Finanzas locales en Francia

Las finanzas locales en Francia se basan en recursos propios (impuestos locales) y en transferencias del Estado .

Desde el punto de vista legal, las normas generales relativas a las finanzas locales se establecen en el libro VI de la primera parte del Código General de Autoridades Locales .

Recursos de las autoridades locales

En Francia , las finanzas de las comunidades , al igual que sus competencias, están determinadas por la ley. Sin embargo, la ley debe respetar el principio de libre administración de las autoridades locales según el cual "en las condiciones previstas por la ley, estas comunidades son administradas libremente por consejos electos y tienen potestad reglamentaria para el ejercicio de sus competencias" . En consecuencia, “las autoridades locales se benefician de recursos de los que pueden disponer libremente en las condiciones que marca la ley. "

Los recursos de las autoridades locales son de cuatro tipos:

Recursos propios

(ver: Impuestos locales en Francia )

Para preservar la libre administración de las administraciones locales, “los ingresos fiscales y otros recursos propios de las administraciones locales representan, para cada categoría de autoridades, una parte decisiva de todos sus recursos. "

Esta parte decisiva fue definida por la Ley Orgánica de 29 de julio de 2004 sobre la autonomía financiera de las administraciones locales  : para cada categoría, la participación de los recursos propios no puede ser inferior al nivel observado para 2003.

Los recursos propios de las administraciones locales están integrados por el producto de los impuestos de toda clase para los que la ley les autoriza a fijar la base, el tipo o la tarifa, o para los que determina, por comunidad, la tasa o parte local de la base, honorarios por servicios prestados, productos inmobiliarios, participaciones urbanísticas, productos financieros y donaciones y legados.

Recursos tributarios directos

Están compuestos por impuestos locales directos:


Los municipios tienen la opción de imponer otros impuestos opcionales como derecho a imponer:

Recursos tributarios indirectos

Se componen de los impuestos locales indirectos y locales impuestos , como el pago por el aparcamiento, las multas de aparcamiento, el precio de los comedores, guarderías ...

Subvenciones y ayudas estatales

Las subvenciones y subvenciones de funcionamiento estatales representan alrededor del 30% de los recursos de las autoridades locales. Si principalmente permiten el funcionamiento diario de estas comunidades a través de la asignación operativa global (DGF), algunas de ellas se dedican a proyectos de inversión específicos presentados por los municipios y seleccionados por el prefecto del departamento . Estas subvenciones se rigen por el código general de autoridades locales (CGCT).

Asignación operativa global (DGF)

El monto de la asignación operativa global se distribuye entre las comunidades y grupos interesados ​​( municipios , EPCI , departamentos , regiones ) por el comité de finanzas local , cada nivel de la comunidad se beneficia de un sobre sellado del DGF. Su importe fue de 40,1 mil millones de euros en 2014 .

Para cada nivel de comunidad, el FGD consta de dos partes, denominadas a sí mismas “dotaciones”.

La suma global

El monto de la asignación a tanto alzado de los municipios se define en la ley de finanzas . La suma global para un municipio determinado tiene en cuenta, entre otras cosas:

  • el tamaño de su población;
  • de su área (con un límite para los municipios de Guyana ).

Esta asignación de tarifa plana también incluye subsidios más antiguos, como la asignación que compensa la parte de “salarios” del impuesto profesional .

El monto de la dotación fija resulta de la indexación de cada una de sus acciones, a saber:

  • 75% como máximo de la tasa de cambio en la asignación operativa general para las participaciones de “población” y “área”;
  • 50% como máximo de esta tasa para la parte de "compensación";
  • 25% de esta tasa para la garantía.

El monto de la asignación a tanto alzado para los departamentos también tiene en cuenta la población desde la reforma de 2005.

La asignación a tanto alzado para las regiones se creó en 2004 e incluye antiguas compensaciones fiscales.

La subvención municipal y la EPCI para el desarrollo y las subvenciones de equiparación

La cuantía de la subvención para el desarrollo se define como la diferencia entre la cuantía de la subvención total y la parte de la suma global. Su propósito es asegurar la igualdad entre comunidades ricas y comunidades más pobres.

La asignación de la asignación se basa en el cálculo del potencial financiero de cada municipio, concepto creado por la ley de finanzas de 2005 y que reemplaza el concepto de potencial fiscal utilizado anteriormente. El potencial financiero mide los recursos estables de una comunidad, excluyendo los recursos de la igualación .

El equipamiento incluye:

  • para municipios:
    • La Dotación de Solidaridad Urbana y Cohesión Social (DSUCS), anteriormente denominada “Dotación de Solidaridad Urbana” (DSU): esta dotación tiene como objetivo “contribuir a la mejora de las condiciones de vida en los municipios urbanos que enfrentan la insuficiencia de sus recursos y soportan grandes cargas”. La asignación de esta dotación depende del valor alcanzado en un municipio por un índice sintético de recursos y cargos que toma en cuenta los ingresos de los habitantes, la proporción de vivienda social y beneficiarios de ayudas habitacionales y el potencial financiero. El DSUCS concierne principalmente a municipios con más de 10.000 habitantes;
    • La Dotación de Solidaridad Rural (DSR), que concierne principalmente a los municipios pequeños;
    • El Fondo Nacional de Compensación (DNP), heredero del Fondo Nacional de Compensación (FNP);
  • para EPCI:
    • una subvención intermunicipal;
    • un subsidio de compensación, correspondiente a la compensación por la supresión de la parte “salarios” del impuesto profesional.

La asignación de igualación de los departamentos:

  • Subsidio de equiparación urbana (DPU), destinado a 32 departamentos calificados como “urbanos”;
  • Asignación mínima operativa (DFM), destinada a los 64 departamentos que no se benefician de la DPU.

Desde 2004, la subvención de compensación regional ha reemplazado al fondo de compensación de desequilibrio regional (FCDR).

Financiamiento de transferencias de habilidades

Las leyes de descentralización , al transferir muchas competencias a las autoridades locales, han creado o reforzado asignaciones destinadas a compensar el peso financiero de estas competencias:

  • Subsidio de descentralización general (DGD): este subsidio compensa, por ejemplo, los costos incurridos por la gestión de bibliotecas y transporte escolar;
  • Fondo de compensación de impuestos de transferencia (FCFT);
  • Dotación departamental de equipamiento universitario (DDEC).
Diversas dotaciones y subvenciones
  • Asignación especial para profesores de vivienda: esta asignación está desapareciendo a medida que los profesores adoptan la condición de profesor de escuela  ;
  • Distribución del producto de las multas relacionadas con el tráfico rodado;
  • Asignación global de equipamiento (DGE), pagada a pequeños municipios o municipios con bajo potencial financiero: esta asignación es asignada por el prefecto para proyectos de inversión. También hay un DGE pagado directamente a los departamentos;
  • Dotación de Desarrollo Rural (DDR) que se convirtió en 2011 en Dotación de Equipamiento del Territorio Rural (DETR), destinada a agrupaciones de municipios con tributación propia a los que los municipios han delegado la competencia de ordenación territorial y desarrollo económico, reservada para grupos rurales de menos de 35.000 habitantes, y a colectivos que no superen los 60.000 habitantes y que estén orientados a una localidad céntrica de menos de 15.000 habitantes: el objeto de esta subvención es financiar proyectos de desarrollo rural presentados al prefecto departamental. Desde 2006, los municipios elegibles para la parte de “igualación” del DSR también pueden beneficiarse de ella, con el fin de subsidiar proyectos a favor del mantenimiento de los servicios públicos en áreas rurales;
  • Subsidio de desarrollo urbano (DDU), destinado a apoyar proyectos en los 100 municipios más conflictivos, con al menos 5.000 habitantes (en población DGF), entre los elegibles para el DSU y habiendo concluido un convenio con la Agencia Nacional de Renovación Urbana (ANRU) . Esta asignación, asignada por las prefecturas en forma de subvenciones, tiene por objeto complementar la lógica de igualación perseguida en el marco del ESD. Permite financiar proyectos o acciones de inversión en el ámbito económico y social en relación con los objetivos que persigue la política de ciudad.
  • Fondo de compensación del IVA: este fondo compensa el IVA pagado por los gastos de inversión de las autoridades locales y las EPCI;
  • Compensación por exenciones y reducciones legislativas o reformas tributarias: para el Estado se trata de compensar las pérdidas de recursos ocasionadas por leyes que eliminan disposiciones tributarias de las que se benefician las comunidades.
  • Fondo de apoyo a la inversión pública local (FSIL, desde 2016, alrededor de 1.000 millones de euros de inversión), atribuible por las prefecturas en el marco de convocatorias anuales de proyectos.

Reforma de las finanzas locales y recentralización financiera

Siguiendo las leyes de finanzas de 2010 y 2011, el DDR y el DGE se fusionan para formar el DETR (Dotación de equipamiento para áreas rurales).

Además, existe una clara recentralización financiera a nivel fiscal y presupuestario. Por un lado, la recentralización fiscal resulta, por un lado, de la abolición del poder de voto de las tasas impositivas directas locales por parte de los departamentos y regiones, con la excepción de los departamentos que continúan votando la tasa impositiva. propiedades, por otro lado, a partir de la generalización de la tributación transferida. Por otro lado, la recentralización fiscal resulta, por un lado, de la estabilización de la igualación vertical, y por otro lado, del aumento de la igualación horizontal.

Anticipos y préstamos

En determinadas condiciones, las autoridades locales y sus grupos pueden recurrir a préstamos u obtener anticipos.

Las autoridades locales francesas no pueden presentar un presupuesto operativo deficitario. Solo los presupuestos de inversión pueden recurrir al endeudamiento. A finales de 2011, la deuda acumulada de las administraciones locales se situaba en 127.580 millones de euros. En 2011, las comunidades (consejos regionales, departamentos, autoridades intermunicipales y municipios) tomaron prestados cerca de dieciséis mil millones de euros únicamente para inversión.

Ingresos por bienes y servicios prestados

Estos recursos representaron el 10% de los ingresos de las autoridades locales en 2009. Se refieren a:

  • productos inmobiliarios: rentas de activos privados (alquileres, enajenación, etc.), o bien públicos (autorizaciones para ocupar el dominio público o permisos viales),
  • El precio de los servicios públicos locales.

Control de las finanzas locales

Las finanzas locales están bajo el control del prefecto , quien puede remitir el asunto a la cámara de cuentas regional en determinadas circunstancias (presupuesto no votado, presupuesto votado en desequilibrio, carga excesiva de la deuda).

Las cuentas están sujetas a una liquidación administrativa anual o una sentencia de la cámara de cuentas regional .

Notas y referencias

  1. Constitución de 4 de agosto de 1958, art. 34
  2. Constitución de 4 de agosto de 1958, art. 72 párr. 3
  3. Constitución de 4 de agosto de 1958, art. 72-2
  4. Constitución de 4 de agosto de 1958, art. 72-2 al. 3
  5. Código General de Autoridades Locales, Art. LO1114-3
  6. Código General de Autoridades Locales, Art. LO1114-2
  7. CGCT, art. L1613-1 , L2334-1 y siguientes.
  8. "  La subvención global de funcionamiento (DGF)  " , en collectivites-locales.gouv.fr ,26 de mayo de 2014(consultado el 23 de marzo de 2015 )
  9. CGCT, art. L2334-7 .
  10. CGCT, art. L2334-17 y L2334-18
  11. Creado por el artículo 172 de la ley de finanzas de 2009
  12. Thomas Beurey, "  Una circular sobre los términos de atribución del DETR en 2013  " , en wikiterritorial.cnfpt.fr ,enero 2013(consultado el 23 de diciembre de 2013 )
  13. ¿Están las comunidades endeudadas?
  14. Should pas faire du droit, "Los  ingresos patrimoniales y la fijación de precios de los servicios públicos locales  " [PDF] , en Fautpasfairedudroit.fr (consultado el 23 de diciembre de 2013 ) , p.  3

Apéndices

Bibliografía

  • Michel Bouvier, Finanzas locales , LGDJ , coll. "Sistemas", 15 ª edición, 2013 ( ISBN  978-2-275-03936-7 ) , 320 páginas
  • Jean-François Picard, Finanzas locales , LexisNexis , coll. “Manual”, segunda edición, 2013 ( ISBN  978-2-7110-1856-7 ) , 500 páginas
  • Jean-François Boudet, Préstamos públicos locales y gestión de caja (Prefacio M. Fockenoy), Héricy, Puits Fleury, coll. Asesoramiento legal para todos, 2013, 480 p.

enlaces externos

  • Asignaciones en línea (sitio de la gestión general de autoridades locales que permite conocer el monto de cada asignación para una autoridad local o un establecimiento público de cooperación intermunicipal)

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