En varios países, el secreto profesional es el estado de derecho que estipula la inadmisibilidad de las comunicaciones entre un profesional y sus clientes como prueba. Esto afecta particularmente a los miembros de órdenes profesionales.
El secreto profesional también es una regla ética que prohíbe a los profesionales revelar sus comunicaciones con sus clientes. En algunos estados, su violación está sujeta a sanciones penales .
En Bélgica, el secreto profesional del médico es muy cercano al de Francia. Así, el artículo 458 del código penal belga constituye el hermano gemelo del antiguo artículo 378 del código penal francés que ya existía bajo el imperio y que duró hasta 1994.
En Canadá, el derecho profesional se encuentra bajo la jurisdicción provincial. Las reglas pueden variar según la provincia en la que se encuentre el profesional (derecho consuetudinario para las provincias de habla inglesa y derecho civil para Quebec). Sin embargo, la ley federal presta especial atención al privilegio abogado-cliente porque la ley penal cae bajo la jurisdicción federal.
Secreto de abogadoEn el derecho consuetudinario canadiense, existe un privilegio genérico de derecho consuetudinario llamado privilegio abogado-cliente, que es similar pero no idéntico al privilegio abogado-cliente del derecho civil. Este privilegio de derecho consuetudinario protege la confidencialidad de las comunicaciones de los abogados para sus clientes incluso en ausencia de legislación.
Los profesionales enumerados en el artículo 226-13 están obligados a retener la información personal de los pacientes que hayan recabado durante su actividad.
Las investigaciones del juez de instrucción francés están sujetas al secreto del artículo 11 del Código de Procedimiento Penal .
Los abogados de los colegios de abogados de Francia están sujetos, en virtud de sus obligaciones éticas, al secreto profesional en el ejercicio de su profesión.
El secreto profesional fue establecido por el legislador con el fin de brindar todas las garantías a los clientes que confían en los técnicos (derecho, medicina, contabilidad, etc.).
La ley suiza distingue entre "secreto profesional" y "secreto oficial".
El secreto profesional concierne a los miembros de una autoridad y a los funcionarios.
El secreto oficial se refiere a las profesiones eclesiásticas, jurídicas y médicas y sus auxiliares.