Sanción de prácticas

La pena de pasantía es una sanción penal francesa , que puede imponerse a una persona condenada por un delito , y durante la cual se le recordarán elementos importantes para la vida en sociedad y en relación con el delito cometido.

Esta sanción se introduce en la ley francesa con el nombre de prácticas de ciudadanía por la Ley n ° 2004-204 del 9 de marzo de 2004 "sobre la adaptación de la justicia a la evolución del delito" (ley Perben II), promulgada por el gobierno de Raffarin . De hecho, esto creó un artículo 131-5-1 del Código Penal de la siguiente manera: "  Cuando un delito es castigado con una pena de prisión, el tribunal puede, en lugar de la prisión, prescribir que el condenado tendrá que completar un curso de ciudadanía, el modalidades, cuya duración y contenido se fijan por decreto en el Consejo de Estado , y cuyo objetivo es recordarle los valores republicanos de tolerancia y respeto a la dignidad humana sobre los que se fundamenta la empresa. El tribunal precisa si esta pasantía, cuyo costo no puede exceder el de las multas por infracción de tercera clase, debe realizarse a expensas del condenado.  "

El artículo 41-1 del Código de Procedimiento Penal dispone: " Si le parece que tal medida puede garantizar la reparación del daño causado a la víctima, poner fin a los disturbios resultantes del delito o contribuir a la reclasificación del autor, el fiscal podrá, antes de su decisión sobre la acción pública, directamente oa través de un policía judicial, un delegado o un mediador del ministerio público: [...] Remitir al autor a un centro de salud, estructura social o profesional; esta medida podrá consistir en la realización por parte del autor, a su cargo, de una pasantía o formación en un servicio u organización sanitaria, social o profesional, y en particular una pasantía de ciudadanía [..] "

El curso de ciudadanía también podría realizarse en el marco de una composición penal (antiguo art. 41-2 CPP).

El decreto n ° 2004-1021 de27 de septiembre de 2004establece: "  El período de ciudadanía previsto en el artículo 131-5-1 y aplicable a los menores de 13 a 18 años por el artículo 20-4-1 de la ordenanza n ° 45-174 de2 de febrero de 1945relativa a los niños delincuentes tiene por objeto recordar al condenado los valores republicanos de tolerancia y respeto a la dignidad de la persona humana y concienciarlo de su responsabilidad penal y civil, así como de los deberes que conlleva la vida en sociedad. También tiene como objetivo promover su integración social.

"  Cuando se trata de una persona condenada por un delito cometido con la circunstancia agravante prevista en el artículo 132-76, recuerda además al interesado la existencia de crímenes de lesa humanidad, en particular los cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Global.  "

Además del curso inicial de ciudadanía, las leyes aprobadas entre 2004 y 2019 preveían otros cursos de sensibilización en diversos campos.

En su redacción resultante de la ley de 23 de marzo de 2019de la programación 2018-2022 y la reforma judicial , el artículo 131-5-1 le da a esta sanción el nombre genérico de "período de prueba", del cual prevé siete modalidades según el ámbito en el que falló el condenado:

Bibliografía

Ver también

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