Comunidad de aglomeración | |
Administración | |
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País | Francia |
Tipo | EPCI con su propio sistema tributario |
Número de subdivisiones | 222 (2020) |
Ejecutivo comunitario | Presidente de la Junta |
Creación | Ley de 12 de julio de 1999 |
Una comunidad de aglomeración es un establecimiento público francés de cooperación intermunicipal (EPCI) con su propio sistema fiscal, que prevé una integración significativa de los municipios miembros.
Se define como:
“[…] Establecimiento público de cooperación intermunicipal que agrupa a varios municipios formando, a la fecha de su creación, un grupo de más de 50.000 habitantes en una sola manzana y sin enclave, alrededor de uno o más municipios centrales de más de 15.000 habitantes. El umbral demográfico de 15.000 habitantes no aplica cuando la comunidad de aglomeración incluye la capital del departamento o el municipio más importante del departamento. El umbral demográfico de 50.000 habitantes se reduce a 30.000 habitantes cuando la comunidad de aglomeración incluye la capital del departamento. "
- Inicio del artículo L 5216-1 del Código General de Autoridades Locales.
Por la población como por el grado de cooperación, se encuentra en un nivel intermedio entre la comunidad de comunas y la comunidad urbana .
Si los sindicatos municipales existen desde 1890 y los sindicatos intermunicipales polivalentes (SIVOM) desde5 de enero de 1959, no fue hasta 1992 que una nueva concepción de cooperación intermunicipal dio paso a la libertad de negociación contractual y la libre asociación de municipios. La ley de6 de febrero de 1992crea dos nuevas categorías de EPCI con su propia tributación : "comunidades de municipios" y "comunidades de pueblos".
La ley de fortalecimiento y simplificación de la cooperación intercomunitaria de12 de julio de 1999, conocida como la “ley Chevènement”, contribuye a acelerar la creación de nuevas estructuras. Elimina distritos y comunidades de las ciudades . Este último no había tenido el éxito esperado: solo se habían creado cinco comunidades urbanas desde 1992. Se creó una nueva categoría de EPCI con su propia tributación, las comunidades de aglomeración, reservadas para grupos de más de 50.000 habitantes. Reenfoca las comunidades urbanas en los grupos de población más grandes: 500.000 habitantes en lugar de los 20.000 que había antes. Finalmente, amplía los poderes de las comunidades de municipios.
Su plan es modificado, al igual que el de todas las comunidades, por la ley n o 2010-1563 de 16 de diciembre de 2010 de reforma del gobierno local , que prevé la elección directa de los concejales comunitarios de los municipios con más de 3500 personas de las elecciones municipales de 2014. La ley también relajó el umbral demográfico para la creación de comunidades de aglomeración, en particular reduciéndolo a 30.000 habitantes cuando incluyen la cabecera municipal.
En 1 st de enero de 2019, había 223 comunidades urbanas en 1258 entre las comunidades.
La evolución del número de comunidades de aglomeración desde 2002 es la siguiente:
Año | Numero de grupos | Número de municipios agrupados | Población agrupada |
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2002 | 120 | 2015 | 15 957 444 |
2003 | 143 | 2,441 | 18 250 455 |
2004 | 155 | 2.632 | 19 712 128 |
2005 | 162 | 2 753 | 20,397,780 |
2006 | 164 | 2,788 | 20 679 874 |
2007 | 169 | 2 946 | 21 173 675 |
2008 | 171 | 3.003 | 21 377 932 |
2009 | 174 | 2 983 | 21,016,706 |
2010 | 181 | 3 107 | 22,472,555 |
2011 | 191 | 3290 | 23 379 003 |
2012 | 202 | 3.600 | 24 109 018 |
2013 | 213 | 4.118 | 25 541 907 |
2014 | 222 | 4 851 | 27 136 257 |
2015 | 226 | 4 744 | 25 889 681 |
2016 | 196 | 4.610 | 21 813 717 |
2017 | 219 | 7 282 | 23 962 577 |
2018 | 222 | 7.443 | 23 660 357 |
2019 | 223 | 7 488 | 23 513 248 |
Los municipios interesados y el prefecto del departamento pueden crear una comunidad de aglomeración si se cumple el criterio de continuidad territorial (un área geográficamente en una sola pieza y sin enclave) y si la unidad territorial cumple una de las siguientes configuraciones:
El artículo L. 5111-3 del código general de autoridades locales especifica que estas condiciones no son necesarias si las comunidades de aglomeración resultan de la transformación de una EPCI con tributación propia existente en la fecha de publicación de la ley ( distrito , comunidad de comunas o comunidad de ciudades). Por ejemplo, la creación de una de las primeras, la comunidad de aglomeración del país de Flers (enero de 1994), no cumplió con la primera condición porque tenía menos de 50.000 habitantes antes de 2017 .
La comunidad de aglomeración es gestionada por un consejo comunal o consejo comunitario, formado por concejales municipales de los municipios miembros.
Hasta las elecciones municipales de 2014, los concejales comunitarios eran concejales municipales elegidos por cada concejo municipal de los municipios miembros de la Comunidad. Este sistema fue criticado, dada la importancia de los poderes transferidos y la falta de debate sobre estas políticas debido a la elección de los concejales comunitarios por sufragio indirecto. Así, por unanimidad, los presidentes de las comunidades votaron durante las jornadas comunitarias en Estrasburgo en 2007 por la elección por sufragio universal directo de 2014, con el fin de fortalecer la legitimidad de las comunidades y su transparencia de funcionamiento.
La ley n o 2010-1563 de16 de diciembre de 2010para la reforma de las autoridades locales se dispuso que los concejales de los municipios de más de 3.500 habitantes fueran elegidos por sufragio universal directo, en el marco de las elecciones municipales. Los representantes de los municipios menores seguirán siendo elegidos en su seno por los concejos municipales. Estas disposiciones han sido modificadas por la ley de17 de mayo de 2013, que definió el siguiente régimen:
A partir de las elecciones municipales de 2014 , cada municipio está representado en el consejo de la comunidad por una serie de representantes teniendo en cuenta su población definida en los artículos L. 5211-6-1 y L. 5211-6-2 del código general de autoridades locales. :
El artículo L. 5216-5 del Código General de Autoridades Locales obliga a las comunidades de aglomeración a ejercer determinadas competencias:
La comunidad también debe ejercitar al menos tres de las siguientes seis habilidades:
Puede darse a sí mismo jurisdicción en materia de derecho de tanteo urbanístico o ser delegado por el departamento para ejercer funciones de asistencia social.
Los municipios también pueden delegar otros poderes a la comunidad.
El ejercicio de determinadas competencias requiere la definición de acciones y equipos "reconocidos como de interés comunitario". esta declaración de interés comunitario se hace mediante una deliberación del consejo comunitario tomada por una mayoría de dos tercios del consejo comunitario de la aglomeración.
Esta es una diferencia importante en comparación con las comunidades de municipios, donde la declaración de interés comunitario resulta del voto de una mayoría calificada de los consejos municipales, lo que da más poder a los municipios.
Cada autoridad intermunicipal ejerce poderes en números desiguales y en niveles desiguales. Cuando la SIVU gestiona solo una jurisdicción, la comunidad de aglomeración puede exceder de treinta. De manera más general, se distinguen con los nombres de servicio intermunicipal (competencia única y técnica) y proyecto intermunicipal (competencias múltiples al servicio de un proyecto territorial).
Las recetas de las comunidades de aglomeración son:
Cabe señalar que, de 1999 a 2009, el principal recurso de las comunidades de aglomeración fue el impuesto a las empresas , cuya tasa se convertiría en única en su territorio, luego de un período transitorio - llamado “suavizado” - de algunos años. Desde la implementación del aporte económico territorial en 2011 (siendo 2010 un año transitorio con régimen especial), las comunidades de aglomeración reciben parte del aporte patrimonial de las empresas y el aporte al valor agregado de las empresas .
La comunidad urbana ofrece una nueva concepción del poder local, al integrar la idea de un proyecto, donde solo había gestión. De hecho, los SIVU o SIVOM no tienen otra vocación que gestionar equipos o infraestructura, a menudo redes, como gas, electricidad, agua o residuos. Sin embargo, es común que un municipio siga siendo miembro de uno o dos SIVU, un SIVOM o un sindicato mixto y una comunidad de aglomeración. Un municipio generalmente se adhiere a varias estructuras intermunicipales, pero solo puede pertenecer a una única EPCI con su propio sistema tributario. Si la comunidad de aglomeración adquiere una competencia gestionada por otra autoridad intermunicipal, esta se disuelve si solo gestionaba esta competencia (SIVU), o se retira de la competencia de dicha autoridad intermunicipal, bajo el principio de especialidad y exclusividad. Sistema de impuestos.
La comunidad urbana, con su propio sistema tributario de TPU, obviamente tiene capacidad de gestión, pero también de desarrollo, creación, en fin, proyecto. Este estado de cosas es aún más válido para las comunidades urbanas, pero menos desarrollado dentro de las comunidades de los municipios. Por tanto, la intercomunidad ha evolucionado, ya que el proyecto, con la excepción del antiguo distrito , comunidades ancestrales de aglomeración, nunca ha sido una vocación intercomunitaria, y esto desde las primeras formas en 1837 y los comités de gestión sindical. De propiedad indivisa entre municipios.