Estudio de peligros

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El estudio de peligros es un principio de seguridad industrial , cuyo prerrequisito es el inventario de objetos y actividades con sus peligros intrínsecos, seguido del análisis de riesgos (escenarios que pueden conducir a eventos no deseados), con el fin de controlar mejor estos riesgos mediante medidas preventivas .

Este caso particular de gestión de riesgos tiene dos particularidades:

Objetivos del estudio de peligros

El estudio de peligros , que es legalmente obligatorio en Francia para la mayoría de las instalaciones industriales, tiene el objetivo final de determinar qué medidas técnicas, de formación / información / concienciación y métodos operativos adecuados podrían:

Desde el peligro hasta el inicio del daño

El daño (lesión y / o daño a la salud) resulta del encuentro de un peligro (causa capaz de causar daño) y una persona (operador de una máquina, persona en el sitio de la empresa, vecindario). Por tanto, se puede definir un diagrama de principio de aparición de un daño:

se produce daño (lesión y / o daño a la salud) cuando una persona se encuentra en una situación peligrosa, es decir expuesta a uno o más peligros; un peligro es una causa que puede causar daño, un evento peligroso es el evento desencadenante.

En el estudio del peligro, por tanto, es necesario identificar las posibles causas de los daños - los peligros mismos - y la población que puede estar expuesta a este peligro. Para ilustrar esto:

Si no hay nadie en el área de influencia de la explosión, la explosión no causará daños.

A esto debemos agregar:

En Francia

Marco y propósito del estudio de peligros

El estudio de peligros es legalmente obligatorio en Francia para la gran mayoría de las instalaciones industriales y en particular para las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE) sujetas a autorización (artículo L.181-25 del código de medio ambiente), tuberías de transporte y distribución. o la principal infraestructura de transporte de materiales peligrosos (artículo L.551-1 del código de medio ambiente). Es la piedra angular de la política de prevención de riesgos tecnológicos. El estudio de peligrosidad constituye el "informe de seguridad" previsto por la directiva SEVESO para instalaciones con riesgo de accidente mayor.

El estudio de peligros implica un inventario, realizado para una determinada instalación y un período determinado, en relación con su entorno tecnológico, natural y humano.

Define y justifica las medidas específicas para reducir la probabilidad y los efectos de estos accidentes y demuestra la compatibilidad entre la instalación, sus riesgos de accidentes y el entorno del lugar.

El estudio de peligros también justifica, para los ICPE clasificados como "umbral alto SEVESO", el establecimiento de una organización que permita:

Finalmente, esencialmente aún para ICPE clasificado como "umbral alto SEVESO", la información contenida en el estudio de peligros es utilizada por las autoridades públicas para:

Metodología del estudio de peligros

El estudio de los peligros se puede estructurar de 6 formas diferentes:

Para ello, el fabricante -bajo el control de la inspección de instalaciones clasificadas y por tanto del DREAL y del prefecto- enumera los posibles peligros y los prioriza según sus posibles consecuencias, la probabilidad de ocurrencia en el espacio y en el tiempo, su cinética . El fabricante también enumera las herramientas de prevención y los recursos de rescate disponibles.

El estudio describe las instalaciones y su entorno, los productos utilizados y sus condiciones de uso, enumerando las fuentes de riesgos internos (organización del trabajo, procesos técnicos, etc.) y externos (terremotos, rayos, efectos dominó, etc.) así como riesgos maliciosos . Sobre esta base, el fabricante debe describir los medios y herramientas que ha proporcionado para limitar la probabilidad de expresión del riesgo. Debe evaluar los efectos de estos medios proponiendo medidas concretas para mejorar la seguridad.

El estudio debe basarse en las tecnologías más eficientes disponibles y comprometer al operador a reducir los riesgos aguas arriba, posiblemente cambiando el proceso o producto industrial , por alternativas menos peligrosas.

El estudio incluye una valoración geográfica de las zonas susceptibles de verse afectadas por las consecuencias de los posibles tipos de accidentes, y enumera la asistencia pública o privada adecuada y disponible.

El Prefecto puede solicitar los estudios adicionales que estime necesarios, y en caso de riesgos particulares (nuclear, nanotecnología, biotecnologías, etc.), puede solicitar la opinión de un tercero experto en el estudio de peligros, financiado por el operador. .

Es a partir del estudio de peligros, tras posibles añadidos (en general numerosos), que se desarrolla la inspección de instalaciones clasificadas. Luego, los requisitos mínimos se imponen al operador mediante un decreto de la prefectura. La directiva Seveso 2 transcrita al derecho francés por el decreto ministerial de10 de mayo de 2000impuso una mejor consideración de los efectos dominó entre instalaciones de la misma planta o entre plantas vecinas, y una gestión coherente de este riesgo.

Ver también

enlaces externos

Referencias