Capítulo general cisterciense

El Capítulo General Cisterciense es el órgano supremo de gobierno de la orden cisterciense y sus ramas derivadas. Establecida durante los primeros años de la gran expansión cisterciense, en 1119, continuó hasta la Revolución Francesa. Después de 1815, las distintas ramas cistercienses adoptan un capítulo general cada principio que funciona incluso al principio del XXI °  siglo.

Historia

Hasta la revolución francesa

El capítulo general de la orden cisterciense original fue instituido por la Carta Caritatis (“Carta de la caridad”) redactada por Étienne Harding en 1119. Es anual, se lleva a cabo en Císter bajo la dirección de su abad, y todos los abades están obligados a participación formal. Un abad ausente sin una muy buena razón puede ser removido automáticamente. Hasta alrededor de 1200, fue más bien un órgano de información y comunicación. Pero desde el comienzo de la XIII °  siglo, adquiere los poderes de toma de decisiones, incluyendo las prerrogativas, mientras que bajo el abad, ya que la decisión de una abadía fundada una abadía-hija.

Durante el capítulo general, un orden de precedencia bastante riguroso enmarcó en particular los órdenes de paso y los discursos.

La investigación histórica desde 1968 (incluyendo a Jean-Baptiste van Damme y Bernard Lucet) muestran que con la rápida proliferación de bases durante la XII ª  siglo, las abadías primarios tienden a reunirse en sus paternidad apoyos a s 'para oponerse con más peso las directivas procedentes del abad de Císter.

En la práctica, la sala capitular de Císter tenía una capacidad que le permitía albergar aproximadamente a trescientos monjes. Sin embargo, en 1250, la abadía tenía simultáneamente 647 abadías masculinas, sin contar los monasterios femeninos, cuyas abadesas tenían durante un tiempo un capítulo común con los hombres.

Desde la Revolución

El poder eclesiástico de gobierno de la Orden depende del Capítulo General, que se encarga de definir los derechos de los monjes y monjas y velar por su aplicación. Todos los abades y todas las abadesas se reúnen en una fecha fija para asegurar la observancia y mantenimiento de la santa regla, el mantenimiento de su patrimonio y la preservación y crecimiento de la Orden. Reunidos en capítulo general, el abad general, los superiores de los monasterios autónomos, los consejeros del abad general constituyen su autoridad suprema. Tienen la obligación de participar con derecho a voto. El capítulo puede invitar a otros miembros de la Orden y darles el derecho de voto.

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Notas y referencias

Notas

  1. Omnis abbas in omnibus locis sui monasterii coabbatis uocedat aduenienti, ita ut adimpleatur: honore inuicem preuenientes. Si duo aut amplius conuenerint, qui prior erit de aduenientibus locum superiorem tenebit. Omnes autem preter abbas presentis loci in refectorio comedent. Alias ​​autem ubicumque convenerint [abbates], secundum tempus abbatiarum ordinem suum tenebunt, ut cuius ecclesia fuit antiquior, ille sit prior  "  : " Todo abad cederá el paso en todos los lugares de su monasterio a un abad que pasa, de modo que: " Los primeros en honrar a los demás y viceversa ". Si dos o más llegan al mismo tiempo, deje que el primero en llegar ocupe el primer lugar entre ellos. Que coman todos en el refectorio, menos el abad local. Pero dondequiera que se encuentren, tomarán rango de acuerdo con la edad de sus abadías, de modo que aquel cuya Iglesia sea la más antigua será el primero. " .

Referencias

  1. André Vauchez 2000 , p.  145.
  2. André Vauchez 2008 , p.  255.
  3. Ghislain Baury 2001 , mutación del capítulo general del Císter al final del XII °  siglo, p.  31 y 32.
  4. Alexis Grélois 2013 , Los catálogos de abadías cistercienses, p.  173 a 175.
  5. Ghislain Baury 2001 , mutación del capítulo general del Císter al final del XII °  siglo, p.  33 y 34.
  6. Leon Preyssoure 1990 , Capítulo II. El modelo - En realidad, ¿qué pasó con las promesas ?, pág.  52 y 53.
  7. https://www.ocso.org/2017/08/30/6-27-sept-2017/?lang=fr

Ver también

Bibliografía