Retención de aduanas

La restricción aduanera es un procedimiento de detención temporal en la ley francesa .

La retención aduanera es el equivalente aproximado de la custodia policial . Se describe en el artículo 323 del código aduanero nacional. Lo pronuncia un funcionario de aduanas , generalmente de la dependencia de vigilancia (de uniforme), solo en presencia de una infracción aduanera (y no de una infracción aduanera) y en caso de flagrancia. Esto incluye, por ejemplo, el transporte de armas de fuego , estupefacientes , mercancías falsificadas o excepcionalmente en el marco de una investigación por blanqueo de aduanas.

La duración de la retención aduanera no puede exceder de 24 horas - a menos que sea prorrogada por el fiscal -, y luego se cobra al tiempo de custodia efectuada por el servicio judicial nacional de aduanas, la policía o la gendarmería , ya que al finalizar la retención aduanera , la persona puede dejarse libre para moverse o entregarse a la policía judicial. Los detenidos no pudieron recibir la asistencia de un abogado (artículo 323 del Código Nacional de Aduanas). Por decisión de22 de septiembre de 2010, el Consejo Constitucional declaró inconstitucional esta disposición (3 ° artículo 323 CDN), permitiendo en adelante que las personas detenidas sean asistidas por un abogado (aplicable desde 1 er de julio de 2011). (en lo que respecta a la custodia policial en Francia, decisión del Consejo Constitucional de30 de julio de 2010) . Un funcionario de aduanas es responsable de mantener un registro actualizado sobre la realización de la detención. Es obligatorio sugerirle un médico. Está indicado si la persona quería comer o acudir al médico. La persona retenida provee para su comida si tiene el dinero necesario, el Estado lo paga en caso contrario. Lo mismo ocurre con la posible consulta de un médico.

La hospitalización de una persona detenida en la aduana puede ponerle fin, si un médico declara que el estado del paciente es incompatible con la continuación de la detención.

Notas y referencias

Ver también