Agresión en el derecho administrativo francés

La agresión , en el derecho administrativo francés , es una medida o una actuación gravemente ilícita de la administración, que asesta un duro golpe a la libertad individual y conduce a la extinción de la propiedad (Cf: Tribunal Contencioso-Administrativo,17 de junio de 2013, Bergoend contra / ERDF Annecy Léman Company ).

La teoría del asalto es de origen jurisprudencial. Protege los derechos de los ciudadanos en la medida en que conlleva para la Administración la pérdida de la mayoría de sus privilegios tradicionales.

Características del asalto

La agresión ocurre si la administración realiza un acto material que representa una irregularidad manifiesta:

Esta acción debe vulnerar gravemente una libertad individual o conducir a la extinción del derecho a la propiedad mueble o inmueble .

Los jueces judiciales adquieren entonces competencia para conocer de esta irregularidad, exclusivamente en materia de acción de responsabilidad , y concurrentemente con los jueces administrativos para pronunciar la nulidad del acto.

Caso de ley

Evolución del régimen de asalto

Esta teoría es hoy "una de las construcciones jurisprudenciales más controvertidas del derecho administrativo francés" según Damien Thierry, "una herramienta útil pero de un manejo delicado". Una parte importante de la doctrina lo pone en tela de juicio: sería, para el profesor René Chapus , "la loca de la casa, presente donde menos se la espera, y disruptiva más allá de lo aceptable", y haría que "Las víctimas de la arbitrariedad doblegarse bajo el peso de tradiciones que se han vuelto anacrónicas ".

En particular, la ley de30 de junio de 2000relativa a los procedimientos sumarios ante los tribunales administrativos modifica las normas relativas a la agresión, al crear un procedimiento sumario de “libertades fundamentales” con los tribunales administrativos , que podría estar en competencia con la teoría de la agresión.

De hecho, tanto la agresión como la medida cautelar de las libertades fundamentales son aplicables en el caso de una infracción grave y claramente ilegal. Sin embargo, tienen diferentes campos de aplicación:

Notas y referencias

  1. Lea el análisis de la sentencia del Tribunal de Conflictos del 8 de abril de 1935, Action Française en el sitio web del Consejo de Estado, y la sentencia del Tribunal de Conflictos, del 8 de abril de 1935, Action française sur Légifrance.
  2. Véase la sentencia de 18 de noviembre de 1949, Carlier sur Légifrance.
  3. AJDA 1966, p.  490
  4. R. Chapus, Derecho Administrativo general , París, Montchrestien, 10 ª ed., 1996, p.  90 .
  5. F. Burdeau, Historia del Derecho Administrativo , París, PUF, 1 st ed., 1995, p.  452 .
  6. CE 29 de marzo de 2002 n o  24338
  7. Tribunal de Conflictos 15 de febrero de 2010 n ° C3722, calificando como agresión la tala de árboles en propiedad privada por parte de una administración penitenciaria; si el director de la prisión no tenía este poder, otro órgano administrativo lo tenía
  8. Tribunal Contencioso-Administrativo 12 de mayo de 1997 n °  0306, vía no calificativa tomó la decisión de detener a los extranjeros en situación incierta a bordo de un buque; si la autoridad que decidió la detención no tuviera el poder, la administración podría

Ver también

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Documentación externa

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