Conjunto de intereses referentes a la explotación
agraria. Tendencia política y social en que prevalecen los objetivos
de los agricultores y que se manifiesta a través de escritos
de intelectuales, por medio de leyes y proyectos de reforma
gubernamentales o bien mediante las asociaciones de agricultores.
El agrarismo pretende, principalmente, la reforma de las estructuras
legales de la propiedad agraria y la defensa de los intereses
de los agricultores. Propone también otras medidas, como la
reglamentación de las relaciones entre propietarios y arrendatarios
para evitar fenómenos de explotación, la repartición de las
tierras, la provisión de ayudas y créditos al agricultor, la
aplicación de los avances científicos y la educación agraria.
–Hist. El agrarismo como tal surgió en España a finales
del s. XVII, se consolidó con los fisiócratas del XVIII, alcanzó
su apogeo en el XIX y tuvo una manifestación importante, el
agrarismo gallego, en los primeros años del s. XX. Pueden encontrarse,
sin embargo, antecedentes de movimientos agraristas en la antigüedad.
En la Grecia arcaica y clásica el problema agrario fue una de
las causas fundamentales de la colonización y de la fundación
de colonias agrícolas en el s. VII a.C. por la mala distribución
de las tierras. Solón legisló, en 594 a.C., en contra de las
hipotecas sobre la tierra y a favor de la cancelación de deudas
y de la abolición de la prisión o de la esclavitud para los
insolventes, y Pisístrato adoptó medidas para el desarrollo
de la pequeña propiedad. En los siglos III y II a.C., en Roma,
se produjeron conflictos agrarios debidos a la concentración
de la propiedad y al empobrecimiento del campo. Un intento de
solución de estos problemas fueron las reformas emprendidas
por los hermanos Graco en el último tercio del s. II a.C., que
incluían la limitación de los latifundios y el reparto del ager publicus, de propiedad estatal, entre los pobres. En
Hispania e Italia tuvieron gran importancia los repartos de
tierras a soldados veteranos llevados a cabo durante las guerras
civiles y después de ellas, especialmente por César y Augusto.
Un mismo propietario podía poseer varias fincas, que eran trabajadas
por esclavos y por colonos. La opinión popular pidió a Julio
César la protección de los pequeños propietarios, pero no se
conoce ninguna ley agraria dictada por él. Ya en los dos primeros
siglos de la Era Cristiana el emperador figuraba, a título personal,
como el mayor propietario de suelos productivos. La evolución
socioeconómica romana produjo, en al Bajo Imperio, la desaparición
gradual de los campesinos libres y la concentración de la propiedad
en manos de capitalistas agrarios. La forma típica de propiedad
territorial del s. IV son los fundos, que podían ser públicos,
privados o eclesiásticos. Los latifundios, que habían adquirido
importancia con la decadencia de las ciudades, hubieron de fraccionarse,
debido a la falta de esclavos, en fincas más pequeñas que eran
arrendadas. La dominación musulmana supuso una liberación, ya
que los colonos, los curiales (aristocracias municipales) y
la nobleza visigoda se emanciparon de las anteriores leyes de
dependencia prefeudal. Con el nuevo sistema de aparcería propietario
y colono eran libres y el campesino se limitaba a entregar al
señor una parte convenida de la cosecha. A principios del s.
XII, ‘Abú Zaccaría escribió su Libro de Agricultura.
En él, además de realizar estudios de agrología, técnica agrícola
y zootecnia, el autor muestra un particular pensamiento agrarista
que considera la tierra y su cultivo como fuentes de vida y
como don divino. La Reconquista originó tierras de realengo
y de señorío. Las formas de adquisición y pertenencia de la
tierra eran, según la relación señor-vasallo, la behetría, el
prestimonio, la encomienda, el señorío, la honor, el feudo o
los llamados “malos usos” catalanes. Existían propiedades comunales
de los pueblos de las que no podía disponer el monarca. La adjudicación
de las tierras dejó campos sin cultivar que fueron el origen
de los baldíos y que tras la Reconquista fueron utilizados para
el ganado. La mano de obra estaba compuesta por esclavos, siervos,
arrendatarios y jornaleros. Se produjeron revueltas de aparceros
y siervos de la gleba, que querían la propiedad de la tierra
o una mejora de las condiciones de vida, como las de la Jâcquérie
(s. XIV) en Francia y las de los payeses de remensa (campesinos
catalanes que pagaban su redención o rescate al señor para poder
abandonar el predio) en el s. XV. En el s. XIV, la burguesía
urbana realizó inversiones en el campo, estimulada por los grandes
repartos de tierras de la mitad sur peninsular. Este acaparamiento
territorial produjo, en los ss. XVI y XVII, la aparición de
latifundios. El s. XVI fue una época de prosperidad para el
campo. Se produjo la emigración de agricultores a las grandes
zonas agrícolas de Andalucía y Extremadura, se formaron asociaciones
económicas de productores y comerciantes y se roturaron y labraron
nuevas tierras. En 1513 aparece Obra de Agricultura,
de Gabriel Alonso de Herrera, uno de los tratadistas que más
ha influido en la agricultura española. En el libro es patente
la influencia, como corresponde a la recuperación de lo clásico
llevada a cabo en época renacentista, de los tratadistas grecolatinos
y, principalmente, de Los doce libros de agricultura,
de Columela. La decadencia sobrevino a partir de mediados de
siglo debido a la concentración agraria, a la formación de grandes
latifundios producida por la abundancia de capitales y también
a los efectos de las incursiones de los rebaños señoriales en
las tierras de cultivo. Mientras que la Corona era partidaria
de conservar únicamente los pequeños mayorazgos, la nobleza
defendía su mantenimiento sin variaciones. Los pequeños propietarios
disminuyeron y se produjo el abandono del campo. Para evitar
la despoblación se intentó impedir, inútilmente, el traslado
a la Corte de los nobles y el absentismo de los grandes propietarios.
El conde-duque de Olivares formó una Junta para el estudio de
todos los problemas del campo y en 1678 se dispuso que los corregidores
y justicias de los pueblos elaborasen un informe sobre la economía
española semejante a los que mandó realizar Felipe II y a los
que mandaría luego hacer Felipe V. A mediados del s. XVII se
elaboraron proyectos de colonización interior, como el de Barbón
Castañeda, que incluía a los numerosos extranjeros residentes
en España y que se llevaron a la práctica años después. A finales
de siglo surgió una inquietud espiritual en busca de soluciones
justas para el reparto de la riqueza agrícola, se planteó la
transformación del secano en regadío y se apeló a la ciencia
para resolver lo que antes se explicaba por la superstición
y por la experiencia. Estas ideas, combinadas con el mercantilismo
y el colbertismo económico, influyeron decisivamente
en los fisiócratas del s. XVIII y, como consecuencia, a principios
de siglo, se dieron los primeros intentos de reforma agraria
en España. Comienza a sentirse la necesidad de resolver los
problemas provocados por la desigualdad de la propiedad, se
prueban nuevos tipos de colonización, se hacen obras públicas
para aumentar las zonas de regadío, se introducen nuevas especies
y se estudia la agricultura, por primera vez, como una ciencia.
Felipe V, fuertemente influido por las ideas de Colbert, se
preocupó del fomento de la industria y el comercio y descuidó
la agricultura y la política hidráulica. En el reinado de Fernando
VI solamente el marqués de la Ensenada dio muestras de interés
por uno de los problemas fundamentales del sector agrícola,
la despoblación. Propuso varios proyectos de colonización con
extranjeros basados en las ideas expresadas por Bernardo Ward
en un opúsculo titulado Obra pía. Medio de remediar la miseria
de la gente pobre de España, que tanto influirán en las
colonizaciones de la época de Carlos III. Ensenada procuró favorecer
los intereses de los agricultores con la creación, en 1751,
de la Superintendencia General de Pósitos y emprendió, con José
de Carvajal y Láncaster, un plan de aprovechamiento hidráulico.
A partir de la mitad del siglo fueron apareciendo, por influencia
de otras instituciones similares existentes en el extranjero
e impulsadas por los Discursos de Campomanes (1774 y
1775-1777), las Reales Sociedades Económicas de Amigos del País,
que aglutinaron a los ilustrados preocupados por las condiciones
económicas de España. Las sociedades económicas, imbuidas de
un espíritu optimista y filantrópico, organizaron coloquios,
crearon cátedras de economía y escuelas técnicas, publicaron
obras, redactaron memorias para mejorar el cultivo de la tierra
y fueron encargadas por el Gobierno para elaborar proyectos
e informes sobre una ley agraria. A partir de 1763 se aprecia
una recuperación en la economía de base agraria, consecuencia
del aumento del valor de los productos agrícolas y de la consiguiente
subida de las rentas agrarias. Sin embargo, los escritores del
s. XVIII, como fray Benito Jerónimo Feijoo en Honra y provecho
de la Agricultura, dentro de su obra Teatro Crítico Universal (Madrid, 1785), coinciden en señalar el atraso de la agricultura
española en este siglo y en criticar la acumulación de la propiedad
en las “manos muertas” (inactivas). Para impulsarla se realizaron
encuestas, de las cuales se dedujo la necesidad de un código
agrario unificador. Para el establecimiento de este código fueron
esenciales las aportaciones de Pablo Olavide y de Pedro Rodríguez
de Campomanes. Olavide aseguraba que el origen de todos los
males era la escasez de tierra, debido a su mal reparto, a la
existencia de dehesas y tierras comunales y a la acumulación
de las tierras cultivadas en extensos dominios de unos pocos
propietarios. La reforma propuesta por Olavide era moderada
y recogía normas para impedir la tiranía de los grandes propietarios,
aumentar las superficies cultivadas, facilitar el acceso de
los campesinos a la propiedad y mejorar la técnica agrícola.
De esta manera se multiplicarían las pequeñas posesiones familiares.
Olavide participó también en los intentos de colonización interior
que se llevaron a cabo en el último cuarto de siglo. Esta colonización,
esbozada ya por Ensenada, siguió criterios de individualismo
agrario y fue patrocinada por los ministros de Carlos III. Destacó
especialmente la colonización de Sierra Morena proyectada por
el conde de Aranda, Campomanes y Olavide, que consistía en la
adjudicación de lotes de labor, aperos y casas y en el establecimiento
de unidades administrativas (feligresías) con un alcalde al
frente. Los ingresos municipales provendrían de parte de la
producción y de las tierras comunales. Los colonos serían, según
sugerencia de Olavide, extranjeros y españoles en la proporción
de uno a dos. Algunos pueblos de nueva creación fueron La Carolina,
en homenaje a Carlos III, habitado por colonos alemanes, y La
Luisiana. Esta primera colonización fracasó por la improvisación
con que se hizo, por la falta de conocimientos agrarios de los
colonos y por la profusión de enfermedades epidémicas. No obstante,
se hicieron nuevos intentos colonizadores en Andalucía y Extremadura.
En la mayor parte de los pueblos, algunos de nueva creación,
los labradores más ricos se apropiaron de las dehesas y de los
baldíos. En lugar de servir para aplacar el “hambre de tierras”
del campesino español las colonizaciones y los repartimientos
aumentaron el número y la extensión de los latifundios. Campomanes
publicó, en 1765, el Tratado de la regalía de la amortización,
con el que pretendía demostrar la intervención que siempre había
tenido la autoridad civil para impedir las ilimitadas enajenaciones
de los bienes raíces de las iglesias, comunidades y otras “manos
muertas”. Publicó también, con Olavide, la Instrucción para
las nuevas poblaciones de Sierramorena y fuero de sus pobladores (1767). Propuso una amortización reglada que no se llevó a cabo.
Una tendencia más cercana al individualismo liberal del s. XIX
fue la defendida por Melchor Gaspar de Jovellanos (1744-1811)
en su Informe sobre la ley agraria (1795). El informe
fue la redacción realizada por Jovellanos del Memorial ajustado
sobre el establecimiento de una ley agraria, que era el
resumen, encargado por Campomanes y elaborado por la Junta Agraria
de la Sociedad Económica Matritense, del Expediente general
de la Ley Agraria que comenzó a realizarse desde 1752. El Informe iba dirigido al Real y Supremo Consejo de Castilla
y ha sido considerado históricamente el vademécum de
la doctrina liberal e individualista en que se basaron las reformas
agrarias del s. XIX. Jovellanos hace en su obra un estudio de
la evolución de la propiedad territorial y de los obstáculos
que impedían el desarrollo de la agricultura. Estas trabas eran
de tipo legislativo, como la extensión de los terrenos baldíos
y de las tierras concejiles, la prohibición de cercar las heredades,
los abusivos privilegios ganaderos de la Mesta, la amortización
eclesiástica y civil, las dificultades para el comercio interior
y exterior y los excesivos impuestos. Otras trabas fueron de
tipo moral o derivadas de la opinión, como el menosprecio de
la agricultura y la ignorancia de los labradores, y trabas derivadas
de la naturaleza o físicas, como la escasa pluviosidad, la falta
de riegos, la insuficiencia de las vías de comunicación y la
escasez de puertos. Los campos vacantes estuvieron reservados,
desde el Fuero Juzgo hasta Fernando III el Santo,
al pasto común del ganado. La primera ley para la apertura de
las heredades fue promulgada en Córdoba por los Reyes Católicos
en 1490 y la segunda en Granada en 1491 para dotar de pastos
al abundante ganado existente en el país. Jovellanos fue particularmente
crítico con los privilegios de la ganadería trashumante de la
Mesta. La amortización o acumulación de tierras en personas
y cuerpos había sido favorecida por la existencia de mayorazgos
de origen feudal y por el establecimiento de vínculos, ya esbozados
en las Partidas (1256-1263 o 1265) de Alfonso X el
Sabio e implantados definitivamente después de la Ley de
Toro (1505). Se ocupa también del problema de la falta de tierra
de regadío, del problema de los transportes, de las tasas y
contribuciones, de la instrucción de los cultivadores y de la
enseñanza agrícola. Jovellanos propuso en su informe, influido
por las ideas jansenistas, una ley de amortización para que
la Iglesia misma enajenase sus propiedades territoriales, convirtiéndolas
en fondos públicos o dándolas en enfiteusis (cesión indefinida
o por largo tiempo a cambio de un canon). Por ello fue criticado
como precursor de las leyes desamortizadoras de los bienes de
la Iglesia que se produjeron posteriormente. Los pensadores
de la época de Felipe III y Felipe IV vieron ya como necesarias
las desamortizaciones. Buscaban con ello la expropiación de
las tierras y su adjudicación por el poder público a los agricultores,
cobrándoles una cantidad a modo de arriendo, con préstamos y
ayudas a los más pobres. En 1798 y en 1806, Carlos IV decretó
una primera enajenación de bienes eclesiásticos. Durante el
s. XIX el Estado siguió tomando medidas revolucionarias de este
tipo, que no hicieron sino aumentar el latifundio. En 1809,
con la dominación francesa, José I decreta la extinción de las
órdenes religiosas. En las Cortes de Cádiz la Comisión de Agricultura
realizó un informe en el que proponía la reducción de bienes
de propios que debían pasar a la propiedad particular, la venta
o distribución de las tierras comunales, la extinción de los
mayorazgos de renta baja y la limitación de la renta de los
mayorazgos de particulares. En 1823, con el Trienio Liberal,
se suprimieron todas las órdenes y comunidades religiosas, incluso
las militares, las de canónigos y las de seglares. Fue Mendizábal,
mediante las leyes de 1835, 1836 y 1837, quien llevó a cabo
la desamortización más importante con la orden de venta de todos
los bienes religiosos regulares y seculares. Se abolieron los
señoríos y sus jurisdicciones, aunque respetando la propiedad
del suelo en los casos en que el señor era a la vez propietario
de los predios y señor. Entre 1844 y 1855 se suspendió la desamortización
y se firmó un concordato (1851). En 1855 se dictó otra ley de
desamortización civil y eclesiástica que se aplicó hasta 1859,
año en el que se estableció un convenio con la Santa Sede en
el que se reconocía a la Iglesia el libre derecho de adquirir,
retener y usufructar los bienes sin reserva ni limitación. Con
la desamortización se enriquecieron los especuladores y los
comisionados de amortización, ya que el Estado puso en venta
los bienes en lugar de haberse incautado de ellos, como sostenía
Flórez Estrada, facilitando así a los labradores la explotación
del suelo. Los bienes desamortizados produjeron nuevas riquezas
y se explotaron nuevas tierras, pero muchos labradores se empobrecieron.
En Andalucía aumentaron los jornaleros y en Cataluña se produjeron
numerosos movimientos payeses (carlistas, milenaristas y anarquistas).
El dinero generado con la venta se malgastó en lugar de servir
para enjugar la deuda pública y para hacer obras públicas. Fermín
Caballero Mirogay (1800-1876) señalaba, en 1863, el atraso y
los defectos más comunes en materia de agricultura en España.
En 1866 publicó Memoria sobre el fomento de la población
rural, en la que estudia la distribución de la propiedad
de la tierra en España y observa en ella gran cantidad de latifundios
y una excesiva atomización y dispersión de parcelas mientras
la mediana propiedad disminuía. Para favorecer la concentración
parcelaria proponía la exención de derechos reales, las rebajas
en los aranceles de los funcionarios que intervinieran en los
tratos, exenciones de contribución e incluso ventajas en el
servicio militar para los agricultores. Caballero no llegó a
recurrir, más que en un solo caso, a la expropiación forzosa
de fundos. A partir de 1875, con la Restauración, comenzó a
preocupar de nuevo el mal estado de la agricultura y se intentó
una mejora de la enseñanza agrícola. Desde el reinado de Carlos
IV se había intentado crear escuelas de agricultura. Finalmente,
el 27-IX-1856 se inauguró la Escuela de La Flamenca (Aranjuez),
que se trasladó el 28-I-1869 a La Florida (Madrid) y recibió
varios nombres: Escuela Superior de Ingenieros Agrónomos (1876),
Escuela General de Agricultura (1878) e Instituto Agrícola de
Alfonso XII (1881). Jesús Pando y Valle, Vicente Bas y Cortés
y, sobre todo, Joaquín Costa, destacan entre los muchos autores
que escribieron a finales del s. XIX sobre las causas del atraso
de la agricultura española. Pando, en Un programa de reforma (Madrid, 1887), habla de la centralización administrativa y
económica que coarta la iniciativa individual, del miedo al
fisco y de la falta de ayudas y de medios de transporte. Considera
también la contribución del caciquismo a esta situación, aunque
la minimiza. Bas, en La agricultura a fines del s. XIX (1888), expone las causas del fracaso: “[...] la falta de brazos,
el que no se haga la colonización y el exceso de tributación”.
Joaquín Costa (1846-1911), hijo de labradores, fue uno de los
agraristas españoles más combativos. Su obra más conocida es Colectivismo agrario en España (1898). Tras fracasar
en su primer intento político como republicano federalista,
inició su etapa regeneracionista influida por su relación con
la Institución Libre de Enseñanza de Giner de los Ríos, utilizando
como instrumento la cámara agrícola del Alto Aragón. Presidió
la Liga Nacional de Productores, constituida en Zaragoza en
1898, que se unió con las cámaras de comercio creadas por Basilio
Paraíso en 1900 para constituir la Unión Nacional. Costa se
mostró como un político reformista que orientaba su política
agrícola hacia el problema de los riegos (política hidráulica),
ya que, según él, “regar es gobernar” y “dar de beber a un pueblo
sediento es, más que una obra de misericordia, una obra de justicia”.
Las palabras de Costa pueden servir también para conocer sus
ideas sobre la situación a finales del s. XIX: “La agricultura
española es todavía agricultura del siglo XV, agricultura del
barbecho, por falta de abonos, de la rotativa, por falta de
riegos, del transporte a lomo, por falta de caminos vecinales,
del arado romano, del gañán analfabeto, del dinero al doce por
ciento, de la cosecha de seis simientes por una, del labrador
hambriento, rutinario, siervo de la usura, y [...] del cacique”.
Otro tema clave en el pensamiento de Costa es la cultura y la
enseñanza del labrador, resumido en su frase: “Hay que europeizar
a España”. Su influencia fue especialmente importante, por sus
ideas anticaciquiles, en el movimiento agrario gallego de principios
del s. XX. La agricultura presenta, a comienzos del s. XX, una
nueva estructura de la propiedad agraria, con la mayor parte
de las grandes fincas en manos de la aristocracia y de la burguesía
consecuencia de las desamortizaciones del siglo anterior. Hereda
también un intento de reconstrucción, patente en abundantes
disposiciones, decretos y órdenes ministeriales, reglamentaciones
y creación de cámaras agrícolas y comunidades de labradores.
A los problemas del campo vino a sumarse el impacto de la revolución
industrial y sus consecuencias positivas y negativas. Positivas
por la aplicación de nuevas tecnologías que hacían menos duro
el trabajo, y negativas por su desigual expansión, más fuerte
en la periferia, y por la emigración de campesinos a la industria
urbana. Un caso especial es el agrarismo gallego por el carácter
foral de las propiedades inmuebles. Comenzó siendo una corriente
de opinión en la que se daban posturas ideológicas diversas,
como el reversionismo, el redencionismo y la de los partidos
del statu quo. El agrarismo gallego propiamente dicho
comienza a configurarse a comienzos del s. XX y su primera manifestación
fue la asociación campesina, que aumentó a partir de la ley
de 1906. Las sociedades de labradores, impulsadas en muchas
ocasiones por repatriados de América, protagonizaron acciones
de agitación campesina para defender los intereses de sus asociados.
En 1907 el número de sociedades fue muy elevado y comenzaron
a crearse federaciones agrarias que constituyeron pronto fuerzas
políticas y sindicales de ámbito regional. En ese mismo año
se creó Solidaridad Gallega, constituida por republicanos unionistas
y federales, regionalistas, carlistas y neocatólicos, con el
objetivo de ser la oposición al bipartidismo de la Restauración.
Esta sociedad, liderada por Rodrigo Sanz López y el movimiento
redencionista antiforista, fueron dos importantes variantes
del agrarismo gallego. El agrarismo tomó un carácter contestatario
y anticaciquil. En 1909, en Madrid, se crea Acción Gallega con
el propósito de aglutinar las diversas variantes del agrarismo.
Su órgano de opinión fue el quincenal Acción Gallega,
dirigido por Basilio Álvarez. Otro intento de canalizar el movimiento
agrarista hacia la política fue el protagonizado por las asambleas
agrarias gallegas; la primera y más importante fue la celebrada
en 1908 en Monforte de Lemos (Lugo). En posteriores asambleas
Basilio Álvarez se erigió como líder del movimiento y bajo su
mandato apareció el Manifiesto de Agosto (Ourense, 1912).
El agrarismo, que fue utilizado por los partidos de izquierda
para infiltrarse en el campo gallego, se unió en sus posturas
a movimientos obreros y radicalizó sus posturas, que alcanzaron
su mayor gravedad con la crisis mundial de 1914. En los primeros
años de la década de 1920 el foro (fuero legislativo
antiguo) se había convertido en una reliquia histórica y el
agrarismo, que había concentrado sus fuerzas contra esta institución,
se vio debilitado aunque siguió cuestionando otros problemas
agrarios, como los arriendos, las aparcerías, los montes, la
transformación de cultivos y las formas de explotación agraria.
El agrarismo en Galicia ensayó también experiencias agropecuarias.
En vísperas de la II República (1931-1939), la concentración
de la propiedad coexistía con una economía fundamentalmente
agraria y con una agricultura con pervivencias feudales, como
los foros y subforos, la rabassa morta y el latifundismo.
La población activa dedicada a las labores del campo, jornaleros
y braceros, era mayoritaria y por ello la cuestión agraria fue
el eje de la política española del momento. La II República
emprendió una política de reformismo social para evitar injusticias
y suprimir arcaísmos. El problema agrario era el más grave debido
a las desigualdades de propiedad, el exceso demográfico, la
baja productividad y capitalización y la falta de trabajo en
la ciudad para absorber la mano de obra del campo. Unas cien
grandes familias de la alta burguesía agraria, financiera y
de negocios mantenían todavía el estatus y los valores del antiguo
régimen, señorial y rural. A ello vino a sumarse la crisis mundial
desencadenada a partir de 1929. El gobierno provisional promulgó,
entre sus primeros decretos, uno de Largo Caballero relativo
a legislación social agraria. Figuraban también decretos sobre
términos municipales que obligaban a los patronos agrícolas
a emplear preferentemente a los braceros vecinos del municipio,
prohibían momentáneamente los desahucios de campesinos arrendatarios,
constituían jurados mixtos del trabajo rural, defendían la jornada
de ocho horas en todas las actividades y establecían salarios
mínimos en el campo por las jornadas mixtas. El Decreto de Laboreo
Forzoso obligaba a los propietarios a cultivar sus tierras “según
los usos y costumbres de la región”. Estas medidas eran tímidamente
reformistas, pero representaron, a falta de unas relaciones
socioeconómicas más modernas, una revolución sin precedentes
en la vida rural española. Su incumplimiento y la disconformidad
de algunos sectores anarquistas con alguna de estas medidas
provocaron conflictos en Andalucía, Extremadura y ciudades como
Toledo y Salamanca. La política reformista de la II República
dio más importancia a la cuestión social que a la puramente
técnica y supuso el primer intento de racionalizar el desarrollo
de la producción agrícola y de alcanzar una mayor justicia social.
Durante el gobierno Azaña se votó la Ley de Bases de la Reforma
Agraria (1932), que contó con un presupuesto escaso (algo más
del 1% de presupuesto estatal) y que fue recibida con el rechazo
de los propietarios y con la indignación de los campesinos.
La Ley se aplicó muy lentamente, promulgándose durante ese tiempo
algunos decretos, como el de intensificación de cultivos, mediante
el cual las tierras no cultivadas podrían ser cedidas a campesinos
sin tierras por dos años agrícolas y que fue aplicado en Extremadura.
La Ley incluía una lista de las tierras susceptibles de expropiación
y de las expropiaciones que no serían indemnizadas. Tras su
aprobación se creó el Instituto de Reforma Agraria (IRA), que
debía poner en marcha las expropiaciones. Los propietarios agrarios
se opusieron a la Ley de Reforma y consiguieron anularla, apoyándose
en personalidades de la Confederación Española de Derechas Autónoma
(CEDA), triunfante en las elecciones de 1933, en los tradicionalistas,
en los radicales y en el grupo conservador de Maura. En Cataluña
la reforma presentaba una particularidad con la Ley de Contratos
de Cultivo, que favorecía a una pequeña burguesía agrícola y
que fue contestada por los grandes propietarios del Instituto
Agrícola Catalán de San Isidro, ligados a la CEDA catalana.
Los salarios del campo se fueron degradando y el paro aumentó,
lo que provocó la huelga general de junio de 1934. En 1935,
la oligarquía agraria consiguió la aprobación de una nueva Ley
Agraria que favorecía sus intereses, pero la disolución de las
Cortes y el triunfo del Frente Popular en las elecciones de
febrero de 1936 favorecieron la recuperación de la Ley de 1932,
que esta vez se aplicó de forma rapidísima. En 1939, terminada
la Guerra Civil, la reforma agraria de la República quedó en
suspenso. Con el nuevo régimen, que se apoyó en la oligarquía
terrateniente, la estructura de la propiedad no sufrió alteraciones.
La creación, en 1939, del Instituto Nacional de Colonización
(INC) supuso la vuelta a una reforma agraria de carácter técnico
centrada en el regadío y en las colonizaciones interiores que
tan desastrosos resultados habían dado anteriormente. No existió,
durante todo este periodo, una política agraria estructurada
que procurara una mejora de las condiciones jurídico-sociales
de la agricultura y de los agricultores, ni tampoco se cuestionó
el derecho a la propiedad privada de la tierra, aunque las protestas
surgidas en torno a los años cincuenta obligaron al Gobierno
a tomar una serie de medidas que incluían la política de colonización,
la legislación sobre fincas mejorables, que tenía un marcado
carácter propagandístico, las actuaciones sobre concentración
parcelaria y la política de precios. El INC se propuso como
objetivo principal la ampliación de las tierras de regadío y
asentar en ellas a familias de colonos con el fin último de
crear una “nueva España campesina”. La concentración parcelaria
se puso en marcha en 1952 con la creación del Servicio Nacional
de Concentración Parcelaria (SNCP) y con la ley definitiva en
1955. En 1971 se creó, con la fusión del INC, el SNCP y Ordenación
Rural, el Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA)
como respuesta a la necesidad de programas de desarrollo rural.
Se aprobó la Ley de Reforma y desarrollo Agrario de 1973. La
política agraria franquista resultó costosa y benefició a la
gran explotación.
La política agraria en la España democrática
está marcada por la Constitución de 1978 y por la adhesión,
en 1986, a la Comunidad Económica Europea (CEE). La Constitución
define el Estado de las Autonomías y las competencias de éstas
en materia de agricultura y ganadería y presta especial atención
a las actividades agrarias. La política agraria inició un proceso
de acercamiento a la agricultura comunitaria con la promulgación
de diversas leyes: la de fincas manifiestamente mejorables,
que se promulgó en noviembre de 1979; la de arrendamientos
rústicos, que regula la aparcería, mejora la explotación y garantiza
la rentabilidad del arrendatario, en 1980; la del estatuto de
la explotación familiar agraria y de agricultores jóvenes, y
la de agricultura de montaña en 1982. La adhesión a la CEE supuso
el cambio hacia una política de rentas y favoreció la iniciativa
privada frente a la intervención del Estado. La aproximación
a la agricultura comunitaria tiende, pues, a la desaparición
del comercio de Estado, a favorecer el protagonismo de la política
de rentas (visto el fracaso de la política de precios franquista)
a través de la mejora de la calidad de la vida rural, la modernización
del sistema productivo y a impulsar la industrialización y la
comercialización rurales. Desde la fundación de la CEE (Roma,
1957) se estableció una política común que, en lo referente
a la agricultura, se plasmó en la creación de la Política Agraria
Común (PAC), que tiene como objetivos la solidaridad financiera,
llevada a cabo, desde 1962, por el Fondo Europeo de Orientación
y Garantía Agrícolas (FEOGA), y la unidad de mercado y la libre
circulación de productos. El periodo de transición previsto
para adaptarse a la nueva normativa del Tratado de Adhesión
era de diez años, pero algunos productos pudieron disfrutar
de un plazo algo menor; en 1991, España se hallaba ya plenamente
integrada en la normativa comunitaria, de tal manera que los
mercados nacionales pasaron a estar regulados por las Organizaciones
Comunes de Mercado de cada producto. Paralelamente, de acuerdo
con la Constitución y los estatutos de autonomía, las competencias
que no se hallaban residenciadas en Bruselas se transfirieron
a las comunidades autónomas prácticamente en su totalidad.
Desde el ingreso de España en la CEE se plantea la necesidad
de cambiar el modelo de apoyo a la agricultura para responder
a los cambios operados en la estructura de producción y comercialización
de los productos. Por una parte, la agricultura europea ha evolucionado
desde un modelo de agricultura de subsistencia hasta otra muy
intensiva en capital y con una mano de obra cada vez más escasa
y más especializada. Por otra, la agricultura española trabaja
cada vez más para la exportación en un mundo globalizado, lo
que implica producir con costes más reducidos y ofrecer mayor
calidad, sin olvidar que se mueve en el marco competencial de
la Unión Europea (UE). La PAC-II, desarrollada desde mediados
de la década de 1980 y que consolidó el modelo de agricultura
compensada (reducción del excedente comunitario, equilibrio
de oferta y demanda, racionalización de la producción), se convirtió
en fuente de ayudas y subvenciones para España desde la UE,
principalmente en los sectores de cereales, oleaginosas y vacuno.
Se distribuyeron en el territorio nacional cerca de 800.000
millones de pta –un tercio de la renta agraria nacional–; Andalucía,
Aragón y Castilla fueron las comunidades más beneficiadas por
estas ayudas. Con la Agenda 2000 se inaugura la PAC-III, que
se basa en el concepto de multifuncionalidad de la agricultura,
según la cual su misión abarca, además del aspecto económico,
los aspectos sociales y culturales; con ello se pretende dar
respuesta a un nuevo problema: la contaminación de suelos y
aguas derivada del uso excesivo de la química agraria. El medio
ambiente rural, que constituye una de las riquezas más peculiares
de la vieja Europa, debe ser preservado a toda costa; se introduce,
así pues, una nueva política: la de desarrollo rural. Gracias
a ella, España ha logrado superar ciertos agravios comparativos
provenientes de negociaciones anteriores. Sin embargo, la PAC-III,
vigente hasta 2007, no garantiza el mantenimiento de las ayudas
al término de este periodo, lo que obligará a una redefinición
de la política agraria interna. [J.L.L.]