Cumbre de París del 9 y 10 de diciembre de 1974

La cumbre de París es una reunión de jefes de Estado y de gobierno que son miembros de las Comunidades Europeas . Ella se paró en el 9 y10 de diciembre de 1974. Al final de la cumbre, el entonces presidente francés Valéry Giscard d'Estaing dijo a la prensa “Podemos decir que asistimos a la última Cumbre Europea y que participamos en el primer Consejo Europeo. "

Comunicado final

En el comunicado final, los Jefes de Estado decidieron asegurar el desarrollo y la cohesión de las actividades dentro de las Comunidades y profundizar la cooperación política.

En este sentido, han tomado la decisión de:

Declaración de las delegaciones británica y danesa

El primer ministro británico dijo que su gobierno no iba a impedir que otros gobiernos avanzaran hacia la elección universal del Parlamento. Añadió que "el gobierno británico no puede tomar posición sobre la propuesta en cuestión hasta que no se haya completado el proceso de renegociación y los resultados de esta renegociación hayan sido sometidos a la aprobación del pueblo británico. "

La delegación danesa declaró que no podía comprometerse a presentar la elección por sufragio universal al Parlamento en 1978.

Notas

  1. Cita completa del pasaje:
    ¿Qué podemos decir sobre el trabajo de los jefes de gobierno europeos durante los últimos dos días? Se puede decir que asistimos a la última Cumbre Europea y que participamos en el primer Consejo Europeo. Y, utilizando una antigua expresión francesa, podríamos decir que la Cumbre Europea está muerta, viva el Consejo Europeo.
  2. Punto número 3 del Comunicado Final:
    Por tanto, los Jefes de Gobierno han decidido reunirse, acompañados de los Cancilleres, tres veces al año y siempre que sea necesario, en el Consejo de la Comunidad y en el marco de la Cooperación Política.
    En vista de las prácticas y procedimientos vigentes, la secretaría administrativa se proveerá de manera adecuada.
    Con el fin de garantizar la coherencia de las actividades comunitarias y la continuidad del trabajo, los Ministros de Asuntos Exteriores, en el Consejo de la Comunidad, tienen una función de impulso y coordinación. Pueden reunirse al mismo tiempo para la cooperación política.
    Estas disposiciones no afectan en modo alguno a las normas y procedimientos establecidos por los Tratados o los previstos en los informes de Luxemburgo y Copenhague en materia de cooperación política. La Comisión ejerce las facultades y desempeña el papel que le atribuyen estos textos en las distintas reuniones mencionadas en los párrafos anteriores.

Fuentes

Referencias

  1. Texto del comunicado de prensa final
  2. Declaración del presidente Giscard d'Estaing a la prensa al final de la reunión de jefes de gobierno de la Comunidad Europea en París (10 de diciembre de 1974) Transcripción del CVCE de la edición del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Francesa, 21.02.2005

Bibliografía

Complementos

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