deambulan”. Estas áreas están destinadas a Viajeros, pero dado que las prácticas de esta población varían según las familias, por lo tanto, se definen varias áreas. Hay seis tipos de áreas en Francia:
La Ley “Besson II” del 5 de julio de 2000 es la primera ley dedicada exclusivamente a la recepción y alojamiento de Viajeros. Designa a las personas cuyo "hábitat tradicional consiste en una casa móvil". La vivienda de los Viajeros está ahora integrada en la normativa urbanística con la posibilidad de movilizar mecanismos de common law ( PDALPD , PDI [Programa de integración departamental], etc.). Esta ley no modifica nada en los municipios de menos de 5.000 habitantes, que deben poner a disposición de las poblaciones itinerantes terrenos para escalas de corta duración. Esta ley también prevé la creación de una comisión consultiva departamental integrada por los distintos actores del territorio relacionados con este tema, integrada también por representantes de los viajeros. El propósito de esta comisión es crear intercambios para facilitar el establecimiento y gestión de áreas de recepción.
Esta legislación prevé el desarrollo en cada departamento de un "plan departamental para la recepción de viajeros". Este plan es elaborado por el prefecto del departamento en asociación con el presidente del consejo departamental. Este documento (revisable cada seis años) prevé las áreas geográficas para el establecimiento de “áreas de recepción permanente” en el departamento , obligando a todos los municipios que cumplan con los criterios (más de 5.000 habitantes) a crear estas áreas. En este documento también se definen las áreas de recepción temporales de los llamados "pasajes".
Tras la reforma de las autoridades locales en 16 de diciembre de 2010, se ha realizado una transferencia de competencia. Así, la competencia policial especial en materia de estacionamiento de casas rodantes, que hasta entonces había estado a cargo del alcalde, pasa a ser competencia del presidente de la EPCI .
Si bien existe un enfoque multiescalar (Estado, departamento , EPCI y municipio ), es la EPCI la que tiene (por el momento) el poder de decisión para establecer áreas de recepción. Sin embargo, la intercomunidad no tiene autoridad sobre el municipio. Por tanto, el municipio puede oponerse a la decisión de la EPCI, pero cuando está de acuerdo, le corresponde al Ayuntamiento poner en marcha el procedimiento de financiación de la ejecución o rehabilitación de su área. La gestión es ahora propiedad de la EPCI, que decide y gestiona el desarrollo de áreas en su territorio. En cuanto a las obras y mejoras de áreas, la EPCI trabaja con socios (propietarios sociales, construcción, etc.) como con cualquier equipamiento del que es responsable.
El Estado debe asumir el 70 % de los costos de desarrollo de las áreas de recepción y el 100 % de las áreas de alto tráfico. El resto de la financiación se complementa con el consejo departamental y el fondo de asignaciones familiares .