Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial

Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial Llave de datos
Descripción de esta imagen, también comentada a continuación Miembros de la Convención Presentación
Organización Internacional Naciones Unidas
Territorio de aplicación

Territorio de los Estados miembros. Último miembro:

Lenguajes oficiales) Español , Ruso , Francés , Inglés , Chino
Tipo Convención Internacional
Atascado Ley Pública
Adopción y entrada en vigor
Apertura para firma 21 de diciembre de 1965
Entrada en vigor 4 de enero de 1969

Leer en línea

en el sitio web de la ONU: estado de los signatarios , texto de la Convención

La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial es una convención de las Naciones Unidas, que entró en vigor el4 de enero de 1969. Esta convención compromete a los signatarios a eliminar toda discriminación racial , segregación racial y apartheid y a promover el entendimiento entre todos los pueblos. Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas , quedó abierto a la firma de los Estados el21 de diciembre de 1965 y entró en vigor el 4 de enero de 1969. Hasta la fecha, 179 países han ratificado esta convención, incluida Francia.

Preámbulo

En su preámbulo , se encuentran aquí la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales , la Declaración Universal de Derechos Humanos y el derecho internacional de los derechos humanos, incluida la Convención sobre la discriminación en el empleo y la Convención contra la discriminación en la educación .

"En esta Convención, la expresión" discriminación racial "comprende toda distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico, que tenga por objeto o efecto destruir o comprometer el reconocimiento, goce o ejercicio , en condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social y cultural o en cualquier otro ámbito de la vida pública. ” Párrafo primero del artículo 1.

Contenido

Los Estados Partes se comprometen a declarar punible por ley la difusión de tales ideas, así como toda incitación a la discriminación racial o a actos de violencia contra un pueblo o grupo de personas de determinado color o color de piel, determinado origen étnico. Además, el artículo 4 prohíbe "justificar o alentar cualquier forma de odio y discriminación racial", "declarar los delitos punibles por la ley, toda difusión de ideas basadas en la superioridad o el odio racial, toda incitación a la discriminación" y "declarar ilegal, prohibir organizaciones, así como organizadas de propaganda actividades y cualquier otro tipo de actividad de propaganda que incita y fomenta la discriminación racial y para declarar una infracción castigada por la ley.", incluyendo el discurso de odio . El artículo 14 establece que "cualquier Estado Parte podrá declarar recibir y considerar comunicaciones de personas o grupos de personas dentro de su jurisdicción que se quejen de ser víctimas de una violación" a pesar de la existencia de países que no lo admitan.

Esta convención es la quinta de los doce instrumentos internacionales de derechos humanos .

El seguimiento de la implementación de la Convención por parte de sus signatarios es responsabilidad del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).

Signatarios

Entre los países signatarios, encontramos en particular:

Notas y referencias

  1. Convención de diciembre de 1965 de UN AG
  2. Presentación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial - Humanrights.ch
  3. sección 4, (a)
  4. artículo 4 (b)
  5. Situación de los instrumentos a las 10 de enero de 2003, el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU

Ver también