Convención de la OCDE contra la Corrupción

La Convención sobre la Lucha contra el Soborno de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales adoptada en la OCDE en 1997 es un acuerdo internacional que, enenero de 2017, había sido ratificado por 41 países (incluidos todos los miembros de la OCDE). Los países signatarios deben establecer sanciones penales “efectivas, proporcionadas y disuasorias” contra sus nacionales condenados por sobornar a un funcionario público extranjero.

Esta convención fue promovida principalmente por Estados Unidos , que quería que sus socios comerciales estuvieran sujetos a una legislación inspirada en la Ley de Prácticas Corruptas en el  Extranjero , adoptada en 1977 por el gobierno de los Estados Unidos.

Francia

La ratificación de la convención fue autorizada por el parlamento en Mayo de 1999, y publicado en Mayo de 2000. Fue incorporado por la Ley n o  2000-595 "en la lucha contra la corrupción."

Sin embargo, más de quince años después, "su aplicación por parte del sistema judicial francés parece lenta y limitada", señala un informe parlamentario. En efecto :

A fines de 2014, la OCDE solo notó, con respecto a los casos de corrupción internacional definitivamente juzgados, solo cuatro condenas firmes, concernientes exclusivamente a personas físicas (cinco en total) .
En cuanto a las personas jurídicas, la OCDE indicó que se encuentran en curso procesos judiciales por el mismo fundamento contra 21 empresas, sin que se haya pronunciado sentencia firme.

El Primer Ministro y el Ministro de Relaciones Exteriores son responsables de la ejecución del acuerdo. Por ejemplo, es en nombre de esta convención que se dice que Dominique de Villepin , como ministro de Relaciones Exteriores , llevó a cabo enenero de 2004una investigación confiada al general Philippe Rondot en el asunto de las fragatas de Taiwán .

Gran Bretaña

El Reino Unido implementó en 2010 la Ley contra el Soborno del Reino Unido .

Apéndices

enlaces externos

Referencias

  1. “  Convención para Combatir el Soborno de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales - OCDE  ” , en www.oecd.org (consultado el 15 de enero de 2017 )
  2. artículo 3
  3. Bernard Carayon, "Transparencia Internacional: una ética con geometría variable", Le Figaro, 10 de diciembre de 2012
  4. LEY N ° 99-424 de 27 de mayo de 1999 que autoriza la ratificación de la Convención sobre la lucha contra el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales
  5. Decreto No. 2000-948 de 28 de septiembre de 2000, por el que se publica la Convención sobre la lucha contra el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hecho en París el 17 de diciembre de 1997
  6. Karine Berger y Pierre Lellouche , Documento informativo sobre la extraterritorialidad de ciertas leyes de los Estados Unidos , Asamblea Nacional, octubre de 2016, p.87-88
  7. Decreto No. 2000-948 de 28 de septiembre de 2000, por el que se publica la Convención sobre la lucha contra el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, realizada en París el 17 de diciembre de 1997 , artículo 2