En Francia , una instalación de almacenamiento de residuos inertes ( ISDI ) (antes “ vertedero de clase 3” ) es una instalación clasificada para la protección del medio ambiente (ICPE) que recibe residuos inertes con el fin de eliminarlos mediante vertedero o relleno in situ.
El decreto ministerial de 12 de diciembre de 2014especifica que las instalaciones de almacenamiento de residuos inertes (ISDI) son instalaciones de eliminación de residuos inertes , excluidas aquellas en las que:
Las instalaciones de almacenamiento de residuos inertes, denominadas entonces “vertederos clase 3” , se regían inicialmente por el código urbanístico y su funcionamiento estaba sujeto a una decisión del alcalde de la localidad donde se ubicaba el solar.
Cuando se traspuso la directiva europea 1999/31 / EC, se creó un sistema de autorización específico para la operación de instalaciones de almacenamiento de residuos inertes en el código ambiental . Este régimen se inspiró en los trámites administrativos relativos a las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE) porque los objetivos a proteger son los mismos ( medio ambiente , personas y bienes) pero estos trámites se han simplificado debido a que las fuentes de peligro se consideraron menos importantes ya que es un residuo inerte . Por lo tanto, dado que el18 de marzo de 2006, cualquier operador de una nueva ISDI tenía que beneficiarse de una autorización de la prefectura y los operadores de las ISDI que ya estaban en funcionamiento debían presentar una solicitud de autorización antes de la1 er de julio de de 2007, a menos que la operación deba cesar antes de esa fecha.
A partir de 2009 , el establecimiento paulatino de un régimen intermedio de autorización simplificado (entre el de la declaración y el de la autorización), denominado régimen de registro , para los ICPE lo hizo posible, a raíz del Decreto n o 2014-1501 de12 de diciembre de 2014Para eliminar el régimen de autorización específica del ISDI e integrar plenamente el ISDI en la legislación ICPE bajo el n o 2760-3.
Las instalaciones de almacenamiento de residuos inertes se refieren a la sección n o 2760-3 de la nomenclatura de instalaciones clasificadas y están sujetas a registro . Esta autorización simplificada se expide en forma de decreto prefectural que obliga al operador a cumplir una serie de requisitos técnicos que permiten limitar el impacto ambiental de la instalación y que se derivan, en particular, de dos decretos ministeriales de la12 de diciembre de 2014.
El examen de las solicitudes de registro, así como el control del cumplimiento de los requisitos impuestos, se lleva a cabo mediante la inspección de instalaciones clasificadas .
No se permiten más residuos de amianto en las instalaciones de almacenamiento de residuos inertes: deben eliminarse en instalaciones de almacenamiento de residuos no peligrosos (ISDND) o en instalaciones de almacenamiento de residuos peligrosos (ISDD).