Licencia de obras

En Francia, el permiso de urbanización es una de las tres Autorizaciones Urbanísticas derivadas de la gran reforma de 2005/2007 y que permite a la Administración controlar y validar las obras, instalaciones y urbanizaciones que afectan al uso del suelo de un terreno determinado. Se entiende por "equipos" que harán viables y habitables las construcciones futuras (conducciones de agua, conducciones eléctricas, red de drenaje, etc.). Las otras Autorizaciones Urbanísticas mencionadas anteriormente son el Permiso de Obra (PC) y el Permiso de Demolición (PdD)

Operaciones afectadas

La subdivisión 

Hay una definición legal en el artículo L.442-1 del Código de Urbanismo.

Lotir puede definirse como la disposición del equipamiento adecuado (luz, gas, agua, sanitario, vial, etc.) para permitir la construcción de edificaciones en un "bloque de propiedad en una sola pieza consistente en una parcela o un conjunto de parcelas pertenecientes a la mismo propietario o en la misma posesión conjunta ”(Consejo de Estado, 27 de junio de 2005, Municipio de Chambéry). Cabe señalar que las parcelas deben ser vecinas, más precisamente contiguas y desde el1 st de marzo de 2012(artículo L.442-1-2 del Código Urbanístico ) podrá incluirse en este bloque de piezas ya construidas.

Esta categoría de desarrollo está sujeta a una autorización del Ayuntamiento del lugar donde se ubica el terreno. Por tanto, la adjudicación debe ser objeto de una solicitud de permiso urbanístico (artículo R.421-19 del Código urbanístico) o de una declaración previa (artículo R.421-23 del Código urbanístico ). Urbanismo).


El permiso de desarrollo para una subdivisión 

Se solicitará un permiso en el caso de desarrollo de fraccionamientos que tengan el efecto de crear uno o más lotes para construir en una o más propiedades y que prevean la construcción de caminos, espacios comunes o equipamiento (artículo R.421-19 del Código de Urbanismo). También incluimos proyectos ubicados en un sitio clasificado o en un área protegida.

La declaración previa de desarrollo de una subdivisión

Las subdivisiones que creen uno o más lotes sin la creación de un camino común o áreas comunes o instalaciones comunes estarán sujetas a declaración. Es decir, todas las demás operaciones que reúnan la calificación de subdivisión pero que no se encuadren en los criterios que exigen la solicitud de permiso (artículo R.421-23 del código urbanístico), pero también con exclusión de las divisiones incluidas en el artículo R .442-1 del código urbanístico.

Instalaciones turísticas o de ocio

Esta categoría ha evolucionado con el tiempo para ser cada vez más tenida en cuenta por el Código de Urbanismo, en particular en sus artículos L421-19 y L421-23 donde el Código enumera las operaciones de desarrollo afectadas respectivamente por un permiso. declaración.

Permiso de planificación para instalaciones turísticas o de ocio
  • Con respecto a un sitio que permita la recepción de tiendas de campaña, caravanas o residencias de ocio móviles:
- La creación o ampliación de un camping con capacidad para más de 20 personas, o más de 6 tiendas, caravanas o casas móviles de ocio. - La creación de un parque de ocio residencial (previsto en el artículo 111-34 ) o de un pueblo de vacaciones clasificado como alojamiento ligero (según el artículo 325-1 del Código de Turismo) - La remodelación de un sitio existente que tiene el propósito o el efecto de aumentar el número de sitios en más del 10%. - Obra que tiene el efecto de “modificar sustancialmente la vegetación lo que limita el impacto visual de las instalaciones”.
  • Respecto a los terrenos deportivos y de ocio:
- El desarrollo de un campo para la práctica de deportes o actividades de ocio motorizadas. - El desarrollo de un parque de atracciones o un parque infantil o zona deportiva de más de 2  ha. - El desarrollo de un campo de golf de más de 25  ha. La declaración previa de instalaciones turísticas o de ocio
  • Con respecto a un sitio que permita la recepción de tiendas de campaña, caravanas o residencias de ocio móviles:
- Un desarrollo o provisión de campistas, de la forma habitual, de un sitio que no requiere un permiso de desarrollo.
  • Respecto al aparcamiento de una caravana, que no sea como residencia de ocio móvil y fuera de un camping o parque de ocio residencial, es necesario instalarlo por un período superior a tres meses al año, consecutivos o no.

Varias instalaciones y obras

Permiso de planificación para diversas instalaciones y obras.
  • En cuanto a las áreas de estacionamiento abiertas al público, los depósitos de vehículos y los garajes colectivos para caravanas o casas móviles para actividades de ocio, están sujetos a una solicitud de permiso de desarrollo:
- Es probable que contenga al menos 50 unidades.
  • En lo que respecta al fregado o levantamiento del terreno, cuya altura o profundidad sea superior a dos metros (siempre que no sean necesarios para la ejecución de un permiso de construcción):
- Para un área mayor o igual a 2  ha. La declaración previa para instalaciones y obras diversas
  • En cuanto a las áreas de estacionamiento abiertas al público, los depósitos de vehículos y los garajes colectivos para caravanas o casas móviles de ocio, están sujetos a declaración previa:
- Es probable que contenga al menos de 10 a 49 unidades.
  • En lo que respecta al fregado o levantamiento del terreno, cuya altura o profundidad sea superior a dos metros (siempre que no sean necesarios para la ejecución de un permiso de construcción):
- Para un área mayor o igual a 100  m 2 y menos de 2  ha.
  • Respecto a la recepción de Viajeros:
- El desarrollo de un área de recepción. - La instalación, durante más de 3 meses consecutivos, de una casa móvil que constituya un habitante permanente.
  • En cuanto a la categoría residual de trabajos diversos:
- La tala o tala de árboles en zonas boscosas clasificadas - Obra que tenga por efecto modificar o sustraer un elemento de interés patrimonial o paisajístico, identificado por el PLU o por deliberación del ayuntamiento previa consulta pública .

Regímenes especiales para sectores protegidos o sensibles

El Código de Urbanismo ha introducido regímenes especiales para responder a la necesidad de una mayor protección de los sectores considerados sensibles, como los protegidos, los sitios clasificados, las reservas naturales y, finalmente, las áreas notables. Por tanto, cabe señalar que se han rebajado determinados umbrales o que el concepto de "desarrollo" en estos sectores se toma en un sentido más amplio para ampliar el alcance.

Permiso de planificación para áreas protegidas o sensibles
  • En cuanto a los sectores salvaguardados cuyo perímetro ha sido delimitado, están sujetos a permiso de obra:
- El desarrollo de un parque de atracciones, un parque infantil o deportivo, un campo de golf, sea cual sea la superficie. - Aparcamientos abiertos al público, aparcamientos de vehículos y garajes colectivos para caravanas o casas rodantes de ocio, independientemente de la capacidad de recepción. - Las subdivisiones - la creación de un espacio público - la creación de una pista o la modificación de las características de una pista existente - fregado y levantamiento del suelo de más de 2  my cubriendo un área de al menos 100  m 2 .
  • Respecto a los sitios clasificados:
- El desarrollo de un parque de atracciones, un parque infantil o deportivo, un campo de golf, sea cual sea la superficie. - Aparcamientos abiertos al público, aparcamientos de vehículos y garajes colectivos para caravanas o casas rodantes de ocio, independientemente de la capacidad de recepción. - Las subdivisiones - la creación de un espacio público - Lavado y levantamiento de suelos cuya altura, en caso de levantamiento, o profundidad en caso de socavación, supere los dos metros y cubra una superficie mayor o igual a cien metros cuadrados.
  • Respecto a las reservas naturales:
- El desarrollo de un parque de atracciones, un parque infantil o deportivo, un campo de golf, sea cual sea la superficie. - Aparcamientos abiertos al público, aparcamientos de vehículos y garajes colectivos para caravanas o casas rodantes de ocio, independientemente de la capacidad de recepción. - la creación de un espacio público - Lavado y levantamiento de suelos cuya altura, en caso de levantamiento, o profundidad en caso de socavación, supere los dos metros y cubra una superficie mayor o igual a cien metros cuadrados.
  • En lo que respecta a los espacios o entornos costeros notables que se identifican en un documento de planificación urbana como que deben ser preservados en aplicación del artículo L. 146-6 :
- Cuando sean necesarios para la gestión o la apertura al público de estos espacios o entornos, los carriles peatonales y ciclistas y los senderos ecuestres no cementados ni asfaltados, los objetos móviles destinados a la recepción o al público de información, puestos de observación de vida silvestre como así como equipos removibles relacionados con la higiene y seguridad como baños y puestos de primeros auxilios cuando su ubicación en estas áreas se hace imprescindible por la importancia de la asistencia pública. - Las áreas de estacionamiento que son imprescindibles para controlar el uso del automóvil y prevenir la degradación de estos espacios eliminando el estacionamiento irregular, sin que ello suponga un aumento de la capacidad efectiva de estacionamiento, siempre que estas áreas no estén cementadas ni asfaltadas y no se realice ninguna otra implantación posible. - La reparación de edificios existentes y la ampliación limitada de edificios e instalaciones necesarias para el ejercicio de actividades económicas. - Las disposiciones necesarias para el ejercicio de las actividades agrícolas, pastoriles y forestales que no creen más de 50 metros cuadrados de superficie. - en zonas de pesca, cultivo marino o lacustre, cría de moluscos, cría de sal y cría de ovinos de praderas de sal, construcciones y urbanizaciones que requieran la proximidad inmediata del agua ligadas a las actividades tradicionalmente establecidas en estas áreas, a condición de que su ubicación sea imprescindible por necesidades técnicas. Declaración previa para sectores protegidos o sensibles
  • En cuanto a los sectores salvaguardados cuyo perímetro ha sido delimitado, están sujetos a permiso de obra:
- la instalación de mobiliario urbano u obras de arte - modificaciones en carreteras o espacios públicos y plantaciones realizadas en estas carreteras o espacios (además del mantenimiento y reparaciones ordinarias) - trabajos que tengan el efecto de modificar el diseño del entorno de un edificio existente (aparte del mantenimiento y las reparaciones ordinarias)
  • Respecto a los sitios clasificados:
- la instalación de mobiliario urbano u obras de arte - modificaciones en carreteras o espacios públicos y plantaciones realizadas en estas carreteras o espacios (además del mantenimiento y reparaciones ordinarias)
  • Respecto a las reservas naturales:
- la instalación de mobiliario urbano u obras de arte - modificaciones en carreteras o espacios públicos y plantaciones realizadas en estas carreteras o espacios (además del mantenimiento y reparaciones ordinarias) EXTENSIÓN SSI A a la construcción modular PARIS 8

Procedimiento común

Solicite un permiso de construcción

Primero debes consultar los documentos urbanísticos del ayuntamiento para conocer las posibilidades de uso del suelo, para eso solo tienes que acudir al ayuntamiento.

A continuación, debe obtener el formulario Cerfa N ° 13409 * 012, que se puede completar en línea y en el ayuntamiento. Así como la correspondiente nota explicativa de cerfa N ° 51190 # 023 .

Una vez que el formulario se ha completado, debe ser devuelto con todos los documentos solicitados en el ayuntamiento (la lista de documentos figura en la forma y no puede ser extendida), el archivo debe ser completa (artículo R.423-19 del Código de urbanismo). Bien por carta con acuse de recibo o en mano en el mostrador del ayuntamiento solicitando recibo. El justificante del depósito permite controlar los plazos que seguirán. De hecho, debemos esperar la decisión del ayuntamiento. Puede ser rápido, el ayuntamiento le envía su decisión en forma de decreto municipal (decisión expresa, artículo R.424-1 del Código Urbanístico ) o puede examinar el expediente hasta por tres meses (artículo R * 423-23 del código urbanístico). En el 1 er  mes siguiente a la solicitud, el ayuntamiento puede pedirle documentos olvidados de lo contrario el archivo se considera completa (artículo R.423-22 del Código de Urbanismo); Después de tres meses sin respuesta, el permiso se otorga tácitamente.

En este punto del trámite, es necesario contar que el Ayuntamiento dispone de tres meses para retirar el permiso, ya sea expreso o tácito, en caso de irregularidad sustantiva o formal (artículo A.424-8 del Código de municipio planificación). Este retiro debe estar debidamente motivado.

Con la autorización otorgada, es necesario anunciar (artículo R.424-15 Código urbanístico) en su terreno de forma visible indicando en un panel el número del permiso, la fecha de la autorización, el ( los ) beneficiario ( s ), la naturaleza de la obra, el número de lotes, las posibilidades de apelación, etc. Aquí hay una copia proporcionada por el estado .

La señal debe ( A. 424-15 a A. 424-19 del Código urbanístico):

"Ser rectangular con dimensiones superiores a 80 centímetros" (artículo A.425-15) “Estar instalado de tal forma que la información que contenga permanezca legible desde la vía pública o espacios abiertos al público durante el tiempo que dure la obra. "(Artículo A.424-18) “Instalar en el solar, durante todo el tiempo que dure la obra, un letrero visible desde la vía pública que describa el proyecto” (artículo A.424-8 ).

El desplazamiento debe realizarse por un período de 2 meses sin interrupción y durante toda la obra (Artículos R.424-15 y A.424-18 del Código Urbanístico), esto permite a terceros conocer el proyecto y, en su caso , para recurrir (A.424-17 del Código Urbanístico) contra la autorización si creen que les perjudica y es contraria a la normativa urbanística. Este es un proceso importante, y su no satisfacción deja la posibilidad de que terceros ataquen la licencia muchos años después.

Es recomendable solicitar el informe por alguacil varias veces, las fotos publicadas en las redes sociales pueden considerarse como base legal.

Una vez vencido el plazo, puede ajustar, si los trámites se han realizado correctamente, con total seguridad jurídica. A título indicativo, será necesario en el momento de la apertura del sitio enviar al alcalde del municipio una declaración de apertura del sitio por triplicado (artículo R.424-16 ). El permiso es válido por 2 años si el trabajo no ha comenzado. (artículo 424-17 al. 1 del Código urbanístico).

Excepción

Cabe destacar que existen prórrogas de plazos en determinados casos, serán especificadas por el Ayuntamiento durante el estudio de la solicitud de permiso. Por ejemplo, en caso de necesidad de la opinión del arquitecto de los edificios de Francia.

Hacer una declaración previa

El procedimiento de solicitud es el mismo que para el permiso, primero debes consultar los documentos urbanísticos del ayuntamiento para conocer las posibilidades de uso del suelo, para ello solo debes acudir al ayuntamiento.


A continuación, deberá obtener el formulario Cerfa N ° 13702 * 02 (artículo A.441-1 del Código Urbanístico) disponible y rellenable en Internet y en el Ayuntamiento. Así como la correspondiente nota explicativa de cerfa N ° 51190 # 023 .


Una vez cumplimentado el formulario, se debe devolver al Ayuntamiento con todos los documentos solicitados (el listado de documentos está contenido en el formulario y no se puede ampliar). Bien por carta con acuse de recibo o en mano en el mostrador del ayuntamiento pidiendo recibo. El justificante del depósito permite controlar los plazos que seguirán.


Efectivamente, es necesario esperar la decisión del Ayuntamiento. Este último colocará en el Ayuntamiento un aviso de depósito de la declaración previa especificando las características esenciales del proyecto. El Ayuntamiento puede aprobar la operación tal cual o añadiendo prescripciones oponibles al solicitante y por supuesto puede oponerse a la realización del proyecto. La decisión se envía en forma de decreto municipal (permiso expreso).


El período de instrucción es de un mes durante el cual el Ayuntamiento puede solicitar los documentos faltantes. Si no responde más allá del plazo de un mes, se trata de un acuerdo tácito, por lo que el solicitante puede solicitar un certificado de no decisión de oposición a su proyecto (artículo R.424-13 del Código Urbanístico).


La autorización otorgada, es necesario anunciar (artículo R.424-15 Código urbanístico) en su terreno de forma visible indicando en un panel el número del permiso, la fecha de la autorización, el ( los ) beneficiario ( s ), la naturaleza de la obra, el número de lotes, las posibilidades de apelación, etc. Aquí hay una copia proporcionada por el estado .

La señal debe ( A. 424-15 a A. 424-19 del Código urbanístico):

"Ser rectangular con dimensiones superiores a 80 centímetros" (artículo A.425-15)“Estar instalado de tal forma que la información que contenga permanezca legible desde la vía pública o espacios abiertos al público durante el tiempo que dure la obra. "(Artículo A.424-18)“Instalar en el solar, durante todo el tiempo que dure la obra, un letrero visible desde la vía pública que describa el proyecto” (artículo A.424-8 ).


El desplazamiento debe realizarse por un período de 2 meses sin interrupción y durante toda la obra (Artículos R.424-15 y A.424-18 del Código Urbanístico), esto permite que terceros conozcan el proyecto y, en su caso, interponer recurso (A.424-17 del Código Urbanístico) contra la autorización si cree que les perjudica y es contraria a la normativa urbanística. Este es un proceso importante, y su no satisfacción deja la posibilidad de que terceros ataquen la licencia muchos años después.

Es recomendable solicitar el informe por alguacil varias veces, las fotos publicadas en las redes sociales pueden considerarse como base legal.

Una vez vencido el plazo, puede ajustar, si los trámites se han realizado correctamente, con total seguridad jurídica. A título indicativo, será necesario en el momento de la apertura del sitio enviar al alcalde del municipio una declaración de apertura del sitio por triplicado (artículo R.424-16 ). El permiso es válido por 2 años si el trabajo no ha comenzado. (artículo 424-17 al. 1 del Código urbanístico).


Existen prórrogas en algunos casos, serán especificadas por el Ayuntamiento durante el estudio de la solicitud de permiso. Por ejemplo, si es necesario, la opinión del arquitecto de edificios en Francia (artículo R.423-24 del Código urbanístico), etc.

Notas y referencias

  1. Consejo de Estado, 27 de junio de 2005, Municipio de Chambéry
  2. fotos publicadas en una red social pueden considerarse una base legal