La alcabala o alcavala, francizada en forma de "alcavale" por Víctor Hugo, es un impuesto indirecto del Reino de Castilla recaudado en beneficio de la tesorería real. Fundada en el XIV ° siglo, este impuesto tiene la particularidad de proporcionar la monarquía española la mayor parte de sus ingresos a fines de la Edad Media .
La alcabala , cuyo nombre ha conservado el adjunto del artículo árabe al , designa originalmente un impuesto local ( al-qabala ) que se recauda en los municipios de al-Andalus . Recuperado por la tributación monárquica castellana, este tributo es concedido por las Asambleas del Estado ( Cortes ) a instancias de Alfonso XI de Castilla en 1342 , oficialmente por un plazo limitado a tres años, con el fin de librar la guerra de reconquista . En los años siguientes, este impuesto sobre las transacciones que representaban en torno al 10% de su importe acabó transformándose en un impuesto permanente sobre todos los sujetos del Reino de Castilla . Aunque se trata de un impuesto universal, determinados colectivos sociales se han beneficiado de una política excepcional: la alcabala no afecta a los miembros del clero, ni a determinados pueblos beneficiados de exenciones reales, tampoco en la perspectiva del desarrollo de los intercambios comerciales, es decir. en relación con las necesidades de la guerra y la empresa de "repoblación" de territorios.
Bajo los Trastamares , la recaudación de este impuesto, como muchos otros, pasó del dominio real ( hacienda real ) al dominio señorial ( señoríos ). Imagen ha delegado la colección alcabalas primero en nobles, desde el medio del XV ° siglo y los municipios, a través de la práctica de encabezamiento (cantidad fija), dejando a este último para distribuir el impuesto entre los contribuyentes. Para historiadores como María Asenjo González, esta innovación en la política fiscal se enmarca en una estrategia de la Corona de Castilla dirigida a involucrar a grandes sectores de las élites urbanas en la gestión de la fiscalidad del reino, con el fin de frenar la agitación nobiliaria y municipal.
Entre 1743 y 1750 , el marqués de la Ensenada intentó abolir la alcabala a favor de un impuesto sobre la renta basado en el valor de la tierra. Sin embargo, la catastración necesaria se limitó a Cataluña .