Código de Contratación Pública (Francia)

Código de Contratación Pública (Francia) Llave de datos

Presentación
Título Reglas de los mercados públicos
Abreviatura CMP
País Francia
Lenguajes oficiales) francés
Tipo Codificado
Atascado Mercado público
Adopción y entrada en vigor
Publicación 1 st de agosto de de 2006
Entrada en vigor 1 st de septiembre de de 2006
Revocar 1 st de abril de el año 2016

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Texto de la edición de 2006 sobre Légifrance

En la legislación francesa , el código de contratación pública era un código legal que reunía las normas y procedimientos que los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras deben cumplir para sus compras de obras, suministros y servicios. Queda derogado por la ordenanza de 23 de julio de 2015 (entró en vigor el1 st de abril de el año 2016), luego reemplazado por el código de orden público que entró en vigor el1 st de abril de 2019.

Composición del código

Este código, adoptado por decreto, especificaba:

Se complementó con diversas "cláusulas administrativas generales" no obligatorias (CCAG) que definen las reglas para la ejecución de los contratos según la naturaleza de los servicios de que se trate (obras, servicios, estudios, etc.) y "cláusulas técnicas generales" ( CCTG).

Historia del código de mercado

En 1996 , la comisión Paillogues presentó un informe al gobierno francés destinado a simplificar el código de mercado. El nuevo código, aprobado por Decreto n o  2001-210 de7 de marzo de 2001, redujo considerablemente el número de artículos y aumentó los umbrales de aplicación para los distintos procedimientos. Desafortunadamente, también instituyó nuevas reglas para evaluar estos umbrales que, en última instancia, complicaron las cosas (gasto acumulado por familia).

En vista de los cambios que debían introducirse en el código de 2001, se emprendió una nueva reforma. Considerado esta vez demasiado laxo, a su vez desencadenó una violenta controversia. La versión corregida entró en vigor el10 de enero de 2004(Decreto n o  2004-157 de enero de 2004). Se refleja en particular en el abandono de la muy controvertida nomenclatura de compra y en una relajación de los umbrales de aplicación.

Decreto n o  2006-975 de1 st de agosto de de 2006Apéndice incluye un nuevo código de adquisiciones, con efectos a partir del 1 er  septiembre del mismo año.

Comenzando el 1 st de abril de el año 2016El Código de Contratación Pública queda derogado por la Ordenanza n o  2015-899 de23 de julio de 2015sobre contratación pública. Esta ordenanza sustituye - y varios otros textos relacionados con el orden público en Francia - y se complementa con el decreto n o  2016-360 de25 de marzo de 2016Contratación Pública y Decreto n o  2016-361 de25 de marzo de 2016relativas a contratos públicos de defensa o seguridad. Esta evolución en la legislación sobre contratación pública tiene su origen, por un lado, en la transposición de la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo de26 de febrero de 2014sobre contratación pública y, por otro lado, sobre la voluntad del Gobierno de simplificar la normativa, lo que conducirá a la entrada en vigor de un nuevo código de contratación pública sobre1 st de abril de 2019siguiendo el orden n o  2018-1074 de26 de noviembre de 2018con parte legislativa del Código de Orden Público y Decreto n o  2018-1075 de3 de diciembre de 2018 relativo a la parte reguladora del código de contratación pública.

Integración progresiva del derecho europeo

El código de contratación pública francés, en su última versión, es la transposición de textos europeos (las directivas de contratación, esencialmente la directiva 2004-18 del 31 de marzo de 2004 ) que establecen un cuerpo normativo organizado en torno a tres principios fundamentales: transparencia, libre acceso a contratación pública, igualdad de trato a los candidatos. Las modificaciones muy cercanas al código (2001, 2004, 2006) pueden explicarse por el hecho de que el derecho administrativo francés sobre contratación pública ha tenido dificultades para transcribir Las directivas europeas y aceptar perder sus particularidades Para el beneficio de la legislación supranacional.

El código de contratación pública ha transpuesto paulatinamente, a veces retomando palabra por palabra, las disposiciones de la legislación europea, en particular sobre la posibilidad de tener en cuenta el desarrollo sostenible , que siguiendo este nuevo código ha permitido muchas iniciativas en materia de compra sostenible .

La ONU ( PNUMA , PNUD ), la Comisión Europea y la OCDE a principios de la década de 2000 alentaron la posibilidad de integrar cláusulas sociales, ambientales o socioambientales, buscando garantizar una mayor justicia y transparencia.

La elección de materiales específicos ( ecoetiquetados , energéticamente eficientes , alimentos orgánicos ...) y la integración de procesos y métodos de producción son ahora posibles y alentadas. De hecho, la composición de un producto así como su método de producción, transporte o destrucción pueden jugar un papel significativo en términos de su impacto ambiental: huella ecológica , contribución al efecto invernadero , desperdicio de energía o fuente de contaminación en el medio ambiente. el ciclo de vida .

Bajo las directivas 2004/17 / EC y 2004/18 / EC, los métodos de producción pueden ser considerados explícitamente al definir especificaciones técnicas, lo cual era solo implícitamente el caso con directivas anteriores. El objeto del contrato debe entonces hacer visible este objetivo.

Contratación pública responsable

El código de contratación pública, publicado el 1 st de agosto de de 2006con el decreto n o  2006-975, entró en vigor el1 st de septiembre de de 2006. Establece la consideración del desarrollo sostenible como un acto de definición de las necesidades de los compradores públicos.

Sin embargo, observamos que en 2013 solo el 6,1% de los contratos públicos superiores a 90.000  € sin IVA incluían cláusula social. El uso de cláusulas sociales como palanca de integración debe convertirse en una prioridad para mejorar la cohesión social de los territorios.

Revocar

Por orden de 23 de julio de 2015 siguiendo la directiva europea de 26 de febrero de 2014, se deroga el Código de Contratación Pública.

Notas y referencias

  1. Orden n o  2018-1074 de26 de noviembre de 2018en la parte legislativa del código de orden público ( leer en línea ).
  2. Decreto n o  2018-1075 de3 de diciembre de 2018relativo a la parte reguladora del código de contratación pública ,3 de diciembre de 2018( leer en línea ).
  3. Compre verde! - Un manual sobre contratación pública ecológica , Comisión Europea, Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2005, ( ISBN  92-894-8992-8 ) , 39 p. [PDF] (consultado el 13 de mayo de 2010).
  4. Anexo VI de la Directiva 2004/18 / CE y Anexo XXI de la Directiva 2004/17 / CE
  5. Amélie Marchal, “  ¿Quiénes somos?  » , On clausesociale34.fr (consultado el 12 de junio de 2017 ) .

Ver también

Artículos relacionados

enlaces externos