Artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos titulado "Sin pena sin ley" se refiere a la irretroactividad del derecho penal, versión más completa de "  nullum crimen, nulla poena sine lege  o principio de legalidad" .

Disposición

"Artículo 7 - No hay castigo sin ley

  1. Nadie puede ser condenado por un acto u omisión que, en el momento en que se cometió, no constituía delito en el derecho nacional o internacional. Asimismo, no se impone una pena más severa que la aplicable en el momento en que se cometió el delito.
  2. Este artículo no afectará el juicio y el castigo de una persona culpable de un acto u omisión que, en el momento en que se cometió, era delictivo según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas. "

Solicitud

Notas y referencias

  1. “  Convenio Europeo de Derechos Humanos  ” [PDF] , enmendado por los Protocolos Nos. 11 y 14, complementado por el Protocolo Adicional y los Protocolos Nos. 4, 6, 7, 12 y 13.