Plan territorial clima-aire-energía

Un plan territorial clima-aire-energía ( PCAET ), sustituido desde28 de junio de 2016el antiguo plan regional de clima y energía ( PCET ) mediante la integración de cuestiones de calidad del aire en Francia . Obligatorio para cualquier autoridad intermunicipal con tributación propia (EPCI) de más de 20.000 habitantes, a escala de su territorio; establece e implementa en su territorio los objetivos internacionales, europeos y nacionales en términos de calidad del aire, energía y clima. Para ello, define objetivos estratégicos y operativos para mitigar el cambio climático, combatirlo de forma eficaz y adaptarse a él, incluso mediante el desarrollo de energías renovables , el control del consumo energético, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la dependencia energética , al tiempo que se promueve la adaptación al cambio climático a corto mediano y largo plazo; en línea con los compromisos internacionales de Francia.

La ley de transición energética para el crecimiento verde (LTECV) ha reforzado el papel de las autoridades locales en la lucha contra el cambio climático , incluso a través de los PCAET, que son tanto un proyecto regional como una herramienta para coordinar este proyecto. Participativo, el PCAET es co-construido por tomadores de decisiones, servicios de autoridades locales y actores regionales (autoridades locales, actores socioeconómicos, asociaciones, empresas, universidades, residentes, etc.). Se busca la coherencia entre las acciones del territorio, pasando todas las decisiones y políticas por el filtro “clima-energía”, con el fin de pasar de iniciativas dispersas, emprendidas de forma fragmentada, a un clima-energía coherente, concertado y ambicioso. política.

Generalmente incluye:

Dado que el cambio climático es global, con efectos distribuidos de manera desigual, el plan puede incluir un componente de “solidaridad” que incluya acciones de cooperación interregional y / o descentralizada .

Origen

Las políticas locales relacionadas con el control de la demanda de energía ( MDE ) se han incrementado considerablemente tras la crisis del petróleo de la década de 1970. Para responder (entre otras acciones) a los problemas energéticos y climáticos (dos temas estrechamente relacionados), los PCAET aparecen por primera vez en Francia en el Plan Nacional de Clima de 2004 , cuyo capítulo 7, titulado “  Planes Territoriales de Clima y Estado ejemplar  ”, compromete a las comunidades a desarrollar a nivel local el equivalente del Plan Nacional de Clima. Ayudan a implementar localmente los compromisos de la ONU y el Paquete Europeo de Clima-Energía .

Una de las 202 propuestas realizadas en 2010 por los grupos de trabajo sobre adaptación al cambio climático es agregar un  apartado de “  adaptación ”.

Marco normativo

La ley Grenelle 2 (art. 75) hizo obligatorio el desarrollo de estos procedimientos antes de la31 de diciembre de 2012 para las regiones, los departamentos, las comunidades urbanas, las comunidades de aglomeración así como las comunas y comunidades de comunas de más de 50.000 habitantes.

En 2015 (17 de agosto), la ley de transición energética para el crecimiento verde otorga a la Región el papel de líder para la transición energética (y la biodiversidad), lo que implicará en particular para cada plan de desarrollo regional, el desarrollo sostenible y la igualdad de territorios (SRADDET). para incluir un componente de clima, aire y energía (en sustitución de los antiguos regionales de energía de aire climático Esquemas ( SRCAE . las regiones también están elaborando un plan regional para la eficiencia energética en el sector de la construcción y un plan regional de prevención y gestión de residuos ( PRPGD ).
Esta ley hace que el PCAET sea obligatorio para la metrópoli de Lyon y los establecimientos públicos de cooperación intermunicipal con más de 50.000 habitantes. En 2018, este umbral se redujo a 20.000 habitantes Cada PCAET está sujeto a una evaluación ambiental  ; Para ayudar a los EPCI afectados (en particular aquellos que no tienen experiencia en evaluación ambiental) para evitar Para evaluar sus PCAET, CEREMA ha elaborado "  Especificaciones estándar para realizar la evaluación ambiental de los PCAET  " .

Dos documentos enmarcan su desarrollo:

Relación con otros planes o documentos

Las relaciones son legales y posiblemente jerárquicas con otros planes o documentos. El plan territorial clima-aire-energía (PCAET):

¿Quién debería producir y adoptar un PCAET? y cuando ?

La ley de transición energética para el crecimiento verde que modifica la ley Grenelle II ahora solo menciona dos tipos de estructuras que deben llevar un PCAET. Son :

Las otras estructuras con más de 50.000 habitantes (municipios, regiones, departamentos) ya no están obligadas a implementar este plan desde la ley de transición energética . Sin embargo, siguen preocupados por la obligación de realizar una evaluación de las emisiones de gases de efecto invernadero .

El plan territorial clima-aire-energía constituye ahora el “componente climático” del proyecto de desarrollo territorial sostenible (PTDD) o de la Agenda 21 local que cualquier autoridad pública desarrollaría.

La ley no obliga a llevar a cabo tal enfoque por los territorios del proyecto - países , parques naturales regionales y, por lo tanto, no tiene como objetivo cubrir todo el territorio francés por PCET. Sin embargo, muchos territorios ya se han comprometido o están comenzando a hacerlo, de forma voluntaria, en un PCET. La ley Grenelle II también reconoce esta posibilidad en su artículo 77.

Un decreto y una orden relacionados con el PCAET se publicaron respectivamente el 29 de junio de 2016 y el 4 de agosto de 2016, que complementa las disposiciones de la ley de transición energética (LTECV).

Contenido y métodos de construcción

El PCAET se basa en un diagnóstico del territorio, relativo a:

  1. emisiones territoriales de gases de efecto invernadero y emisiones contaminantes del aire;
  2. el consumo energético del territorio;
  3. redes de distribución de energía;
  4. energías renovables en el territorio;
  5. la vulnerabilidad del territorio a los efectos del cambio climático.

La ley Grenelle II establece que la preparación del PCAET debe basarse en los informes de emisiones de gases de efecto invernadero previstos por la ley.

El PCAET consta de tres partes:

  1. una estrategia ; la estrategia identifica las prioridades retenidas por la comunidad en cuestión y los objetivos (estratégicos y operativos) que se fija para lograr tres metas complementarias
    : mitigación del cambio climático, con los medios para “luchar eficazmente contra el calentamiento global”,
    - adaptación al cambio climático  ; restaurar y proteger la calidad del aire  ;
  2. Plan de ACCION ; con el fin, en particular, de mejorar la eficiencia energética , aumentar la producción de energía renovable y reducir los efectos de las actividades en términos de emisiones de gases de efecto invernadero, de acuerdo con los objetivos derivados de la legislación europea en materia de energía y clima; este plan de acción cubre todos los sectores empresariales; es la herramienta operativa para coordinar la transición energética en la región;
  3. un sistema de seguimiento y evaluación de resultados.

Generalmente hay tres campos de acción o perímetros para el PCAET:

La ley Grenelle II adoptó una definición más restrictiva de este enfoque que la práctica antes de la publicación de esta ley. De hecho, el PCET, de acuerdo con la ley, se aplica a los " respectivos campos de competencia " de cada una de las comunidades que desarrollan tal enfoque. Por tanto, la ley no prevé que el PCET se aplique a la escala de animación territorial. Sin embargo, no lo prohíbe, y muchas comunidades están comprometidas o continúan participando en este importante aspecto.

Gobernancia

Gobernanza en el desarrollo del plan

El PCAET puede ser apoyado en su desarrollo por los servicios estatales relevantes ( DREAL ), el Consejo Regional , la Agencia de Gestión de Medio Ambiente y Energía (Ademe), (que cuenta con un "centro de recursos para los planes territoriales climáticos energéticos"), el Observatorio Nacional de los Efectos del Calentamiento Global (Onerc), la Federación Atmo France , etc.

Consulta

Ayuda y asesoramiento

Notas y referencias

  1. Decreto n o  2016-849 de28 de junio de 2016relativo al plan territorial clima-aire-energía .

    “El plan territorial clima-aire-energía [...] es la herramienta operativa para coordinar la transición energética en el territorio. "

  2. Europa está comprometida con Francia / Los 3x20, ¿qué son?
  3. Sylvère Angot y Pauline Gabillet , "  Por una sociología de la gobernanza político-administrativa local de los planes energéticos climáticos territoriales  ", I jornadas internacionales de sociología de la energía (Comunicación en un congreso) ,25 de octubre de 2012( leer en línea , consultado el 20 de enero de 2020 )
  4. Informe de los grupos de trabajo nacionales , 30/06/2010 (PDF - 163 páginas).
  5. ver artículo R122-17 del código de medio ambiente
  6. CEREMA (2019) Especificaciones estándar para la realización de la evaluación ambiental de PCAETs
  7. https://www.legifrance.gouv.fr/affichTexte.do?cidTexte=JORFTEXT000032790960&categorieLien=id
  8. https://www.legifrance.gouv.fr/affichTexte.do?cidTexte=JORFTEXT000032974938&categorieLien=id
  9. Artículo L. 222-2 del Código de Medio Ambiente , modificado por el artículo 68 (V) del Grenelle II n o  2010-788 de 12 de julio de 2010.
  10. Artículo L. 4310-1 del código general de autoridades locales , creado por el artículo 255 de la ley Grenelle II.
  11. Nota de CEREMA sobre la articulación de diferentes documentos urbanísticos (urbanismo, energía, clima, etc.); http://www.occitanie.developpement-durable.gouv.fr/IMG/pdf/fi00417_plui_energie_climat_01.pdf
  12. del artículo L. 229-26 del Código del Medio Ambiente , creado por el artículo 75 de la ley Grenelle II n o  2010-788 del 12 de julio 2010
  13. "  ELECTED, The essential to know about the PCAET  " (consultado el 26 de septiembre de 2017 )
  14. El PCET en Grenelle, RAC-F
  15. DREAL Pays de la Loire , “planes de energía de aire climático territoriales (PCAET)” (consultado el 29 de octubre de, 2019).
  16. Artículo L. 229-25 del Código de Medio Ambiente .
  17. Kit de información sobre Planes Territoriales de Clima-Energía , RAC-F, abril de 2010
  18. Centro de Recursos para los planes climáticos territoriales de energía.
  19. Artículo L. 411-2 del Código de construcción y vivienda .
  20. del artículo L. 300-6 del Código de Urbanismo
  21. artículos L. 122-15 y L. 123-16 ya no son aplicables si "la declaración de proyecto adoptada por el Estado, uno de sus establecimientos públicos, un departamento o una región tiene el efecto de socavar la economía general de la planificación y proyecto de desarrollo sostenible del plan de coherencia territorial y, a falta de un plan de coherencia territorial, del plan de urbanismo local ”
  22. Informe del Senado: Contaminación del aire, el costo de la inacción . 2015
  23. Kit educativo sobre cambio climático , Red francesa de acción climática, 2015
  24. [Las consecuencias económicas del cambio climático], OCDE, 2016
  25. Bergé, G. (2019). Las Asociaciones Aprobadas de Monitoreo de la Calidad del Aire (AASQA) al servicio de las comunidades para la recuperación de la calidad del aire . En Annales des Mines-Responsabilite et environment (núm. 4, págs. 59-63). FFE. URL: http://www.annales.org/site/re/2019/re96/2019-10-14.pdf
  26. Guía "Planes Territoriales Clima-Aire-Energía: entender, construir e implementar", acompañada de una actualización del folleto "[Funcionarios electos, los fundamentos para conocer los Planes Territoriales Clima-Aire-Energía]" (enriquecido con detalles sobre evaluación ambiental de los planes).
  27. Fabian Tubiana (2016) 26/09/2016 Dos convocatorias de proyectos en el aire; Las autoridades públicas se ofrecen a apoyar a las comunidades y granjas en la reducción de sus emisiones contaminantes  ; Se prevén 3 plazos para la presentación de expedientes: 15/12/2016, 15/05/2017 o 02/10/2017

Ver también

Legislación

Bibliografía

Sabourin, E., Milhorance, C., Howland, F., Checchi, L., Biabiany, O., Blondel, O., ... y Le Coq, JF D1. 2: Mapeo de actores e instrumentos e integración de conceptos en las políticas climáticas: Síntesis de estudios de caso .

Artículos relacionados

enlaces externos