El tribunal de paridad para los arrendamientos rurales es un tribunal perteneciente a los tribunales franceses. Se encarga de los asuntos relacionados con las explotaciones agrícolas.
Su sede está en el tribunal judicial. Se rige por el Título 9 del Libro 4 del Código de Pesca Rural y Marítima .
El tribunal de paridad para arrendamientos rurales se basa en la ley de 4 de septiembre de 1943que estableció comités conjuntos de conciliación y adjudicación en la materia. El orden de4 de diciembre de 1944establece una doble titulación con una comisión de primera instancia y una comisión paritaria de distrito, y encomienda la presidencia de estos órganos a los magistrados. Finalmente, el decreto de22 de diciembre de 1958, como parte de la reforma judicial, les da el nombre actual, suprime los tribunales de apelación específicos y asigna los recursos a los tribunales de apelación .
El tribunal de paridad para arrendamientos rurales resuelve las disputas entre un propietario y el operador de terrenos agrícolas o edificios. Es responsable de las disputas entre arrendadores y arrendatarios de la propiedad rural.
Por ejemplo :
Dependiendo de la importancia del litigio, resuelve en primera instancia y último recurso hasta el valor de 4000 euros, o en primera instancia con cargo de recurso.
El tribunal está compuesto por: