Peligro grave e inminente en la legislación francesa

El peligro grave e inminente es un concepto que se introdujo en la legislación laboral francesa para delimitar mejor los derechos y deberes de todas las personas en este evento.

Concepto de riesgo (peligro)

Para los profesionales de la prevención, un peligro es la característica de algo que puede causar daño. Hablan de, por ejemplo, los peligros de la electricidad o el ácido sulfúrico . El peligro se distingue del riesgo porque el riesgo resulta del encuentro de una persona y un peligro. Existe un riesgo cuando hay personas expuestas al peligro.

El término "peligro" sugiere daños de diversos grados. A modo de ilustración, la escala de gravedad utilizada para la evaluación de riesgos tiene cuatro grados:

Según la definición dada en la circular del Ministro de Trabajo francés de fecha25 de marzo de 1993, un peligro grave es "un peligro que puede producir un accidente o una enfermedad que provoque la muerte o que parezca producir una incapacidad temporal permanente o prolongada" . Más allá del riesgo de accidentes y enfermedades profesionales, el peligro para la salud engloba los efectos de las molestias relacionadas con las condiciones de trabajo tan pronto como estas molestias adquieren un carácter agudo creando un peligro inminente.

El peligro puede provenir de una máquina, de un entorno de trabajo, de un proceso de fabricación.

Noción de inminencia

En Francia, según la circular de 25 de marzo de 1993, el significado que se le atribuye a esta noción es el de situaciones "en las que es probable que el riesgo se materialice repentinamente y en un breve período de tiempo (circular de 25 de marzo de 1993) ”. Para los jueces, es la proximidad de la ocurrencia del daño y no por lo tanto la de la existencia de una amenaza lo que debe ser tomado en cuenta. La inminencia no es solo la probabilidad, sino la probabilidad de que suceda en un futuro próximo.

El legislador ha subordinado la inminencia del peligro en las viviendas insalubres, en particular en lo que respecta a la urgencia de la intervención del prefecto , a las disposiciones conjuntas de los artículos L. 1331-26 y L. 1331-26-1 del Código de protección pública francés . salud (CSP) (por ejemplo: plomo o asbesto degradados en locales para uso residencial, ya que es la proximidad de la ocurrencia del daño lo que cuenta, la inhalación de fibras de asbesto o polvo de plomo constituye una lesión corporal inmediata prevista en el CSP, simplemente ya que una persona ubicada en un edificio en llamas se encuentra en peligro inminente, ya que el incendio ya ha sido declarado). El artículo L. 1311-4 del CSP se refiere a los peligros inminentes y puntuales que asume el Estado a expensas del contribuyente responsable de dicho peligro.

Obligación legal

  1. El deber de informar el peso del empleado.
  2. Un derecho de desistimiento
  3. Prohibición al empleador de pedirle al empleado que regrese al trabajo.
  4. La obligación de actuar en nombre del empleador
  5. Una obligación de investigación y consulta

Informar a una DGI

Un empleado que es consciente de un peligro grave e inminente, pero que se abstiene de informar al empleador o su representante, está sujeto a medidas disciplinarias. Su incumplimiento se evalúa sobre la base de sus habilidades y experiencias. En efecto, si el artículo L. 230-3 del Código del Trabajo establece que “corresponde a cada trabajador cuidar […] de su seguridad y salud, así como de las demás personas afectadas por sus acciones u omisiones en el trabajo ”, Es sin embargo:

Las consecuencias de cualquier incumplimiento de esta obligación se evalúan de acuerdo con las habilidades y experiencia del empleado.

El derecho de desistimiento

El ejercicio del derecho de desistimiento:

El derecho a estar equivocado

No debe confundirse:

“Corresponde al tribunal laboral pronunciarse sobre la legitimidad de una sanción disciplinaria adoptada por el empleador sobre la base de un ejercicio injustificado o abusivo del derecho de desistimiento. Evalúan la razonabilidad o no del miedo invocado por el empleado. De este modo, podrán tener en cuenta la edad, el estado de salud, la calificación o incluso la experiencia profesional del trabajador ”(cass soc 17 de octubre de 1989). “La existencia real de un peligro grave e inminente no es una condición del derecho de retractación del empleado. Este último ejerce válidamente su derecho en cuanto tiene motivos razonables para creer que existe tal peligro. "Cass soc10 de mayo de 2001n o  1971 FD, Sté Transzvry c / Baroudi.

Los deberes del empleador

  1. Prohibición de solicitar la vuelta al trabajo
  2. Prohibición de imponer sanciones, salvo abuso
  3. Obligación de proteger a los empleados
  4. Deber de investigar

Ver también

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